ARTÍCULO Nº 84
(CVE: BOME-A-2021-84)
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BOME Nº 5832 - viernes, 5 de febrero de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 108 de fecha 3 de febrero de 2021, relativa a bases de la convocatoria para acceso de propiedad de tres plazas de técnico de administración general, pertenecientes a la escala de administración general, subescala técnica, por el procedimiento de concurso - oposición, promoción interna.

La titular de la Consejería de Presidencia y
Administración Pública, mediante Orden/Resolución de
03/02/2021, registrada al número 2021000108, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería de Presidencia y Administración Pública ha
dispuesto lo siguiente:
De conformidad con el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de
fecha 22 de enero de 2021, por el que se
aprueban, las bases para la provisión definitiva de plazas vacantes en la
plantilla e incluidas en las Ofertas de Empleo Público para 2018 y 2019,
Personal Funcionario, y en base a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los
programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección de
los funcionarios de la Administración Local, y en uso de las competencias que
me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla,
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 19413/2020, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Convocar el proceso de
selección de las plazas que más abajo se relacionan, de conformidad con las
siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA ACCESO EN
PROPIEDAD DE TRES PLAZAS DE TÉCNICO DE
ADMINISTRACIÓN GENERAL, PERTENECIENTES A LA ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL,
SUBESCALA TÉCNICA, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICION, PROMOCIÓN INTERNA.
Es objeto de la presente
convocatoria la provisión, mediante el procedimiento de concurso-oposición,
promoción interna, de tres plazas de Técnico de Administración General,
encuadradas en el grupo A, Subgrupo A1, Personal Funcionario, Complemento de
Destino y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación
vigente.
Dichas plazas están
previstas en las Ofertas de Empleo Público para los años 2018 (B.O.ME.
nº 5580 de 7 de septiembre de
2018) y 2019 (B.O.ME. nº 5630 de 1 de marzo de 2019).
1.- REQUISITOS ESPECÍFICOS.-
Además de los requisitos
exigidos en las Bases Generales de aplicación, publicadas en el B.O.ME. Núm.
5000 de 15/02/2013, los aspirantes deberán reunir los siguientes:
a)
Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos universitarios
oficiales de Licenciado/Grado en: Derecho, Ciencias Políticas, Ciencias
Económicas o Empresariales, Intendente Mercantil o Actuario y aquellas otras
titulaciones de Licenciado/Grado que, perteneciendo a la rama de Ciencias
Sociales y Jurídicas, sean idóneas, por tener un Plan de Estudios que guarden
una relación directa con las funciones propias de las plazas convocadas ( o
estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de
presentación de instancias). Esta circunstancia deberá acreditarse mediante
fotocopia compulsada de la titulación exigida.
b)
Tener una antigüedad de, al menos dos años como funcionario de carrera
propio o transferido, Grupo A2 perteneciente a la Escala de Administración
General, Subescala de Gestión en la Ciudad Autónoma de Melilla.
También podrán presentarse
aquellos funcionarios de carrera propios o transferidos, con al menos dos años
de antigüedad, Grupo A2, pertenecientes a la Escala de Administración Especial,
Subescala Técnica cuando realicen funciones de apoyo al nivel superior, de
carácter administrativo y siempre que el contenido del plan de estudios de la
titulación que se exigió para acceder a la Subescala de procedencia se ajuste
al perfil de las plazas a convocar.

2.- PROCESO DE SELECCIÓN.-
A) FASE DE CONCURSO: Será previa a la fase de
oposición y se valorarán los méritos alegados y justificados de acuerdo con el
siguiente baremo de méritos. La puntuación máxima en la fase de concurso será
de 4.5 puntos.
ANTIGÜEDAD: Por cada año de servicio prestado en la Ciudad Autónoma de Melilla como
Subgrupo A2, 0,3 puntos.
Por cada año de servicio
prestado en la Ciudad Autónoma de Melilla, en Grupos inferiores al puesto
convocado, 0,1 puntos.
La puntuación máxima en este
apartado será de 2 puntos.
Para el cómputo de los años,
se despreciarán las fracciones inferiores al año. El periodo de tiempo de
servicios prestados se acreditará mediante certificación extendida por la
Secretaría Técnica de la Consejería de Presidencia y Administración Pública, que
deberá ser solicitada y presentada por los propios aspirantes, adjuntándola a
la solicitud para tomar parte en la convocatoria.
NIVEL DE FORMACION: Poseer titulación académica adicional a la exigida como requisito en la
convocatoria relacionada con la plaza a desempeñar, con un máximo de 1 punto:
-Título de Grado o
equivalente: 0,50 puntos, siempre que sea titulación adicional y distinta a la
aportada como requisito para formar parte en las pruebas selectivas.
-Título de Licenciado o
Master Universitario, siempre que el título de licenciado sea adicional y
distinto al aportado como requisito para formar parte en las pruebas
selectivas: 0,75 puntos.
-Doctorado: 1 punto.
CURSOS:
Por cursos relacionados con
la plaza a desempeñar: 0,01 puntos por hora, hasta un máximo de 1,5 puntos.
Los cursos inferiores a 15
horas no se computarán ni aislada ni conjuntamente.
La fase de concurso se
valorará de 0 a 4,5 puntos y no tendrá, en ningún caso, carácter eliminatorio.
B) FASE DE
OPOSICIÓN:
Constará de los siguientes ejercicios:
PRIMER EJERCICIO. - De
carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistente en contestar
un cuestionario de 80 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas en
un período máximo de 90 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes
de su realización, relacionado con el contenido del programa anexo a la
convocatoria.
Cada pregunta contestada
correctamente se puntuará con 0,125 puntos, no penalizando las contestadas
erróneamente, siendo necesario obtener un mínimo de 6 puntos para pasar al
siguiente ejercicio.
SEGUNDO EJERCICIO - De
carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes. Constará de dos partes,
a realizar en una misma sesión:
a)
Primera parte: Consistente en desarrollar
por escrito, durante un periodo máximo de 60 minutos, un tema extraído al azar
de la parte específica del programa de esta convocatoria.
b)
Segunda parte: Consistente en un
ejercicio práctico de la Parte Específica del Programa y, en concreto, de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, con tres (3) respuestas alternativas tipo test ,
siendo solamente una de ellas la correcta.
Este ejercicio constará de
30 preguntas, con una duración de 60 minutos. Se aplicará la siguiente fórmula:
P = 10/30 x (A - E/3), siendo “P” la puntuación de la segunda parte, “A” número
de preguntas acertadas y “E” número de preguntas erróneas.
Cada parte de este segundo
ejercicio se calificará de cero a diez puntos, constituyendo la nota final de
este segundo ejercicio la media obtenida con la suma de cada una de las dos
partes. Será necesario superar cada una de las dos partes con una puntuación
mínima de cinco puntos para superar este ejercicio.
Cada uno de los ejercicios
de esta fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.
C) CALIFICACION
FINAL: Será la que resulte de sumar la puntuación
obtenida en la fase de oposición, a la que se sumarán los puntos obtenidos en
la fase de concurso. En caso de empate lo resolverá la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición, y si persiste el empate lo resolverá el
Tribunal, si fuere necesario por haberse de dilucidar la selección o no de los
aspirantes, mediante la realización de un nuevo ejercicio teórico a los
aspirantes empatados, que se valorará de forma análoga a la establecida para la
fase de oposición, determinándose la selección por la mayor puntuación obtenida.
Si aun así persistiera el empate se realizarán tantos ejercicios cuantos sean
necesarios hasta dirimirlo.

El Tribunal no podrá aprobar
ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de
vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite
será nulas de pleno derecho.
El Tribunal una vez
realizada la valoración de los ejercicios, el número de plazas que coincida con
las plazas convocadas serán considerados “aptos” y los demás serán “no aptos”.
En aplicación de lo previsto en el art. 77 del
R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se permite la exención de aquellas
materias cuyo conocimiento ya se acreditó al ingresar en el Grupo de origen,
anterior al que se trata de acceder por promoción interna, el número de temas
queda fijado en los siguientes:
PROGRAMA
PARTE GENERAL
TEMA 1º.- La Constitución
Española de 1978: Características. Estructura. La Reforma Constitucional.
TEMA 2º.- Los principios
constitucionales: El estado social y democrático de derecho. Los valores
superiores de la Constitución española.
TEMA 3º.- Los derechos
fundamentales: Evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales y
las libertades públicas en la Constitución española. La protección de los
derechos fundamentales.
TEMA 4º.- La Monarquía
parlamentaria. La Corona: Significado y atribuciones. El refrendo.
TEMA 5º.- Las Cortes
Generales. Congreso de los Diputados y Senado: Composición y funciones.
TEMA 6º.- El Gobierno.
Funciones y potestades en el sistema constitucional español. Formación,
composición y responsabilidad. Designación y remoción de su Presidente.
TEMA 7º.- El Poder judicial.
La regulación constitucional de la justicia. El Consejo General del Poder
Judicial.
TEMA 8º.- El Tribunal
Constitucional. Composición, organización y atribuciones. Recurso de
inconstitucionalidad y cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo.
TEMA 9º.- Organización
territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado.
TEMA 10º.- Conflictos
constitucionales entre Órganos del Estado. Conflictos positivos y negativos con
las Comunidades Autónomas.
TEMA 11º.- Impugnación de
disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas.
TEMA 12º.- Los partidos
políticos y los sindicatos en España. Regulación Constitucional y régimen
jurídico.
TEMA 13º.- La Administración
Local: regulación Constitucional. Entidades que la integran. Normativa
reguladora.
TEMA 14º.- Las Comunidades
Europeas: nacimiento y objetivos. Los Tratados originarios y modificativos. El
Tratado de la Unión Europea.
TEMA 15º.- Las Instituciones
de la Unión Europea: Consejo, Comisión, Parlamento y Tribunal de Justicia.
TEMA 16º.- Las fuentes del
Derecho Comunitario Europeo. Derecho originario y Derecho derivado:
Reglamentos, Directivas y Decisiones. El Tratado de Adhesión de España a la
Comunidad económica europea.
TEMA 17º.- Ley Orgánica
3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: El principio de
igualdad y la tutela contra la discriminación.
PARTE
ESPECÍFICA
TEMA 18º.- Procedimiento
Administrativo: Principios generales. La estructura del procedimiento: Iniciación,
Ordenación, Instrucción y Finalización.
TEMA 19º.- El acto
administrativo: Concepto y clases. Elementos del acto administrativo: Sujeto,
causa, fin y forma.
Tema 20º.- Notificación y
publicación. El acto presunto: Naturaleza y régimen jurídico.
TEMA 21º.- La eficacia del
acto administrativo: Principios generales. Efectividad del acto administrativo.
Procedimientos de ejecución. Términos y plazos.
TEMA 22º.- Nulidad,
anulabilidad e irregularidad de los actos administrativos. Límites de la
invalidez. Conversión, conservación y convalidación de los actos
administrativos.
TEMA 23º.- Los recursos
administrativos: Concepto y principios generales. Clases de recursos.
TEMA 24º.- La revisión de
oficio. La acción de nulidad: procedimiento y límites. La declaración de
lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores.
TEMA 25º.- La jurisdicción
contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza. Órganos de este orden
jurisdiccional.
TEMA 26º.- El recurso
contencioso-administrativo: Procedimiento general.
TEMA 27º.- Las partes de los
contratos en el sector público. El órgano de contratación. El empresario:
capacidad, prohibiciones, solvencia y clasificación.
TEMA 28º.- La preparación de
contratos por las Administraciones Públicas. Clases de expedientes de
contratación. La selección del contratista: procedimientos, formas y criterios
de adjudicación. Garantías. Perfeccionamiento y formalización del contrato.
TEMA 29º.- La expropiación
forzosa. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Garantías
jurisdiccionales. La reversión expropiatoria. Tramitación de urgencia.
Procedimientos especiales.

TEMA 30º.- La
responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los presupuestos de
la responsabilidad. Daños resarcibles. La acción y el procedimiento
administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de
las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
TEMA 31º.- Las propiedades
administrativas. El dominio público. Los bienes patrimoniales del Estado. Los
bienes Comunales.
TEMA 32º.- Formas de actuación
administrativa. La actividad administrativa de Fomento. La actividad
Administrativa de servicio público. La actividad de policía o de limitación.
TEMA 33º.- Procedimiento de
concesión y gestión de subvenciones. Requisitos y obligaciones de las personas
beneficiarias de subvenciones. Justificación y reintegro. Control financiero.
Régimen de infracciones y sanciones.
TEMA 34º.- El Servicio
Público. Formas de gestión de los servicios públicos. Modalidades de la gestión
directa y de la gestión indirecta.
TEMA 35º.- El Régimen Local
español. Principios constitucionales y Regulación Jurídica. Enumeración de las
Entidades Locales territoriales. Potestades de las Administraciones Públicas de
carácter local.
TEMA 36º.- Las Competencias
Municipales: Competencias propias, las distintas de las propias y las
atribuidas por delegación. Los Servicios Mínimos.
TEMA 37 º.-El Patrimonio de
las Entidades Locales. Clasificación de los Bienes de las Entidades Locales.
Afectación y Desafectación. Adquisición, conservación y tutela. Potestades.
Régimen de utilización de los Bienes de Dominio Público Locales.
TEMA 38º.- La Función
Pública Local y su organización. Clases de Empleados Públicos Locales.
Selección y provisión.
TEMA 39º.- Los Funcionarios
de las Corporaciones Locales. El Personal laboral al servicio de las Entidades
Locales. El Personal Eventual.
TEMA 40º.- La Relación de
Servicios de los Funcionarios Públicos locales: Las Situaciones
Administrativas.
TEMA 41º.-Sistema Tributario
Local I: Las Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
TEMA 42º.- Sistema
Tributario Local II: El Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El Impuesto sobre
Actividades Económicas. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. El
Impuestos sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. El Impuesto sobre el
Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
TEMA 43º.- Los fondos
estructurales. El Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo de Desarrollo
Regional.
TEMA 44º.- El Estatuto de
Autonomía de Melilla: Vía de acceso a la autonomía. Estructura del estatuto.
Principios generales. La reforma del estatuto.
TEMA 45º.- La Organización
Institucional de la Ciudad Autónoma de Melilla: Asamblea, Presidente y Consejo
de Gobierno.
TEMA 46º.- El Reglamento de
Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla: Órganos de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
TEMA 47º.- Las Ordenanzas
fiscales de la Ciudad Autónoma de Melilla. Procedimiento de elaboración y
aprobación. Contenido.
TEMA 48º.- Los recursos de
las Haciendas Locales: Municipios, provincias y otras entidades locales.
Regímenes especiales, los ingresos privados. Las subvenciones y otros ingresos
de derecho público.
TEMA 49º.- El Reglamento
General de Subvenciones de la CAM.
TEMA 50.- Elaboración y
aprobación del Presupuesto.
TEMA 51.-Modificaciones
presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
Transferencias.
En lo no previsto en las
presentes bases se estará a lo dispuesto en las “Bases Generales de aplicación
a los procedimientos de selección de funcionarios de carrera y personal laboral
fijo de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicadas en el B.O.ME. nº 5.000, de
15 de Febrero de 2013 y “Manual de Instrucciones de funcionamiento y actuación
de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla”,
publicado en el B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de 2013.
Publíquense las mismas en el Boletín Oficial
de la Ciudad Autónoma de Melilla, Boletín Oficial del Estado y Tablón de
Edictos de la Ciudad, quedando convocado el proceso de selección para la
provisión de las citadas plazas.
Las presentes bases y los actos que de
ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la
forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
Contra esta ORDEN, que no
agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la
presente.
Dicho recurso podrá
presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de
conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno
y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario
número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar
y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que
recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada
interpuesto.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su
conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 4 de febrero de 2021,
La Secretaria Técnica de Presidencia y
Administraciones Públicas,
Pilar Cabo León