Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada (aula permanente de formación abierta).
En Melilla, 7 de marzo de 2017
REUNIDOS
De
una parte, el Excmo. Sr. D. Juan José Imbroda Ortiz, Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Y
de otra, la Excma. Sra. Dña. María Pilar Aranda Ramírez, en nombre y
representación de la Universidad de Granada de la que es Rectora Magnífica en
virtud del Decreto 157/2015, de 19 de Junio (B.O.J.A. no 119, de 22 de junio de
2015), actuando con las atribuciones que le confiere el artículo 20.1 de la Ley
Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el artículo 45 k) de
los Estatutos de la Universidad de Granada.
Ambas
partes se conocen mutua y recíprocamente capacidad para obligarse mediante el
presente Convenio en los términos en que él se contiene y, al efecto
EXPONEN
I.- Que con fecha 16 de marzo de
1999, se firmó un Convenio marco de colaboración entre la Ciudad Autónoma de
Melilla y la Universidad de Granada.
II.- Que la puesta en práctica y
desarrollo de dicho Convenio aconseja el desarrollo de la cláusula segunda, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El objeto del presente
Convenio es el impulso del desarrollo de los estudios universitarios para
personas mayores, facilitando de este modo la formación a lo largo de toda la
vida y la difusión del conocimiento y de la cultura a toda la sociedad a través
del 'Aula Permanente de Formación Abierta" de la Universidad de Granada,
SEGUNDA.- La Universidad de Granada se
compromete a la organización de enseñanzas a través del Aula Permanente de formación
Abierta, para lo cual pondrá a disposición de la misma los recursos de gestión,
dirección y todo lo necesario para su correcto funcionamiento.
Asimismo,
la Universidad de Granada se responsabilizará de la gestión académica y
administrativa de esos estudios.
La Universidad de Granada se obliga a
justificar las cantidades recibidas de la Ciudad Autónoma.
TERCERA.- La Ciudad Autónoma de Melilla
se compromete a aportar la cantidad de 21.500 €
para la financiación de las actividades que realice el Aula, con cargo a
la partida del área de cultura, 03340048900 correspondiente al año 2017.
CUARTA.- Se nombrará una Comisión de
Seguimiento paritaria, compuesta por dos miembros nombrados por el Presidente
de la Ciudad Autónoma de Melilla y dos por la Rectora de la Universidad de
Granada, con objeto de impulsar y coordinar las actividades derivadas del
desarrollo del presente Convenio.
QUINTA.- Todos los demás aspectos no
recogidos en el presente Convenio específico quedarán regulados por el Convenio
Marco de Colaboración.
SEXTA.- El presente Convenio entrará
en vigor a partir de la firma del mismo por las partes y tendrá una duración de
un año, renovable por un periodo similar, sin que quepa la prórroga por mutuo
consentimiento tácito.
Los
representantes de ambas Instituciones firman el presente Convenio Específico,
en dos ejemplares originales igualmente válidos y estampan en ellos sus
respectivos sellos en la fecha y lugar
mencionados "ut supra‘'.
Por
la Ciudad Autónoma de Melilla,
El
presidente,
Juan
José Imbroda Ortiz
Por
la Universidad de Granada,
La
Rectora,
María
Pilar Aranda Ramírez