ARTÍCULO Nº 910
(CVE: BOME-A-2018-910)
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BOME Nº 5589 - martes, 9 de octubre de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA - Dirección General de Sanidad y Consumo
Convenio de colaboración entre la Consejería de Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Aspanies- Plena Inclusión Melilla para el desarrollo de los programas de promoción de estilos de vida saludables.

CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ASPANIES – PLENA INCLUSIÓN MELILLA PARA EL DESARROLLO
DE LOS PROGRAMAS DE PROMOCIÓN DE ESTILOS DE VIDA SALUDABLES.
En Melilla, a
3 de octubre de 2018
REUNIDOS
De una
parte, la Excma. Sra. Doña María de la Paz Velázquez Clavarana, Consejera de
Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla, por Decreto del
Presidente, núm. 58, de 20 de julio de 2015 (BOME extraordinario núm. 28, de 20
de julio), debidamente facultada para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno
de atribución de competencias de 31 de julio de 2015 (BOME extraordinario núm.
30, de 5 de agosto) modificado por Acuerdos del Consejo de Gobierno de 30 de
septiembre de 2016 (BOME Extraordinario Núm. 17) y 21 de octubre de 2016 (BOME
Núm. 5386 de 28 de octubre).
Y de otra Don Carlos B. Esteban Pérez, titular del
DNI. núm. 45.275.217-Q, Presidente de la Asociación ASPANIES - Plena Inclusión
Melilla, con CIF núm. G-29950813, nombrado por la Asamblea General de socios de
la referida Asociación el 04 de mayo 2004, debidamente facultado para este acto
de conformidad con el art. 32 de los estatutos de la Asociación.
En nombre y representación de sus respectivas
instituciones, en el ejercicio de las competencias que les están legalmente
atribuidas, reconociéndose mutua y recíprocamente capacidad para obligarse
mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al
efecto
MANIFIESTAN
Primero.-
Que el presente Convenio se desarrolla en el marco de colaboración que la
Excma. Ciudad de Melilla a través de la Consejería de Presidencia y Salud
Pública mantiene con otras instituciones Públicas y Privadas en pro del
desarrollo de actividades dirigidas a fomentar estilos de vida saludables en la
población general y específicamente en colectivos con discapacidad intelectual.
Segundo.- Que el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1995,
de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Melilla,
señala que las instituciones de la Ciudad de Melilla, dentro del marco de sus
competencias, ejercerán sus poderes, entre otros, con el objetivo de mejorar
las condiciones de vida de todos los melillenses. El Art. 21.1.18 de la
referida Ley Orgánica, señala que la Ciudad Autónoma ejercerá las competencias
en materia de Asistencia Social.
Tercero.- Que según el Real Decreto 1515/2005, de 16 de
diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del
Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de sanidad, corresponde a la Ciudad
Autónoma de Melilla, el desarrollo de los programas sanitarios tendentes a la
protección y promoción de la salud.
Cuarto.- Que
la asociación ASPANIES Plena Inclusión Melilla tiene entre sus finalidades
potenciar las capacidades de las personas con discapacidad intelectual en su
vida cotidiana, favoreciendo su autonomía personal y promocionando los auto cuidados en salud.

de Subvenciones, mediante Orden núm. 451, de 8 de mayo de
2018, se acuerda la concesión de la subvención directa solicitada.
En virtud de los expuesto, ambas partes otorgan y
suscriben de mutuo acuerdo el presente convenio, justificando en razones de
interés público y social, que se desarrollará con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.- Objeto y
Entidad Beneficiaria.- El presente convenio de
colaboración tiene por objeto regular el sistema de participación conjunta
entre la Consejería de Presidencia y Salud Pública y la asociación ASPANIES
PLENA INCLUSION - MELILLA, regulando todos los aspecto relativos a la
financiación, desarrollo y ejecución de los programas de actuación “Aspanies
en Movimiento” y “Día Mundial sin Tabaco”, conforme al presupuesto y
programas presentados por la asociación que forma parte del convenio, en pro de
desarrollar actividades de promoción de estilos de vida saludables en jóvenes
con discapacidad intelectual de Melilla mediante la actividad física, la
nutrición y la prevención del tabaquismo.
Segunda.- Ámbito
territorial.- El ámbito territorial del Convenio de desarrollo
del Programa se identifica con el territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Tercera.- Cuantía de la
Subvención y Crédito Presupuestario.- La Ciudad Autónoma
de Melilla, con cargo a su Aplicación Presupuestaria 01/23114/48900
del presente ejercicio 2018, aportará la cantidad de VEINTISIETE MIL EUROS
(27.000,00.-€), para la realización de los programas que figuran en la
memoria.
Cuarta.- Compromisos
asumidos por la Consejería de Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma
de Melilla y la Asociación ASPANIES Plena Inclusión - Melilla.-
1.- Corresponde a la Consejería
de Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla:
a.-
La aportación máxima de VEINTISIETE MIL EUROS
(27.000,00.-€), para la financiación de los gastos de personal del programa
“ASPANIES en Movimiento” y los gastos de material para la elaboración de los
productos artesanales a utilizar en la mesa informativa que se instalará el Día
Mundial sin Tabaco 2018, mediante Orden de Pago a Justificar, de conformidad
con lo dispuesto en los Art. 189 y 190 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de
5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales y Art. 37 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la
Ciudad Autónoma de Melilla, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 01/23114/48900 “CONVENIO ASPANIES-FEAPS” según certificado de RC núm. 12018000005362,
de 29 de enero de 2018.
b.-
Tomar las medidas antropométricas sobre Índice de
Masa Corporal y Perímetro Abdominal necesarias para la evaluación del programa,
por parte del personal sanitario de la Dirección General de Sanidad y Consumo,
respetando los límites establecidos en la Ley de Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de datos de carácter personal.
c.-
El seguimiento de los Programas “Aspanies en
Movimiento” y “Día Mundial sin Tabaco”.
2.- Corresponde a la
Asociación ASPANIES PLENA INCLUSIÓN - MELILLA:
1.
El desarrollo y ejecución
del programa “ASPANIES en Movimiento”, consistente en actividades de
promoción de estilos de vida saludables en jóvenes con Discapacidad Intelectual
melillenses mediante la actividad física y la nutrición, y del programa “Día
Mundial sin Tabaco” consistente en actividades de sensibilización y
prevención del tabaquismo y la participación en la mesa informativa del “Día
mundial sin tabaco 2018”, ofreciendo a la
población los productos artesanales elaborados para la ocasión.
2.
Desarrollar los programas
entre los meses de enero a diciembre de 2018 en
horario variable adaptándose a las necesidades de la programación.
3.
La evaluación de los
programas.
4.
Seleccionar, mantener y
formar específicamente para el desarrollo de estos programas a todos los
monitores/as, voluntarios/as, y psicólogos/as que participen en los mismos, y a
que cumplan con el perfil propio de las actividades a desarrollar.

5.
Aportar mediante recursos
propios o de otras subvenciones la cantidad necesaria para asumir los
siguientes gastos:
I. Desayunos
y meriendas saludables.
II. Material
y equipamiento para el desarrollo de las actividades derivadas de la ejecución
de los programas.
6.
Remitir a la Dirección General
de Sanidad y Consumo la justificación
técnica, plazo máximo 31 de enero de 2019. Incluirá un informe
pormenorizado de las actividades realizadas, detallando el grado de
cumplimiento de los compromisos asumidos y el impacto de los mismos.
7.
Remitir a la Dirección
General de Sanidad y Consumo la justificación
económica, plazo máximo 31 de marzo de 2019. la justificación se realizará
a través de la cuenta justificativa de los gastos, según el siguiente
protocolo:
·
La rendición de cuentas de
las cantidades aplicadas al programa “ASPANIES en Movimiento” y abonadas en
concepto de gastos de personal, será de VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA
Y SEIS EUROS CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (25.886,96.-€) comprensivos de los
meses de enero a diciembre de 2018, en este concepto se incluirán los
gastos derivados del pago de retribuciones al personal de la entidad vinculada
al programa mediante contrato laboral que se ajuste a
la legislación laboral aplicable al presente caso, se incluirá como
gastos de personal las cuotas de seguros sociales a cargo de la entidad del
personal afecto al programa. Entre la documentación que debe aportarse, se
encontrará:
·
Copia del contrato
laboral.
·
Copia del Convenio
Colectivo de aplicación, en su caso.
·
Recibo de nómina que
deberá contener: nombre, apellidos y NIF del trabajador/ a, categoría
profesional, número de afiliación a la Seguridad Social, conceptos
retributivos, firma del trabajador/a, firma y sello de la empresa...
·
Boletines Acreditativos
de Cotización a la Seguridad Social (TC1, TC2).
·
Impresos 110 y 190 de
ingresos por retenciones IRPF.
·
Aquellos otros que se
requieran y que tengan relación con el desarrollo del Convenio.
En caso de no poder justificar los gastos
correspondientes a personal de acuerdo con lo anteriormente reseñado, estas
cantidades se retraerán de pagos posteriores o en el caso de ser percibidas
serán convenientemente devueltas. En ningún caso se establecerá relación
laboral o funcionarial alguna entre el personal que participe en el desarrollo
del programa convenido y la Ciudad Autónoma de Melilla, siendo responsabilidad
de ASPANIES - PLENA INCLUSIÓN MELILLA, todas las obligaciones que conlleva la
contratación del referido personal, debiendo garantizar de forma expresa la
adecuación de la capacitación profesional y laboral del personal que esté
adscrito al Programa.
·
La rendición de cuentas de
las cantidades aplicadas al programa “Día Mundial sin Tabaco” y abonadas en
concepto de material adquirido para
la elaboración de los productos artesanales para la mesa informativa, será de MIL
EUROS (1.000,00.-€) y deberán justificarse mediante facturas normalizadas,
donde deberá reseñarse:
1. Que el suministro obra o servicio se ha
realizado para las actividades objeto del convenio.
2.
Nombre, domicilio y razón
social del suministrador, con indicación del CIF, la factura deberá presentarse
sellada y firmada por la empresa.
La justificación de los gastos se presentará, con la
documentación original a la Dirección General de Sanidad y Consumo, la cual,
una conformada procederá a su remisión a la Consejería de Hacienda, quedando
una copia de la justificación en la Consejería de Presidencia y Salud Pública.

Quinta.- Forma de Pago.-
Tras la firma del presente convenio
procederá a transferir a la Asociación ASPANIES PLENA INCLUSIÓN MELILLA, con
CIF nº G29950813 el 50% de la totalidad de la cantidad prevista en la cláusula
tercera.
El pago del importe se hará de manera
anticipada y de una sola vez, en concepto de entrega de fondos con carácter
previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo
las actuaciones inherentes a la subvención, de conformidad con lo previsto en
el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y adaptado, en todo
caso, al presupuesto monetario actualmente vigente y de conformidad con lo
estipulado en la Base 32 de las Bases de Ejecución del presupuesto 2018 de la
Ciudad Autónoma de Melilla y sus Organismos Autónomos.
El segundo pago correspondiente al 50%
restante hasta el importe total que aparece en la cláusula tercera, se abonará
previa justificación técnico-económica de la aplicación de las cuantías
económicas al desarrollo de las actividades o programas que persigue el presente
Convenio.
Dada la naturaleza de la entidad a
subvencionar, no se establece régimen alguno de garantía.
Los intereses devengados
por la subvención recibida hasta el momento del gasto deberán imputarse al
objeto de la subvención previsto en el presente convenio.
Sexta.- Compatibilidad con
otras subvenciones.- La
presente subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos que, en su caso, pueda recibir la beneficiaria para la misma
finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o
privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales,
hasta el importe total de la actividad de acuerdo con lo dispuesto en el art.
19.3 de Ley General de Subvenciones.
Séptima.- Vigencia.- El
presente convenio de colaboración surtirá efectos desde el día uno (1) de enero
al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil dieciocho.
Octava.- Extinción.- El
incumplimiento de las Cláusulas del presente Convenio por cualquiera de las
partes, será causa de extinción del mismo, sin prejuicio de lo establecido en
el párrafo siguiente.
El incumplimiento por parte de ASPANIES Plena
Inclusión - Melilla, determinará para ésta la obligación de restituir a la
Ciudad Autónoma de Melilla, las cantidades que se hubieran percibido
injustificadamente y la de indemnizar los daños y perjuicios ocasionados. El
incumplimiento por parte de la Consejería de Presidencia y Salud Pública,
determinará para ésta el pago de los daños y perjuicios que por tal causa se
irriguen a la otra parte.
También será causa de resolución, el mutuo acuerdo
y la imposibilidad sobrevenida de cumplir las actividades descritas.
Novena.- Naturaleza
jurídica.- El presente Convenio de Colaboración se halla
excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público, e incluido en el de la ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, conforme a los dispuesto en su Art. 22.2.a).
Décima.- Supervisión.- La
Ciudad Autónoma a través de la Dirección General de Sanidad y Consumo, podrá
supervisar en cualquier momento aquellas actividades que sean desarrolladas por
el Centro, así como recabar cualquier tipo de información que se estime
necesaria para el desarrollo de las actividades subvencionadas, dicha información deberá ser facilitada con la
mayor brevedad posible. Asimismo, la Asociación
ASPANIES - Plena Inclusión Melilla remitirá a la Dirección General de Sanidad y
Consumo, a través del técnico designado, con una periodicidad trimestral, una
memoria informativa de las actividades realizadas, el grado de cumplimiento de
los objetivos marcados y el impacto social de los mismos. A la finalización de
la vigencia del convenio se remitirá una memoria de actuación justificativa del
cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con
indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
Undécima.- Jurisdicción
Competente.- Cualesquiera cuestiones litigiosas que pudieran
surgir entre las partes del presente Convenio, serán resueltas por los
Juzgados/Tribunales de lo Contencioso-Administrativo de la Ciudad Autónoma de
Melilla, renunciando ambas partes a cualquier otro fuero que les pudiera
corresponder.

Duodécima.-
Interpretación.- Cualquier duda en la
interpretación del Convenio será resuelta por la Consejería de Presidencia y Salud Pública y
la Asociación ASPANIES Plena Inclusión - Melilla. En el caso en que no se
produjera el mutuo acuerdo, regirá la postura de la Administración, hasta la
finalización del convenio.
Decimotercera.- Protocolos.- Ambas
instituciones podrán, en la ejecución y desarrollo del presente convenio, de
mutuo acuerdo, formalizar y suscribir protocolos. Cada protocolo establecerá
las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios para su
ejecución, especificando, en su caso, las aportaciones de cada una de las
partes.
Decimocuarta.- Publicación.-
El presente Convenio se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(BDNS) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley
38/2003, así como en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.
Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede,
las Partes intervinientes firman el presente Convenio, por triplicado ejemplar,
a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados ut supra.
Por la Ciudad
Autónoma de Melilla
La Consejera de Presidencia y Salud Pública
Mª de la Paz Velázquez Clavarana
Por ASPANIES Plena
Inclusión
El Presidente
Carlos B. Esteban Pérez