ARTÍCULO Nº 378
(CVE: BOME-A-2025-378)
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BOME Nº 6269 - martes, 15 de abril de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 1764, de fecha 10 de abril de 2025, relativa a plan de formación continua Fondos Propios y Fondos MAP 2025 de la Ciudad Autónoma de Melilla.

La Excma. Sra. Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad, mediante Orden
de
10/04/2025, registrada al número 2025001764, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Previa aprobación en Comisión Paritaria de Formación de la Ciudad
Autónoma de Melilla, en sesión celebrada el día 20 de marzo de 2025, se aprueba
el Plan de Formación financiado con Fondos Propios y Fondos MAP para el año
2025, gestionados por la Dirección General de Función Pública al amparo de lo
dispuesto en el Artículo 8 VIII del Acuerdo Marco y IX Convenio Colectivo de la
Ciudad Autónoma de Melilla (prorrogados).
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente electrónico nº
2586/2025, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28
de julio de 2023, relativo a la aprobación del Decreto de Distribución de
competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME extraordinario nº 54, de
31 de julio de 2023). por el que se atribuyen competencias a las Consejerías de
la Ciudad Autónoma de Melilla, la Consejería de Presidencia, Administración
Pública e Igualdad ostenta las atribuciones en materia de Función Pública,
entre otras, de “la planificación, desarrollo y ejecución de la Política de
Formación de los empleados públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla”, en
virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:
La aprobación del Plan de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla
para 2025 gestionado por la Dirección General de Función Pública.
PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA FONDOS PROPIOS Y
FONDOS MAP 2025.
El Plan de Formación de la Ciudad Autónoma de Melilla 2025 nace como
cada año con la vocación de ser herramienta útil al servicio de la organización
y las personas que forman parte de la CAM. Este plan busca, por tanto, dar
respuesta a los retos y necesidades que nuestra administración pública debe
afrontar para asegurar una gestión más eficiente y alineada con las demandas de
la ciudadanía.
1. OBJETIVOS
Objetivo
1. Mejora de la identificación de necesidades de aprendizaje y formación.
En el marco del estudio diagnóstico realizado sobre la actividad
formativa llevadas a cabo en años anteriores se han observado una serie de
dificultades a la hora de realizar la identificación de necesidades formativas
y de aprendizaje. Se establece un mecanismo de comunicación entre el Centro de
Estudio y Formación (CEF) y otras áreas funcionales para la localización e
identificación de las necesidades formativas, tanto generales como específicas,
del personal dependiente de aquella. Para ello, se celebrarán reuniones son los
titulares de las distintas Direcciones Generales, una vez finalizado el Plan de
Formación con el fin de transmitir qué áreas han de ser reforzadas, desde la
perspectiva de la formación continua, de cara a la elaboración de futuros planes
de formación.
Objetivo
2. Continuar con la mejora de las metodologías de aprendizaje y formación.
Se apuesta por el incremento de la metodología presencial frente a la
OnLine. La decisión de reforzar la formación presencial para los funcionarios
públicos en el marco del Plan de Formación 2025 de la Dirección General de
Función Pública responde a una serie de criterios pedagógicos, organizativos y
estratégicos que la convierten en una opción preferente frente a la modalidad
online, ya que la formación presencial permite un contacto directo entre
docentes y alumnos, lo que fomenta un aprendizaje más dinámico, participativo y
efectivo, facilitando la resolución inmediata de dudas mediante el diálogo con
el formador, la interacción entre compañeros, promoviendo el aprendizaje
colaborativo y el intercambio de experiencias y la posibilidad de realizar
ejercicios prácticos en tiempo real con feedback directo. Por otro lado, la
presencialidad permite un control más preciso sobre el progreso de los
participantes, lo que garantiza una formación de mayor calidad, posibilitando
una evaluación más realista de los conocimientos adquiridos a través de la
observación directa y la interacción con los formadores. Por último, no todos
los funcionarios cuentan con las mismas condiciones tecnológicas ni con un
entorno adecuado para la formación online. Con lo cual, la formación presencial
asegura que todos los empleados públicos tengan acceso a los mismos recursos
educativos, independientemente de sus competencias digitales o medios técnicos.
Objetivo
3. Avanzar en la identificación de competencias y en los itinerarios
formativos.
Se elaborarán mapas de competencias que nos permitan tener un ecosistema
competencial con el que atender todas las necesidades de capacitación del
personal de la CAM a través del desarrollo de itinerarios formativos para
aquellos ámbitos prioritarios: dirección pública, capacitación digital,
innovación, subvenciones, contratación, atención a la ciudadanía y otros de
carácter sectorial. Se trabajará en la elaboración de cursos de formación
generalizadas, formación específica, cursos monográficos y cursos de actualización.

Objetivo
4. Mejorar los instrumentos de evaluación de las acciones formativas y
selección de los formadores.
Se establecerán métodos de evaluación de las acciones formativas, sin
que quede a la discreción de los formadores, con el fin de unificar aquellos y
armonizar las distintas formas de evaluación.
En el marco del Plan de Formación 2025, la Dirección General de Función
Pública impulsará un modelo innovador para la selección de formadores, basado
en la convocatoria abierta y pública. A través de este sistema, se permitirá
que los empleados de distintas administraciones públicas puedan postularse para
impartir los cursos ofertados, garantizando así una formación más especializada
y alineada con las necesidades reales de la Administración. Esta medida
responde a los principios de transparencia, mérito y capacidad, favoreciendo la
participación activa de los empleados públicos en la creación y difusión del
conocimiento dentro del sector público. Con ello, se busca no solo optimizar la
calidad de la enseñanza, sino también fortalecer la profesionalización de los
funcionarios y fomentar un sistema de formación más dinámico, colaborativo y
eficiente.
2. DESTINATARIOS Y ACCIÓN FORMATIVA
Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla y demás
Administraciones Públicas, así como a los Empleados de los Organismos Públicos
y Empresas Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla que hayan suscrito el
correspondiente convenio de reciprocidad, o de otras que se hayan aprobado por
la Comisión Paritaria de Formación, con las condiciones que a continuación se
determinan.
2.1
Convocatoria y plazo de presentación de solicitudes:
Las acciones formativas que integran el Plan de Formación serán
convocadas mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Administración
Pública e Igualdad.
A partir del día siguiente al de la publicación en el BOME de las
correspondientes convocatorias — que
no se identifica con la presente resolución, la cual se limita a aprobar el
Plan de Formación — se abrirá un plazo de 20
días hábiles
para la presentación de solicitudes.
Publicada la convocatoria, las solicitudes (Anexo I) deberán presentarse
a través de la sede electrónica de la CAM, a través de
http://formacion.dgfpmelilla.es/ o mediante cualquier otro registro electrónico
de una Administración Pública, cumplimentando el formulario disponible en la
plataforma del Centro de Estudio y Formación.
La no cumplimentación correcta, sin rectificación a requerimiento de la
Administración, o la falsedad en los datos suministrados será motivo de
exclusión de la acción formativa.
En el supuesto de mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas,
los criterios de selección del personal que asistirá a las acciones formativas
serán, por su orden, los siguientes:
1º. Empleados Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla. Entre los
empleados públicos de la CAM, tendrá prioridad el personal fijo sobre el
temporal. Dentro del personal temporal, se otorgará preferencia a aquellos cuyo
nombramiento haya sido realizado a través de Bolsas de larga duración frente a
los designados mediante Bolsas de corta duración. A los efectos de preferencia,
el personal laboral no fijo de plantilla se equiparará al personal fijo.
2º. Empleados de Organismos Públicos de la Ciudad Autónoma de Melilla.
3º. Empleados de Empresas Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla.
4º. Empleados Públicos de otras Administraciones Públicas.
Sin perjuicio de la anterior prelación, en el supuesto de igualdad de
condición del solicitante, los criterios de selección, por su orden, serán los
siguientes:
1º. Relación de la acción formativa con el puesto de trabajo. (Interés
expresamente manifestado por el solicitante y en su caso por la unidad a la que
pertenezca en la actividad formativa, así como la relevancia de la experiencia
de aprendizaje para la mejora de las competencias requeridas para el adecuado
desempeño del puesto de trabajo.)
2º. Fecha de registro de solicitud.
Se podrá participar en actividades de formación durante los permisos por
parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por
cuidado de familiares, según lo dispuesto en los artículos 49 y 89.4 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y situaciones equivalentes
contempladas en el IX Convenio Colectivo de la CAM.
Se podrá reservar hasta un máximo del 25 % de las plazas de cada acción
formativa para empleados públicos, a propuesta de la Dirección General de
Función Pública, en función de las necesidades detectadas y la formación
específica requerida.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se
otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en la
Administración de la CAM, en el plazo de un año al servicio activo, procedentes
del permiso de maternidad o paternidad, siempre que guarde relación con el
contenido funcional del puesto de trabajo que se ocupa.

2.2 Admisión y Fechas de los Cursos
Una vez efectuada la selección definitiva de participantes, y con una antelación mínima de 10 días hábiles de la fecha de inicio de la
actividad formativa, el CEF se comunicará individualmente por correo
electrónico con quienes hayan sido admitidos, que deberán confirmar su
participación en la actividad formativa contestando a dicho correo electrónico
en los plazos indicados en él. Los solicitantes que hayan sido designados como
suplentes recibirán igualmente un correo electrónico para comunicarles esta circunstancia.
Las fechas de realización de las distintas actividades formativas serán
programadas por el CEF, siempre dentro del ejercicio 2025.
2.3
Derechos y obligaciones de las personas participantes.
·
Derechos.
-
Asistir a las sesiones correspondientes de la acción formativa para la
que ha sido seleccionada cuando sea presencial, o acceder al entorno de
formación online.
-
Disponer del material didáctico y de apoyo previsto para la realización
de la acción formativa.
-
Recibir un certificado de asistencia o aprovechamiento siempre que se
hayan cumplido las obligaciones establecidas en la guía del curso o la
convocatoria de la acción formativa.
-
Compensación en días libres en caso de asistir fuera de la jornada
laboral a Cursos Presenciales u Online.
-
Asistir a los Cursos presenciales cuando se desarrollen en horario
Laboral.
·
Obligaciones.
-
Observar las reglas elementales de participación, respeto y
consideración hacia el profesorado, compañeros y compañeras, y personal gestor
del CEF.
-
Asistir al menos al 80% de las horas lectivas presenciales programadas
cuando la acción formativa sea presencial o semipresencial, sometiéndose a los
controles establecidos para ello.
-
Realizar el porcentaje de actividades prácticas establecido en la guía
de la acción formativa online.
-
Disponer, cuando la acción formativa sea online, de las competencias
digitales necesarias para el aprendizaje, y contar con un equipo que tenga la
configuración técnica necesaria con acceso a internet, navegador web compatible
para acceder a la plataforma de formación online, y los medios de comunicación
establecidos en la acción formativa, quedando bajo la exclusiva responsabilidad
del alumnado la disposición de dichos elementos.
-
Realizar las pruebas de evaluación del aprendizaje en aquellas acciones
formativas que lo tengan previsto.
-
Evaluar la acción formativa en que se ha participado, cumplimentando los
cuestionarios específicos que el CEF disponga a tal fin.
-
Realizar las acciones de transferencia del aprendizaje al puesto de
trabajo en las acciones formativas que lo tengan establecido.
2.4
Régimen de asistencia, renuncia y certificación.
El alumnado seleccionado para una acción formativa deberá contribuir con
su actitud y esfuerzo al éxito de la acción formativa, compartiendo su
experiencia y conocimientos y transfiriendo el aprendizaje al puesto de trabajo
a su finalización.
Una vez admitidos, la renuncia a un curso deberá efectuarse al menos 5 días hábiles antes de la fecha de
comienzo de este. Cuando una persona seleccionada para una acción formativa no
pueda asistir, deberá comunicar su renuncia por escrito acompañando
justificación, en su caso, al CEF, en los días anteriores al inicio de la
acción, a fin de cubrir su vacante con otras solicitudes si fuera posible.
En la modalidad de cursos presenciales, una falta superior al 20 % de la
duración total del curso o de un (1)
día, en el
supuesto de cursos presenciales que, por su duración, la ausencia de un (1) día supere este porcentaje, sin causa
justificada, le privará del derecho a diploma- certificado, puesto que lo que
acredita éste es la asistencia al Curso.
Podrán ser excluidas del siguiente Plan de Formación aquellas personas
que, habiendo sido seleccionadas para participar en acciones formativas, no
hayan asistido sin justificar su renuncia en el momento oportuno, no hayan
superado el curso a causa de su inactividad en aquel, o lo hayan abandonado de
forma injustificada. No obstante, podrán ser admitidas si existieran plazas
disponibles en las acciones formativas solicitadas.
3. CONTENIDO, EVALUACIÓN Y COMPENSACIÓN
3.1 Contenido
El contenido, estructura y formas de evaluación de los cursos serán
establecidos por el CEF.
En el marco de las acciones formativas impartidas en modalidad online,
deberá garantizarse, en todo caso, la celebración de al menos dos sesiones
audiovisuales en las que el docente exponga y desarrolle parte del contenido
del curso, con el fin de asegurar una adecuada interacción con los
participantes y reforzar el proceso de enseñanzaaprendizaje.

3.2 Evaluación
Cada acción formativa podrá incluir uno o varios métodos de evaluación;
no obstante, la participación en los foros de la plataforma constituirá un
requisito esencial para la superación del curso.
Entre los métodos de evaluación que podrán aplicarse se incluyen:
-
Ejercicios tipo test: cada unidad deberá contar con un mínimo de 10
preguntas tipo test, diseñadas para asegurar la adecuada aplicación de los
conocimientos adquiridos.
-
Trabajos escritos y ejercicios prácticos: podrán requerirse la
presentación de resúmenes por unidad, memorias explicativas o la resolución de
supuestos prácticos, con el fin de evaluar la comprensión y aplicación de los
contenidos impartidos.
3.3 Compensación
Cuando los cursos se realicen fuera de la jornada normal de trabajo, se
compensará de la siguiente forma: Un día de compensación por cada quince horas
de curso, con un máximo de cuatro días de compensación al año. El límite del
disfrute de los días será el 31 de marzo de 2026.
4. ACREDITACIÓN
Finalizado el curso se dará al alumno diploma acreditativo de su
asistencia siempre que se justifique por el Centro de Estudio y Formación de la
Dirección General de Función Pública que el Empleado Público haya asistido al
curso de formación el tiempo mínimo establecido por la Comisión de Formación
Continua de la Ciudad Autónoma. Este control se realizará mediante la firma del
Empleado Público en las hojas de asistencia, así como por medio de la
plataforma de formación, en el supuesto de cursos online y de otros controles
que se puedan establecer desde la Dirección General de Función Pública.
Si el curso de formación contempla la posibilidad de obtener un
certificado de aprovechamiento, deberá, además, superar las pruebas que
establezcan los organizadores del curso, en su caso.
Por ello, una vez finalizada la actividad formativa y entregado el
correspondiente expediente administrativo al Centro de Estudio y Formación por
la entidad gestora correspondiente, en aquellas acciones formativas
gestionadas, directa o indirectamente, por la Dirección General de Función
Pública, el alumnado con derecho a diploma lo tendrá a su disposición en SEDE
ELECTRÓNICA, en un plazo de veinte (20) días hábiles desde la incorporación de
la memoria de finalización en el expediente correspondiente.
5. CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN Y PARTICIPACIÓN COMO DOCENTES
Junto a la aprobación de este Plan de Formación se abre un plazo de presentación de
solicitudes destinado
a aquellos empleados públicos que deseen participar como docentes en las
distintas acciones formativas.
5.1 Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes destinadas a la
participación como docentes en el Plan de Formación 2025 será de diez (10) días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de la publicación en el BOME. Las solicitudes deberán formalizarse
a través de la sede electrónica de la CAM o mediante cualquier otro registro
electrónico habilitado de una Administración Pública.
A la solicitud específica (Anexo II) deberá adjuntarse el currículum
vitae, así como una breve memoria, en la que se exponga una propuesta sobre la
estructura y unidades formativas que el solicitante propone impartir.
5.2. Requisitos e indemnización
Podrán participar como docentes los empleados públicos de cualquier
administración pública.
El nombramiento se llevará a cabo en base al artículo 33 del Real
decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
La indemnización será de 40€/hora de formación on-line y 60€/hora de
formación presencial.
La CAM sufragará los gastos de locomoción y alojamiento de los docentes
ocasionados con motivo del desarrollo la fase presencial de la actividad
formativa.
6. AMPLIACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL PLAN DE FORMACIÓN
Previa evaluación de la Comisión Paritaria de Formación y Promoción
Profesional de la Ciudad Autónoma de Melilla, y a propuesta de la Dirección
General de Función Pública, se podrá acordar la ampliación del Plan de
Formación, con el fin de incorporar aquellas acciones formativas cuya
impartición se estime indispensable, en atención a las deficiencias formativas
que puedan identificarse a lo largo del ejercicio 2025.

En atención al número de solicitantes en cada acción formativa podrá
prescindirse de aquella, con el fin de crear otras.
PLAN DE FORMACIÓN FONDOS PROPIOS DGFP 2025 |
|||||
ADMINISTRACIÓN 3.0 |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
FORMADOR DE
FORMADORES |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
FORMACIÓN POR COMPETENCIAS |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
CIBERBULLYNG,
ESTRATEGIA DE PREVECIÓN E INTERVENCIÓN DESDE EL CONTEXTO ESCOLAR Y FAMILIAR |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
USO LECTOR ÓPTICO
PROCESOS SELECTIVOS (1ª EDICIÓN) |
P |
|
20 |
10 |
1 |
ESTRATEGIAS PARA RELACIONARSE
CON PERSONAL CON DIVERSIDAD FUNCIONAL |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
ÉTICA PÚBLICA Y
PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN. LA PROTECCIÓN DEL DENUNCIANTE |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
CURSO DE MATERIFE Y
DESPIECE CÁRNICO |
P |
|
10 |
15 |
1 |
ACTIVIDADES DE
CONTROL Y ALMACENAJE EN GRANDES SUPERFIES |
P |
|
10 |
25 |
1 |
GESTIÓN PÚBLICA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN
CIUDADANA |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
TRABAJO EN EQUIPO Y
HABILIDADES SOCIALES |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
GESTIÓN DE RECURSOS
HUMANOS Y SUS INCIDENCIAS |
P |
|
20 |
20 |
1 |
HACIENDA Y PRESUPUESTOS |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
PRESUPUESTOS DE LA
CAM: INGRESOS Y GASTOS PÚBLICOS |
P |
|
20 |
20 |
1 |
APLICACIÓN PRÁCTICA
DE SUBVENCIONES Y AYUDAS PÚBLICAS EN LA CAM |
P |
|
20 |
20 |
1 |
LEY CONTRATOS DEL
SECTOR PÚBLICO. APLICACIÓN PRÁCTICA EN LA CAM |
P |
|
20 |
20 |
1 |
APLICACIÓN PRÁCTICA
DEL PRESUPUESTO EN LA CAM. CONTABILIDAD. GESTIÓN GEMA |
P |
|
20 |
20 |
1 |
RESPUESTAS
PRÁCTICAS SOBRE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA |
P |
|
20 |
20 |
1 |
CONTROL,
SUPERVISIÓN Y AUDITORÍA DE LOS FONDOS EUROPEOS |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
EJECUCIÓN DE LOS
CONTRATOS. GESTIÓN E INCIDENCIAS HASTA SU EXTINCIÓN |
P |
|
40 |
* |
1 |
FACTURACIÓN
ELECTRÓNICA EN LA CAM Y GESTIÓN DE CAJA FIJA |
P |
|
20 |
20 |
1 |
PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA |
P |
|
20 |
20 |
1 |
CONTROL FINANCIERO |
P |
|
20 |
20 |
1 |

CONTRATO: C. MENOR,
PROCEDMIENTO SUMARIO Y NEGOCIADO SIN PUBLICIAD (1ª EDICIÓN) |
P |
|
20 |
20 |
1 |
CONTRATO: C. MENOR,
PROCEDMIENTO SUMARIO Y NEGOCIADO SIN PUBLICIAD (2ª EDICIÓN) |
P |
|
20 |
20 |
1 |
PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN
(1ª EDICIÓN) |
P |
|
20 |
20 |
1 |
PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN
(2ª EDICIÓN) |
P |
|
20 |
20 |
1 |
JUSTIFICACIÓN DE
FONDOS EUROPEOS |
P |
|
20 |
20 |
1 |
IDIOMAS |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
INGLÉS MEDIO |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
INGLÉS AVANZADO
ORIENTADO A GESTIÓN PÚBLICA |
P |
|
20 |
20 |
1 |
LENGUA DE SIGNOS
ESPAÑOLA |
P |
|
25 |
20 |
1 |
IGUALDAD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
CLÁUSULAS DE
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCESOS DE CONTRATOS, SUBVENCIONES Y
CONVENIOS |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
INFORMÁTICA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
INTELIGENCIA
ARTICIAL PARA |
|
OL |
40 |
* |
1 |
EMPLEADOS PÚBLICOS
(1ª EDICIÓN) |
|
|
|
|
|
EXCEL MEDIO (1ª
EDICIÓN) |
P |
|
20 |
20 |
1 |
EXCEL MEDIO (2ª
EDICIÓN) |
P |
|
20 |
20 |
1 |
PREVENCIÓN,
DETECCIÓN Y RSPUESTA A CIBERINCIDENCIAS. CIBERSEGURIDAD EN EQUIPOS |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
JURÍDICO ADMINISTRATIVA |
|
|
|
|
|
INAP: TALLER
PRÁCTICO SOBRE LA GESTIÓN DE CRISIS ANTE EMERGENCIAS EN EL SECTOR PÚBLICO EN
LOS ASPECTOS JURÍDICO-ADMINISTRATIVO, OPERATIVO Y EMOCIONAL, CON UNA APROXIMACIÓN
A LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL |
P |
|
35 |
25 |
1 |
MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA |
|
|
|
|
|
LEY DE CAMBIO
CLIMÁTICO Y TRANSICIÓN ENERGÉTICA |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
MARCO NORMATIVO Y ESTRATÉGICO
SOBRE RESIDUOS |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
SEGURIDAD Y SALUD |
|
|
|
|
|
DESFIBRILADOR |
P |
|
15 |
8 |
1 |
RECICLAJE
DEFIBRILADOR |
P |
|
15 |
4 |
1 |
TOTALES DGFP |
PRESENCIAL |
ONLINE |
ALUMNOS |
HORAS |
CURSOS |
TOTALES |
25 |
13 |
1030 |
807 |
38 |
PLAN DE FORMACIÓN FONDOS MAP DGFP 2025 |
|||||
ADMINISTRACIÓN 3.0 |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
GESTIÓN DE MYTAO
(1ª EDICIÓN) |
P |
|
20 |
20 |
1 |
GESTIÓN DE MYTAO
(2ª EDICIÓN) |
P |
|
20 |
20 |
1 |
ESQUEMA NACIONAL DE
SEGURIDAD |
|
O |
40 |
30 |
1 |
PROTECCIÓN DE DATOS
DE CARÁCTER PERSONAL |
|
O |
40 |
30 |
1 |

ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
GESTIÓN DE CONFLICTOS
EN LA ATENCIÓN AL PÚBLICO |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
GESTIÓN PÚBLICA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
TRIBUNALES DE
SELECCIÓN Y VICIOS EN LOS PROCESOS SELECTIVOS (1ª EDICIÓN) |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
TRIBUNALES DE
SELECCIÓN Y VICIOS EN LOS PROCESOS SELECTIVOS (2ª EDICIÓN) |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
INFORMES,
DOCUMENTOS Y PLANTILLAS ADMINISTRATIVAS |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
IGUALDAD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
IGUALDAD DE GÉNERO |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
SENSIBILIZACIÓN Y
PREVENCIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA A LA MUJER |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
JURÍDICO-ADMINISTRATIVA |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
LEY 40/2015 DE
RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
DERECHOS DE LOS
EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA CAM |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
INCOMPATIBILIDADES
Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE LA CAM |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
LEY 39/2025 DE
PROCEDMIENTOS ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS AA.PP. 1ª PARTE (TÍTULO I AL III) (1ª
EDICIÓN) |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
LEY 39/2025 DE
PROCEDMIENTOS ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS AA.PP. 1ª PARTE (TÍTULO I AL III) (2ª
EDICIÓN) |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
LEY 39/2025 DE
PROCEDMIENTOS ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS AA.PP. 2ª PARTE (TÍTULO IV AL VI)
(1ª EDICIÓN) |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
LEY 39/2025 DE
PROCEDMIENTOS ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS AA.PP. 2ª PARTE (TÍTULO IV AL VI)
(2ª EDICIÓN) |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
PROCEDIMIENTO
SANCIONADOR EN LA CAM |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
EXTRACONTRACTUAL Y CONTRACTUAL EN LA CAM |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
NORMATIVA DE LA CAM |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
SEGURIDAD Y SALUD |
MODALIDAD |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES |
|
OL |
40 |
30 |
1 |
TOTALES |
PRESENCIAL |
ONLINE |
ALUMNOS |
HORAS |
EDICIONES |
|
2 |
19 |
800 |
590 |
21 |
Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo.
Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la
Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla, a 11 de abril de 2025,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler



Presentación de Solicitudes y Plazo de
Presentación:
Las
solicitudes a los Cursos de Formación se podrán presentar a través de:
-
Formulario
existente en la plataforma del Centro de Estudio y Formación, en la dirección https://formacion.dgfpmelilla.es/
-
Sede
Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla.
-
En cualquier
otro registro electrónico de una Administración Pública.
Las
solicitudes se podrán presentar en el plazo de 20 días hábiles a partir del siguiente a la publicación en el BOME
de la convocatoria de los Cursos de
Formación.
Entrega de Diplomas y de compensación por
realización de formación fuera de la jornada laboral:
Finalizada la
actividad formativa y entregado el correspondiente expediente administrativo al
Centro de Estudio y Formación por la entidad gestora correspondiente.
En aquellas
acciones formativas gestionadas, directa o indirectamente, por la Dirección
General de Función Pública, el alumnado con derecho a diploma lo tendrá a su
disposición en SEDE ELECTRÓNICA, en
un plazo de veinte (20) días hábiles desde la incorporación de la memoria de
finalización en el expediente correspondiente.
En cuanto a la
compensación por realización de cursos de formación fuera de la jornada
laboral, se remitirán a las correspondientes Direcciones Generales o
responsables de área y a través del correo corporativo a los empleados públicos
de la Ciudad Autónoma de Melilla.



Presentación de Solicitudes y Plazo de
Presentación:
Las
solicitudes para participar como docentes se podrán presentar a través de:
-
Sede
Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla
-
En cualquier
otro registro electrónico de una Administración Pública.
Las
solicitudes se podrán presentar en el plazo de 10 días hábiles a partir
del siguiente a la publicación en el BOME del Plan de Formación.
Las
solicitudes deberán acompañarse del correspondiente currículum vitae
actualizado.
Opcionalmente,
podrá adjuntarse una memoria explicativa en la que se proponga la estructura,
los contenidos y las unidades didácticas que conformarían el curso a impartir.
Dicha memoria será especialmente valorada en el proceso de selección del
personal docente.