ARTÍCULO Nº 82
(CVE: BOME-AX-2025-82)
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BOME EXTRA Nº 17 - viernes, 7 de marzo de 2025 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PRESIDENCIA - PRESIDENCIA
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 5 de marzo de 2025, relativa a modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones para el periodo 2024-2026.

·
Convenio
de colaboración con José Luis Pérez García para el desarrollo de la escuela de
vela de crucero a través de la embarcación Melilla Ciudad del Deporte:
promoción de la vela de crucero y la preparación y formación de jóvenes
deportistas melillenses en la mencionada especialidad durante el trienio
2025-2027.
·
Convenio
de colaboración con Aspanies: impulsar, facilitar y promocionar la actividad
deportiva como medio de inclusión social, buscando la mejora física y emocional
de personas con discapacidad intelectual.
·
Convenio
de colaboración Asociación Carrera Africana: convenio de colaboración para la
organización y el desarrollo de la prueba deportiva denominada
"Africana", la cual se ha convertido en uno de los mayores eventos
deportivos de la ciudad, contando con más de 3.000 participantes, y a la que
asisten más de 1.000 deportistas de fuera de nuestra ciudad.
·
Convenio
Eduardo Calderay: convenio para apoyar la participación internacional de este
triatleta.
·
Convenio
Luis Miguel Ruiz Narváez: convenio para apoyar la participación internacional
de este triatleta.
·
Convenio
Diego Ortega: para apoyar la participación de este melillense en la prueba
internacional Dakar.
·
Convenio
Borja Pérez Casimiro: para apoyar la participación de este melillense en la
prueba internacional Dakar.
·
Convenio
José Luis García Jiménez: para apoyar la participación internacional de este
jugador de golf.
·
Convenio
Motoclub Rally Competición Dakar: para apoyar la participación de este
melillense en la prueba internacional Dakar.
·
Convenio
Escudería Delhi Sport: para apoyar la participación internacional en rallies de
esta escudería.
·
Convenio
Asociación Contra el Cáncer: impulsar, facilitar y promocionar la actividad
deportiva como medio de inclusión social, buscando la mejora física y emocional
de pacientes oncológicos.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: con carácter
permanente durante el trienio que abarca los años 2025, 2026 y 2027, si bien
las entidades que conforman este línea de subvención, pueden variar de un
ejercicio a otro.
COSTE PREVISIBLE POR EJERCICIO (sin que ello cree
derecho u obligación alguna por parte de esta Consejería, y únicamente a
efectos programáticos):
·
Convenio
con el Real Club Marítimo de Melilla para la promoción de los deportes náuticos
48.000 €
·
Convenio
de colaboración con José Luis Pérez García 100.000 €
·
Convenio
Aspanies 35.000 €
·
Convenio
Asociación Carrera Africana 120.000 €
·
Convenio
Eduardo Calderay 15.000 €
·
Convenio Luis Miguel Ruiz Narváez 15.000 €
·
Convenio
Diego Ortega 15.000 €
·
Convenio
Borja Pérez Casimiro 10.000 €
·
Convenio José Luis García Jiménez 15.000 €
·
Convenio
Motoclub Rally Competición Dakar 52.000 €
·
Convenio
Escudería Delfi Sport 97.000 €
·
Convenio
Asociación Contra el Cáncer 20.000 €
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
Convenio
con el Real Club Marítimo de Melilla para la promoción de los deportes
náuticos.- 14 34122
48000
·
Convenio
de colaboración con José Luis Pérez García.- 14
34109 48000
·
Convenio
Aspanies.- 14 34110 48000
·
Convenio
Asociación Carrera Africana.- 14
34132 48000
·
Convenio
Eduardo Calderay.- 14 34127 48000
·
Convenio Luis Miguel Ruiz Narváez .- 14 34126 48000
·
Convenio
Diego Ortega.- 14 34131 48000
·
Convenio
Borja Pérez Casimiro.- 14 34138 48000
·
Convenio José Luis García Jiménez.- 14 34128
48000
·
Convenio
Motoclub Rally Competición Dakar.- 14
34117 48000
·
Convenio
Escudería Delfi Sport.- 14 34116 48000
·
Convenio
Asociación Contra el Cáncer.- 14
34130 48000
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No se prevé.
PLAN DE ACCIÓN:
a)
Mecanismo
de actuación.- inclusión de la subvención directa en las bases del presupuesto.
1º.- Acuerdo del Consejo de Gobierno aprobando el
gasto (dicha aprobación se realiza en el ejercicio económico anterior).
2º.- Orden de incoación.
3º.- Solicitudes de conformidad con el artículo 12.1
del RGSCAM.
4º.- Fiscalización previa de Intervención al Convenio.
5º.- Aprobación por parte del Consejo de Gobierno.
6º.- Firma del convenio.

7º.- Publicación del convenio en el BOME.
a)
Fecha
aproximada de concesión: 2º Trimestre de cada ejercicio.
c) Mecanismo de aplicación: Ley General de
Subvenciones / Reglamento de la Ley General de Subvenciones / Reglamento
General de Subvenciones de la C.A.M. / Convenio
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Los subvencionados deberán
presentar una memoria de actuación justificativa del cumplimiento del convenio
y de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación
de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Igualmente deberán
presentar una memoria económica justificativa del cumplimiento del coste de las
actividades realizadas, que se realizarán siguiendo las directrices de la
Intervención de la C.A.M., sin perjuicio de la posibilidad de exigir la Ciudad
Autónoma la documentación que estime oportuna para la fiscalización de la
justificación de la subvención concedida.
DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL CENTRO DE ESTUDIOS DE CULTURA
MEDITERRÁNEA PARA ACTIVIDADES DE CAMPOS DE VOLUNTARIADO JUVENIL EN LAS ISLAS
CHAFARINAS.
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Gestión
de los Campos de Voluntariado Juvenil en las Islas Chafarinas.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Jóvenes residentes en Melilla con edades
comprendidas entre 18 (cumplidos al comienzo de la actividad ) y 30 años ( que
no han de superar durante la realización de la misma). También podrán
participar en algunos campos nacionales a partir de los 18 años. Jóvenes
nacionales con edades comprendidas entre 18 (cumplidos al comienzo de la
actividad ) y 30 años ( que no han de superar durante la realización de la
misma).
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Campo de Voluntariado Juvenil
constituye una iniciativa donde jóvenes provenientes de diversos lugares se
comprometen de manera voluntaria y altruista a llevar a cabo, por un periodo
específico, un proyecto de trabajo junto con actividades adicionales de
evidente relevancia social. Este programa promueve los valores fundamentales de
convivencia, tolerancia, solidaridad, participación, así como fomenta
oportunidades de aprendizaje y facilita el intercambio intercultural. En el
marco de nuestro proyecto de voluntariado juvenil en las Islas Chafarinas, nos
proponemos realizar prospecciones arqueológicas en superficie con el objetivo
de establecer una serie de sondeos arqueológicos. Estos sondeos, a su vez,
contribuirán significativamente al avance del conocimiento histórico de la isla
y su entorno.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de la
entidad subvencionada.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 30.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Fondos de la Ciudad
Autónoma de Melilla. No consta otros.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
14/33443/48000 Subvención
Campo Trabajo voluntario Chafarinas Centro de Estudios de Cultura Mediterránea.
Importe: 30.000€
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Subvención directa con la vigencia del convenio.
o
b. Forma de concesión: Convenio con Centro de Estudios de Cultura
Mediterránea
o
c. Mecanismos de actuación: Bases reguladoras contenidas en los
convenios acordados por el Consejo de gobierno de la Ciudad Autónoma.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio evaluativo
de las justificaciones presentadas.
El
centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el
mismo.
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
COLEGIOS DE EDUCACIÓN
INFANTIL, PRIMARIA, ESPECIAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS PÚBLICOS DE MELILLA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las Centros de Educación Infantil, Primaria, Especial y
Educación de Adultos de Melilla tanto públicos como concertados, para
posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su funcionamiento y el
desarrollo de las actividades docentes que le son propias.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centros sostenidos con fondos públicos de
Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: : Facilitar medios a las Centros Públicos y
Concertados de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de
Melilla, para posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su
funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias

·
las
entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta
administración ( Disposición Adicional 15 Ley Orgánica 2/2006).
·
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 367.735,69 €
·
APLICACIONES
RESUPUESTARIAS/ BENEFICIARIO/CONCEPTO/IMPORTE
·
14.32301.4800,
CEIP La Salle Gastos de Mantenimiento 20.847,06 €.
·
14.32302.4800,
CEIP Ntra.Sra. Buen Consejo. Gastos de Mantenimiento 20.847,06 €.
·
14.32303.4800,
CEIP Enrique Soler.Gastos de Mantenimiento 29.677,95 €.
·
14.32304.4800,
Centro de Adultos Gastos de Mantenimiento 14.699,78 €.
·
14.32305.4800,CEIP
Juan Caro Gastos menores y conservación 47.425,06 €
·
14.32306.4800, CEIP Pintor Eduardo Morillas
Gastos menores y conservación 33.221,26 €
·
14.32307.4800,CEIP
España Gastos menores y conservación 33.968,84 €
·
14.32308.4800,CEIP Velázquez Gastos menores y conservación 30.701,61 €
·
14.32309.4800,CEIP Reyes Católicos Gastos
menores y conservación 32.473,70 €
·
14.32310.4800,CEIP
Anselmo Pardo Gastos menores y conservación 35.934,58 €
·
14.32311.4800,
CEIP Real Gastos menores y conservación 30.701,61 €
·
14.32312.4800,CEIP
León Solá Gastos menores y conservación 30.701,61 €
·
14.32313.4800,
CEIP Pedro de Estopiñan Gastos menores y conservación 30.701,61€
·
14.32314.4800,
CEIP Hipodromo Gastos menores y conservación 16.058,82 €
·
14.32315.4800,
CEE Reina Sofía Gastos menores y conservación 23.837,32 €
·
14.32316.4800, CEIP Constitución Gastos menores y
conservación 31.313,00 €
·
14.32317.4800,CEIP
Mediterráneo Gastos menores y conservación 31.313,00 €
·
14.32319.4800.
CEIP Encarna León. Gastos menores y
conservación 30.701,61 €
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
·
Concesión de
una subvención directa nominativa a cada Centro escolar público y concertado de
educación infantil, primaria, especial y educación de adultos por importe variable en atención a número de
líneas de alumnado.
·
Fechas de
Concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
·
Mecanismos
de actuación: Inclusión de la subvención
directa en los presupuestos de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio
evaluativo de las justificaciones presentadas.
El
centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el
mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2º
COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
CONCERTADOS Y PRIVADOS PARA OBRAS Y EQUIPAMIENTOS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Dotar de equipamiento y realización de obras a colegios de educación
infantil y primaria concertados y privados.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centros privados / concertados de
Educación Infantil y Primaria de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las Centros
concertados / privados de Educación Infantil y Primaria de Melilla, la dotación
de equipamiento y realización de obras necesarias y con ello su funcionamiento
y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias. Todo ello en
atención a que el Ministerio de Educación y Formación Profesional no dota a
esos centros privados / concertados de equipamiento ni efectúa obras en los
mismos. Centros contemplados: CEIP La Salle el Carmen, CEIP Nuestra Señora del
Buen Consejo, CEIP Enrique Soler y Liceo Sefardí de Melilla.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las
entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta
administración.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 155.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar
concertado/ privado de educación infantil y primaria por importe variable en
atención a número de líneas de alumnado. Centros contemplados: CEIP La Salle el
Carmen, CEIP Nuestra Señora del Buen Consejo, CEIP Enrique Soler y Liceo
Sefardí de Melilla.
o
b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los
presupuestos de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa.

-Evaluación: Estudio
evaluativo de las justificaciones presentadas.
El
centro Gestor elaborará un informe/memoria sobre las subvenciones gestionadas
por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3º
ESCUELA DE BACHILLERATO ARTÍSTICO “MIGUEL
MARMOLEJO"
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de actividades docentes propias a la
escuela de bachillerato artístico Miguel Marmolejo.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro docente de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que requiere
el funcionamiento de una Escuela de Bachiller Artístico.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las
entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta
administración.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 40.000,00 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Educación
y Formación Profesional
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
14/32318/47000 Subvención directa
gastos mantenimiento Escuela de Arte Miguel Marmolejo. Importe 40.000€. Beneficiarios: Escuela de
Arte Miguel Marmolejo.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de una subvención directa a Escuela de Bachiller Artístico
Miguel Marmolejo
o
b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los
presupuestos de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio evaluativo
de las justificaciones presentadas.
El
centro Gestor elaborará un informe/memoria sobre las subvenciones gestionadas
por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4º
ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de actividades docentes propias a las
escuelas de Educación Infantil de Primer Ciclo de Melilla.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escuelas de Educación Infantil de primer
ciclo educativo de Melilla debidamente autorizadas por el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Ayudar a las referidas
Escuelas Infantiles, como entidades que desempeñan una loable labor educativa y
conciliadora de la vida laboral y familiar, al sostenimiento de las actividades
que le son propias y que complementan a las de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, facilitando a ésta un considerable número de plazas
concertadas para su inclusión en la convocatoria pública de plazas en Escuelas
de Educación Infantil de primer ciclo.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las entidades subvencionadas.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 770.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
14/32101/47002 Concierto directo
de plazas a las Escuelas Infantiles. Importe: 770.000€. Beneficiarios: Escuelas
de Educación Infantil autorizadas por el Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Subvención a cada Escuela de Educación Infantil reconocida por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante procedimiento de
concurrencia competitiva.
o
b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
o
c. Mecanismos de actuación: Convenio de colaboración o resolución con
determinaciones de subvención.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio
evaluativo de las justificaciones presentadas.
El
centro Gestor elaborará en cada anualidad, en relación con el año precedente,
un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5º
CENTRO ASISTENCIAL DE
MELILLA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER GRADO “JOSEFA CALLES”
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de actividades docentes propias a las
escuelas de Educación Infantil de Primer Ciclo de Melilla “Josefa Calles”,
Centro asistencial.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Asistencial de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios a la
institución sin ánimo de lucro Centro Asistencial de Melilla, para posibilitar
el funcionamiento y desarrollo de las actividades docentes que son propias de
una Escuela de Educación Infantil de primer grado, la denominada “Josefa
Calles”.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las entidades subvencionadas.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 1.658.142,12€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
14/32101/48900 Gestión Escuela de
Educación Infantil Josefa Calles. Importe: 1.658.142,12 €. Beneficiarios:
Centro asistencial Escuela Infantil “Josefa Calles”.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa al Centro Asistencial para gestión de la
Escuela de Educación Infantil “Josefa Calles”.
o
b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los
presupuestos de esta Administración
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio
evaluativo de las justificaciones presentadas.
El
centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el
mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6º
RELIGIOSAS DE MARIA
INMACULADA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios para el desarrollo de actividades docentes propias a las
escuelas de Educación Infantil de Primer Grado “Religiosas de María Inmaculada”
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Asistencial y educativo de
Melilla, Escuela de Educación Infantil.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que implican
el funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil de primer grado.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las entidades subvencionadas, mediante la inclusión en los presupuestos de una
subvención directa nominativa.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 65.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
14/32101/48902 Subvención
Religiosas María Inmaculada Escuela Infantil. Importe: 65.000 €. Beneficiarios:
Religiosas de María Inmaculada Melilla.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa a Religiosas María Inmaculada para
gestión de la Escuela de Educación Infantil.
o
b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los
presupuestos de esta Administración
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio
evaluativo de las justificaciones presentadas.
El
centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el
mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7º
SUBVENCIONES DE AYUDAS AL
ESTUDIO PARA ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Financiación de Libros y material Escolar didáctico a las familias
melillenses con hijos/as que cursan estudios en algún colegio de educación
infantil y primaria.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
-Colegios de Educación
Infantil y Primaria que participan en los Programas de Reposición de Libros de
texto y de Puesta a Disposición de Material escolar complementario.
-Las familias melillenses
con hijos e hijas que cursan estudios en dichos colegios.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Dotar a los Colegios de
educación Infantil y Primaria y consecuentemente a las familias con hijos e
hijas que cursan estudios en los mismos, de los libros y material escolar
mínimo que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su
alumnado.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las entidades subvencionadas.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 929.626,62 €
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Subvención a cada Colegio de Educación Infantil y Primaria que acuerde
su participación en el Programa de Reposición de Libros respecto de los libros
y Programa de puesta a disposición de material escolar que se precisen para el
curso académico de que se trate teniendo como beneficiarios últimos los alumnos
de dichos centros.
o
b. Fechas de concesión previstas: Con anterioridad al inicio del
correspondiente curso escolar.
o
c. Mecanismos de actuación: Bases del Programa, estudio de necesidades
de cada centro escolar, resolución.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio
evaluativo y cuantitativo de las necesidades satisfechas
El
centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el
mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 8º
SUBVENCIONES VIAJES DE
ESTUDIOS Y ANÁLOGOS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Financiar actividades de viajes colectivos a colegios de Educación
Infantil, primaria, Institutos de educación secundaria y Bachillerato y otras
Entidades educativas.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estudiantes de Melilla a través de los
respectivos Colegios, Institutos y otras Entidades.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Posibilitar a los estudiantes
melillenses la realización de viajes de estudios que faciliten su educación y
formación al margen del esparcimiento lúdico que conlleve; y teniendo en
consideración el enclave geográfico de nuestra ciudad.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 80.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
14/32000/48000 Subvención viajes
de estudios y análogos. Importe: 80.000 €. Beneficiarios: Alumnado de educación
primaria, secundaria, Formación Profesional, etc.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Convocatoria pública anual de subvenciones mediante concurrencia
competitiva.
o
b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
o
c. Mecanismos de actuación: Bases reguladoras, Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y convocatoria pública.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Control de gastos previo
presupuesto del coste y con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio de las
necesidades satisfechas
El
centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 9º
SUBVENCIÓN CARITAS
INTERPARROQUIAL COLONIAS URBANAS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar los medios a la institución sin ánimo de lucro “Cáritas
Interparroquial” para desarrollar actividades asistenciales a escolares
pertenecientes a familias desfavorecidas.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escolares sin medios pertenecientes a
familias socialmente desfavorecidas de Melilla.

·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar medios que implican
el desarrollo de un programa de verano para escolares pertenecientes a familias
desfavorecidas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
-Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de la
actuación subvencionada.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 60.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
14/32000/48901 Subvención Caritas
Interparroquial Colonias Urbanas. Importe: 60.000 €. Beneficiarios: Cáritas
Interparroquial.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de subvención directa a la entidad Cáritas Interparroquial.
o
b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa
directa en los presupuestos de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio
evaluativo de las justificaciones presentadas.
El
centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 10º
SUBVENCIONES ACTIVIDADES
EDUCATIVAS Y FORMATIVAS
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar medios a las entidades beneficiarias que
lleven a cabo actuaciones/actividades en
distintas àreas educativas y formativas para el desarrollo de las
mismas.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Entidades, asociaciones y empresas que trabajan en
el ámbito educativo, formación y atención educativa en nuestra Ciudad.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: : Facilitar a las entidades
beneficiarias los medios precisos para su funcionamiento y desarrollo correcto
de las actividades educativas y formativas que le son propias y que tendrán
como beneficiarios últimos al alumnado y destinatarios de las mismas.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad anua o propia de cursos escolares
Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiarias.
·
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 1.103.500,00€
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA/BENEFICIARIO/CONCEPTO/IMPORTE
14.32000.48900, Entidades que trabajan materia/area
educativa 40.000,00 €.
14.32321.48900, Centro Unesco Poryectos Educativos 4.500,00 €.
14.33412.48900, Asociación Proyecto Alfa Alfabetización personas adultas 50.000,00 €.
14.92409.48902, Asoc. Amlega Jornadas educación y diversidad 12.000,00 €.
14.32322.48000, Sibila Teatro Programa Teatro
Escoalar 10.000,00 €.
14.32323.48000, La Vidriera Programa Teatro
Escoalar 10.000,00 €.
14.32322.48000, Sibila Teatro Programa Teatro
Escoalar 10.000,00 €.
14.32325.48000, Asoc SMEM Olimpiada Matemáticas
7.000,00 €.
14.32321.48000, Asoc SMEM Olimpiada Fisica 2.500,00 €.
14.32500.48000, Asoc SMEM Olimpiada Quimica 2.500,00
€.
14.32321.48000, Asoc SMEM Olimpiada Biología 2.500,00
€.
14.32321.48001, Asoc SMEM Olimpiada Filosofía 2.500,00
€.
14.32001.48000, Entidades que trabajan en àrea
educación Subvenciones Convocatoria P. Concilia 1.000.000,00 €.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
Concesión
de una subvención directa nominativa a cada entidad que realiza la actividad en
el ámbito educativo o de formación y convocatòries públicas mediante
concurrència competitiva.
o
Fechas
de Concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio o a lo largo de cada
ejercicio según conveniencia.
o
Mecanismos
de actuación: Inclusión de la subvención
directa en los presupuestos de esta Administración y tramitación de
procedimiento de convocatòria pública para libre concurrencia.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa de cada subvención
concedida.

-Evaluación: Estudio
evaluativo de las justificaciones presentadas.
El
centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 11º
ASOCIACIONES QUE TRABAJAN CON ALUMNADO
DE EDUCACIÓN INCLUSIVA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Facilitar los medios a las asociaciones y entidades dedicadas al trabajo
con alumnado de características especiales, autismo y otros.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones que trabajan con alumnado de
educación inclusiva, autismo y otros.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las entidades que
trabajan en beneficio de alumnado con necesidades especiales, la dotación para
su funcionamiento y el desarrollo de las actividades terapéuticas que le son
propias.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las entidades subvencionadas.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 80.000,00€
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: Ministerio de Educación
y Formación Profesional
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
a. Concesión de una subvención directa nominativa a cada Asociación por
importe variable en atención a número de alumnado atendido y actividades.
o
b. Fechas de concesión previstas: Primer semestre de cada ejercicio.
o
c. Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los
presupuestos de esta Administración.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Presentación de memoria de
gastos con la pertinente documentación justificativa.
-Evaluación: Estudio
evaluativo de las justificaciones presentadas.
El
centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 12º
ATENCIÓN A PETICIONES
SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: atender peticiones de ayuda susceptibles de subvención mediante concesión
directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
·
CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación.
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o entidades que desarrollen
actividades de interés general concernientes al ámbito de actuación de la
Consejera de Educación, Juventud y Deporte,
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Favorecer e incentivar
actividades de interés general.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: De carácter permanente con
periodicidad ANUAL
- Acorde a la temporalidad
presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de
las personas beneficiaria.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 50.000,00 € o superior
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No consta.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
14/32000/48900 Subvenciones Entidades Enseñanzas. Importe:
50.000€, Beneficiarios: Asociaciones/ Entidades.
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
o
Concesión directa - Fechas de Concesión: No determinada.
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
-Seguimiento: Seguimiento del desarrollo
de la actividad.
-Evaluación: Estudio
evaluativo de las necesidades satisfechas.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 13º
AYUDAS UNIFORMIDAD ESCOLAR PARA FAMLIAS MELILLENSES
CON HIJOS/AS QUE CURSAN ESTUDIOS EN COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA,
ESPECIAL O ESCUELA DE EDUACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO EDUCATIVO
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:
Ayudar a las familias con hijos escolarizados en colegios de educación
infantil, primaria, especial y escuelas de educación infantil de primer cicló
educativo en la compra de los uniformes escolares que los centros requieren.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería
de Educación, Juventud y Deporte.

CENTRO GESTOR: Dirección
General de Educación.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA
AYUDA: Alumnado de educación infantil de primer y segundo ciclo,
primaria y especial.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE
PRETENDEN OBTENER: Facilitar a las familias la adquisición de los uniformes
escolares que los centros requieren para con ello garantizar la asistencia
regular en situación optima e igualitària del alumnado.
PLAZO NECESARIO PARA SU
CONSECUCIÓN: De caràcter permanente con periodicidad anual o pròpia de
cursos escolares.
COSTES PREVISIBLES POR
EJERCICIO: 270.000,00 €.
APLICACIONES
RESUPUESTARIAS/ BENEFICIARIO/CONCEPTO/IMPORTE
14.32327.48000, Alumnado
de infantil, primaria y especial.
Programa ayuda uniforme escolar 270.000,00 €.
PLAN DE ACCIÓN: Se
prevén los siguientes:
·
Concesión de subvenciones prèvia convocatòria
pública.
·
Fechas de Concesión previstas: Con anterioridad al
inicio del curso escolar.
·
Mecanismos de actuación: Bases del programa,
convocatòria, estudio de las necesidades por centro, resolucion.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
·
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con
la pertinente documentación justificativa.
·
Evaluación: Estudio evaluativo del alumnado que ha
percibido ayuda.
El centro Gestor elaborará
un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.
Asimismo, dependiente de la precitada Consejería de
Consejería de Educación, Juventud y Deporte, la Dirección General de
Instalaciones Deportivas instando la inclusión de una nueva línea de Subvención
2 : “Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Unión
Deportiva Melilla para la conservación
del Estadio Álvarez Claro”.
7.-CONSEJERIA DE HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1º
1.1- CONVENIO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y EL
COLEGIO
OFICIAL DE AGENTES DE ADUANAS Y REPRESENTANTES ADUANEROS DE MELILLA
·
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: Objetivos relacionados con
la gestión del Impuesto sobre la Producción, Servicios e Importación, (IPSI) en
su modalidad Importación consistentes, entre otros, en:
·
Agilización del tráfico de
mercancías,
·
Tramitación más racional en
la presentación de documentación previa al despacho
·
Garantía en el cobro del
IPSI Importación.
·
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Hacienda.
Dirección General de Ingresos Públicos. Servicio de importación y Gravámenes
Complementarios
·
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Agentes
y Comisionistas de Aduanas de Melilla.
·
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER: Desarrollo un Convenio de Colaboración con el Colegio
de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Melilla en virtud de la cual dicha
entidad se compromete a que los Agentes
intervinientes en las operaciones de importación, cumplimenten y presenten la
declaración tributaria del Impuesto antes de la admisión al despacho, siendo
obligación previa a la salida de los recintos aduaneros, o del Organismo
Autónomo de Correos, para las mercancías introducidas en la Ciudad por este
medio.
Con ello se pretende agilizar el tráfico de mercancías
y lograr una tramitación más racional en la presentación de documentación y la
garantía del cobro del Impuesto sobre la Producción e Importación (IPSI) en su
modalidad Importación.
·
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: Se pretende su mantenimiento de
carácter permanente con periodicidad anual.
·
COSTES PREVISIBLES, EJERCICIO 2024: 525.000,00
euros.
·
APORTACIÓN DE OTROS ENTES /FUENTES DE FINANCIACION: No se prevé.
·
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA:
o
02/93200/48900
·
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
Suscripción
de un convenio de colaboración previsto nominativamente en los Presupuestos
Generales de la Ciudad, ejercicio 2024, con los siguientes compromisos:
AGENTES
ADUANAS:
·
Cumplimentación y
presentación de la declaración tributaria del Impuesto antes de la admisión al
despacho
·
Comprobación vía telemática, antes de poner la mercancía a disposición de
los importadores, la conformidad a la declaración y documentación aportada.
·
Asunción de la obligación del pago en un plazo máximo
de un mes desde el despacho de aquellas mercancías que se introduzcan en la
Ciudad, cuyos destinatarios no tengan formalizados ante la CAM el
correspondiente aval bancario,
·
Aportación ante la CAM, en garantía del pago de las
deudas tributarias, de un aval bancario por la cantidad que se determine para
cada una de las agencias en función del volumen de importaciones que cada una
realice anualmente.

CIUDAD
AUTÓNOMA:
·
Abono de la subvención, de
la siguiente forma:
La CAM efectuará pagos a cuenta
del importe de la subvención. Dichos abonos a cuenta supondrán la realización
de pagos fraccionados que corresponderán al número de hojas declaratorias
presentadas que han dado lugar a ingresos. Las liquidaciones y pago se efectuarán
por trimestres vencidos, teniendo en cuenta el número de declaraciones que
refleje la aplicación informática de “Ipsi Importación”, donde aparecen
individualizadas por cada uno de los Agentes integrados en el Colegio Oficial
de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de Melilla, y hasta el límite
subvencionable total de 525.000,00 euros
·
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
o Justificación de la
subvención en la forma prevista en el convenio.
o
Posibilidad
de creación de una Comisión Paritaria de Evaluación y Seguimiento del Convenio.”
De conformidad con los artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOME num 236
de 2 de octubre),y 93 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma
de Melilla (BOME extra num 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes contra el presente acuerdo del
Consejo de Gobierno, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la
recepción de esta notificación o su publicación.
Alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación o su
publicación.
Si se opta por la interposición del recurso de reposición en vía
administrativa, transcurrido un mes desde su interposición sin que haya sido resuelto,
se entenderá desestimado por silencio administrativo y a partir del día
siguiente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados
de lo Contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que le comunico para su publicación y generar conocimiento.
Melilla, a 6 de marzo de 2025,
El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
Decreto nº 23 de fecha 13/02/2025, (BOME Extra nº 9
14/02/2025),
Diego Giner Gutiérrez