ARTÍCULO Nº 523
(CVE: BOME-A-2019-523)
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BOME Nº 5655 - martes, 28 de mayo de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA - Dirección General de Sanidad y Consumo
Convenio de colaboración entre la Consejería de Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Aspanies - Plena Inclusión Melilla para el desarrollo de los programas de promoción de estilos de vida saludables 2019.

CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN ASPANIES – PLENA INCLUSIÓN MELILLA PARA
EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE PROMOCIÓN DE ESTILOS DE VIDA SALUDABLES
2019 |
En Melilla, a 24 de mayo de 2019
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Doña María de la Paz Velázquez
Clavarana, Consejera de Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de
Melilla, por Decreto del Presidente, núm. 58, de 20 de julio de 2015 (BOME
extraordinario núm. 28, de 20 de julio), debidamente facultada para este acto
por Acuerdo del Consejo de Gobierno de atribución de competencias de 31 de
julio de 2015 (BOME extraordinario núm. 30, de 5 de agosto) modificado por
Acuerdos del Consejo de Gobierno de 30 de septiembre de 2016 (BOME
Extraordinario Núm. 17) y 21 de octubre de 2016 (BOME Núm. 5386 de 28 de octubre).
Y de otra Don Carlos B. Esteban Pérez, titular del DNI.
núm. 45.275.217-Q, Presidente de la Asociación ASPANIES - Plena Inclusión
Melilla, con CIF núm. G-29950813, nombrado por la Asamblea General de socios de
la referida Asociación el 04 de mayo 2004, debidamente facultado para este acto
de conformidad con el art. 32 de los estatutos de la Asociación.
En nombre y representación de sus respectivas
instituciones, en el ejercicio de las competencias que les están legalmente
atribuidas, reconociéndose mutua y recíprocamente capacidad para obligarse
mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al
efecto
MANIFIESTAN
Primero.- Que el
presente Convenio se desarrolla en el marco de colaboración que la Excma.
Ciudad de Melilla a través de la Consejería de Presidencia y Salud Pública
mantiene con otras instituciones Públicas y Privadas en pro del desarrollo de
actividades dirigidas a fomentar estilos de vida saludables en la población
general y específicamente en colectivos con discapacidad intelectual.
Segundo.- Que el
artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto
de Autonomía de la Ciudad de Melilla, señala que las instituciones de la Ciudad
de Melilla, dentro del marco de sus competencias, ejercerán sus poderes, entre
otros, con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de todos los
melillenses. El Art. 21.1.18 de la referida Ley Orgánica, señala que la Ciudad
Autónoma ejercerá las competencias en materia de Asistencia Social.
Tercero.- Que según
el Real Decreto 1515/2005, de 16 de diciembre, sobre traspaso de funciones y
servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de
sanidad, corresponde a la Ciudad Autónoma de Melilla, el desarrollo de los
programas sanitarios tendentes a la protección y promoción de la salud.
Cuarto.- Que la
asociación ASPANIES Plena Inclusión Melilla tiene entre sus finalidades
potenciar las capacidades de las personas con discapacidad intelectual en su
vida cotidiana, favoreciendo su autonomía personal y promocionando los auto
cuidados en salud.
Quinto.- Con fecha
13 de mayo de 2019, se aprueba por el Consejo de Gobierno, la propuesta de la
Consejera de Presidencia y Salud Pública para la formalización del presente
convenio de colaboración.
En virtud de lo expuesto, ambas partes, reconociéndose
mutuamente capacidad legal suficiente para obligarse, acuerdan suscribir el
presente protocolo, justificando en razones de interés público, sanitario y
social, con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS

desarrollo y ejecución de los programas de actuación “Aspanies en Movimiento” y “Día Mundial sin
Tabaco”, conforme al presupuesto y programas presentados por la asociación
que forma parte del convenio, en pro de desarrollar actividades de promoción de
estilos de vida saludables en jóvenes con discapacidad intelectual de Melilla
mediante la actividad física, la nutrición y la prevención del tabaquismo.
Segunda.- Ámbito territorial.- El ámbito
territorial del Convenio de desarrollo del Programa se identifica con el
territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Tercera.- Cuantía de la Subvención y Crédito
Presupuestario.- La Ciudad Autónoma de
Melilla, con cargo a su Aplicación Presupuestaria 01/23114/48900
del presente ejercicio 2019, aportará la cantidad de VEINTISIETE MIL EUROS (27.000,00.-€), para la realización de los
programas que figuran en la memoria.
Cuarta.- Compromisos asumidos por la Consejería de
Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación
ASPANIES Plena Inclusión - Melilla.-
1.
Corresponde
a la Consejería de Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de
Melilla:
a)
La aportación máxima de VEINTISIETE MIL EUROS (27.000,00.-€), para la financiación de los
gastos de personal del programa “ASPANIES en Movimiento” y los gastos de material
para la elaboración de los productos artesanales a utilizar en la mesa
informativa que se instalará el Día Mundial sin Tabaco 2019, mediante Orden de
Pago a Justificar, de conformidad con lo dispuesto en los Art. 189 y 190 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y Art. 37 de las Bases
de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 01/23114/48900 “CONVENIO
ASPANIES-FEAPS” según certificado de RC núm. 12019000002754, de 24 de enero de 2019.
b)
Tomar las medidas antropométricas sobre Índice
de Masa Corporal y Perímetro Abdominal necesarias para la evaluación del
programa, por parte del personal sanitario de la Dirección General de Sanidad y
Consumo, respetando los límites establecidos en la Ley de Orgánica 15/1999, de
13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal.
c)
El seguimiento de los Programas “Aspanies en
Movimiento” y “Día Mundial sin Tabaco”.
2.
Corresponde
a la Asociación ASPANIES PLENA INCLUSIÓN - MELILLA:
1)
El desarrollo y ejecución del programa “ASPANIES en Movimiento”, consistente
en actividades de promoción de estilos de vida saludables en jóvenes con
Discapacidad Intelectual melillenses mediante la actividad física y la
nutrición, y del programa “Día Mundial
sin Tabaco” consistente en actividades de sensibilización y prevención del
tabaquismo y la participación en la mesa informativa del “Día mundial sin
tabaco 2019”, ofreciendo a la población los productos artesanales elaborados
para la ocasión.
2)
Desarrollar los programas entre los meses de
enero a diciembre de 2019 en horario variable adaptándose a las necesidades de
la programación.
3)
La evaluación de los programas.
4)
Seleccionar, mantener y formar específicamente
para el desarrollo de estos programas a todos los monitores/as, voluntarios/as,
y psicólogos/as que participen en los mismos, y a que cumplan con el perfil
propio de las actividades a desarrollar.
5)
Aportar
mediante recursos propios o de otras subvenciones la cantidad necesaria para
asumir los siguientes gastos:
I.
Desayunos y meriendas saludables.
II.
Material y equipamiento para el desarrollo de las actividades derivadas
de la ejecución de los programas.
6)
Remitir a la Dirección General de Sanidad y
Consumo la justificación técnica, plazo máximo 31 de enero de 2020.
Incluirá un informe pormenorizado de las actividades realizadas, detallando el
grado de cumplimiento de los compromisos asumidos y el impacto de los mismos.
7)
Remitir a la Dirección General de Sanidad y
Consumo la justificación económica, plazo máximo 31 de marzo de 2020. La justificación se realizará a través
de la cuenta justificativa de los gastos, según el siguiente protocolo:
·
La rendición de cuentas de las cantidades
aplicadas al programa “ASPANIES en Movimiento” y abonadas en concepto de gastos
de personal, será de VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS EUROS CON
NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (25.886,96.-€) comprensivos de los meses de enero a
diciembre de 2019, en este concepto se incluirán los gastos derivados del
pago de retribuciones al personal de la entidad vinculada al programa mediante
contrato laboral que se ajuste a la legislación laboral aplicable al presente
caso, se incluirá como gastos de personal las cuotas de seguros sociales a
cargo de la entidad del personal afecto al programa. Entre la documentación que
debe aportarse, se encontrará:
§ Copia del
contrato laboral.
§ Copia del
Convenio Colectivo de aplicación, en su caso.
§ Recibo de
nómina que deberá contener: nombre, apellidos y NIF del trabajador/ a,
categoría profesional, número de afiliación a la Seguridad Social, conceptos
retributivos, firma del trabajador/a, firma y sello de la empresa...

§ Boletines
Acreditativos de Cotización a la Seguridad Social (TC1, TC2).
§ Impresos
110 y 190 de ingresos por retenciones IRPF.
§ Aquellos
otros que se requieran y que tengan relación con el desarrollo del Convenio.
En caso de no poder
justificar los gastos correspondientes a personal de acuerdo con lo
anteriormente reseñado, estas cantidades se retraerán de pagos posteriores o en
el caso de ser percibidas serán convenientemente devueltas. En ningún caso se
establecerá relación laboral o funcionarial alguna entre el personal que
participe en el desarrollo del programa convenido y la Ciudad Autónoma de
Melilla, siendo responsabilidad de ASPANIES - PLENA INCLUSIÓN MELILLA, todas
las obligaciones que conlleva la contratación del referido personal, debiendo
garantizar de forma expresa la adecuación de la capacitación profesional y
laboral del personal que esté adscrito al Programa.
·
La rendición de cuentas de las cantidades aplicadas al programa “Día
Mundial sin Tabaco” y abonadas en concepto de material adquirido para la
elaboración de los productos artesanales para la mesa informativa, será de MIL
EUROS (1.000,00.- €) y deberán justificarse mediante facturas normalizadas,
donde deberá reseñarse:
1)
Que el suministro obra o servicio se ha realizado para las actividades
objeto del convenio.
2)
Nombre, domicilio y razón social del suministrador, con indicación del
CIF, la factura deberá presentarse sellada y firmada por la empresa.
La justificación de los
gastos se presentará, con la documentación original a la Dirección General de
Sanidad y Consumo, la cual, una conformada procederá a su remisión a la
Consejería de Hacienda, quedando una copia de la justificación en la Consejería
de Presidencia y Salud Pública.
Quinta.- Forma de Pago.-
Tras la firma del presente
convenio procederá a transferir a la Asociación ASPANIES PLENA INCLUSIÓN
MELILLA, con CIF nº G29950813 el 50% de la totalidad de la cantidad prevista en
la cláusula tercera.
El pago del importe se hará
de manera anticipada y de una sola vez, en concepto de entrega de fondos con
carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder
llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, de conformidad con lo
previsto en el artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y adaptado,
en todo caso, al presupuesto monetario actualmente vigente y de conformidad con
lo estipulado en la Base 32 de las Bases de Ejecución del presupuesto 2019 de
la Ciudad Autónoma de Melilla y sus Organismos Autónomos.
El segundo pago
correspondiente al 50% restante hasta el importe total que aparece en la
cláusula tercera, se abonará previa justificación técnico-económica de la
aplicación de las cuantías económicas al desarrollo de las actividades o
programas que persigue el presente Convenio.
Dada la naturaleza de la
entidad a subvencionar, no se establece régimen alguno de garantía.
Los intereses devengados por
la subvención recibida hasta el momento del gasto deberán imputarse al objeto
de la subvención previsto en el presente convenio.
Sexta.- Compatibilidad con
otras subvenciones.- La presente subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos que, en su caso, pueda recibir la beneficiaria para la
misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos
o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales,
hasta el importe total de la actividad de acuerdo con lo dispuesto en el art. 19.3
de Ley General de Subvenciones.
Séptima.- Vigencia.- El presente convenio de
colaboración surtirá efectos desde el día uno (1) de enero al treinta y uno
(31) de diciembre de dos mil diecinueve.
Octava.- Extinción.- El incumplimiento de las
Cláusulas del presente Convenio por cualquiera de las partes, será causa de
extinción del mismo, sin prejuicio de lo establecido en el párrafo siguiente.
El incumplimiento por parte
de ASPANIES Plena Inclusión - Melilla, determinará para ésta la obligación de
restituir a la Ciudad Autónoma de Melilla, las cantidades que se hubieran
percibido injustificadamente y la de indemnizar los daños y perjuicios
ocasionados. El incumplimiento por parte de la Consejería de Presidencia y
Salud Pública, determinará para ésta el pago de los daños y perjuicios que por
tal causa se irriguen a la otra parte.
También será causa de
resolución, el mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir las
actividades descritas.
Novena.- Naturaleza
jurídica.- El
presente Convenio de Colaboración se halla excluido del ámbito de aplicación de
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, e incluido
en el de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, conforme
a los dispuesto en su Art. 22.2.a).

Décima.- Supervisión.- La Ciudad Autónoma a través
de la Dirección General de Sanidad y Consumo, podrá supervisar en cualquier
momento aquellas actividades que sean desarrolladas por el Centro, así como
recabar cualquier tipo de información que se estime necesaria para el
desarrollo de las actividades subvencionadas, dicha información deberá ser
facilitada con la mayor brevedad posible. Asimismo, la Asociación ASPANIES -
Plena Inclusión Melilla remitirá a la Dirección General de Sanidad y Consumo, a
través del técnico designado, con una periodicidad trimestral, una memoria
informativa de las actividades realizadas, el grado de cumplimiento de los
objetivos marcados y el impacto social de los mismos. A la finalización de la
vigencia del convenio se remitirá una memoria de actuación justificativa del
cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con
indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
Undécima.- Jurisdicción
Competente.- Cualesquiera
cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes del presente
Convenio, serán resueltas por los Juzgados/Tribunales de lo
Contencioso-Administrativo de la Ciudad Autónoma de Melilla, renunciando ambas
partes a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder.
Duodécima.- Interpretación.-
Cualquier
duda en la interpretación del Convenio será resuelta por la Consejería de
Presidencia y Salud Pública y la Asociación ASPANIES Plena Inclusión - Melilla.
En el caso en que no se produjera el mutuo acuerdo, regirá la postura de la
Administración, hasta la finalización del convenio.
Decimotercera.- Protocolos.-
Ambas
instituciones podrán, en la ejecución y desarrollo del presente convenio, de
mutuo acuerdo, formalizar y suscribir protocolos. Cada protocolo establecerá
las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios para su
ejecución, especificando, en su caso, las aportaciones de cada una de las
partes.
Decimocuarta.- Publicación.-
El presente
Convenio se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, así
como en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.
Y, en prueba de conformidad
con cuanto antecede, las Partes intervinientes firman el presente Convenio, por
triplicado ejemplar, a un sólo efecto, en el lugar y fecha indicados ut
supra.
Por
la Ciudad Autónoma de Melilla
La
Consejera de Presidencia y Salud Pública
Mª
de la Paz Velázquez Clavarana
Por
ASPANIES Plena Inclusión
El
Presidente
Carlos
B. Esteban Pérez