ARTÍCULO 35 - BOME-A-2018-35

BOME Nº 5513 del martes, 16 de enero de 2018

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº1

Requerimiento a la Consejería de Hacienda de la C.A.M., en procedimiento ordinario 19/2017.


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N.I.G: 52001 45 3 2017 0001054

Procedimiento: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000019 / 2017

Sobre: OTROS ACTOS DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

De D.: YOSEF MOHAND EL ARBAOUI

Abogado: JUAN ANTONIO GOZALO DE APELLANIZ

Procurador Sra, Dña; CRISTINA DEL PILAR FERNANDEZ ARAGON

Contra D/ña: CONSEJERIA DE HACIENDA

Abogado : LETRADO DE LA COMUNIDAD

 

EDICTO

 

En el presente órgano judicial se ha interpuesto recurso contencioso administrativo por la representación procesal de D. YUSEF MOHAND EL ARBAOUI frente a la resolución de la CONSEJERTA DE HACIENDA, sobre DESESTIMACION DE RECLAMACION DE TERCERIA DE DOMINIO de fecha 03/10/2017, habiéndose dictado en el día de la fecha, Decreto admitiendo el recurso, del tenor literal siguiente:

 

DECRETO

 

MELILLA, a quince de diciembre de dos mil diecisiete.

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

PRIMERO.- En fecha 29/11/2017, por la representación procesal de D. YUSEF MOHAND EL ARBAOUI se presentó escrito formulando recurso contencioso-administrativo     mediante         escrito de interposición contra la resolución de fecha 3/10/2017, dictada CONSEJERIA DE HACIENDA de la CAM, desestimando  RECLAMACION ADMINISTRATIVA DE TERCERIA DE DOMINIO.

SEGUNDO.- Por resolución de fecha 03/10/2010 se requirió a la parte recurrente para que subsanara el defecto consistente en FALTA DE ACREDITACION DE LA REPRESENTACION, lo que verificó en  el plazo concedido al efecto.

TERCERO - La parte recurrente ha solicitado que, en atención al embargo que pende sobre el local objeto del expediente de tercería de dominio, y a su posible venta en pública subasta, a los oportunos efectos de publicidad frente a terceros, la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Melilla, del anuncio del presente recurso y, la medida cautelar consistente en dejar sin efecto la publicación de cualquier edicto que se haya llevado a efecto, o se pretenda hacerlo, sobre la venta en pública subasta de la finca objeto de este recurso.



FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

PRIMERO.- Dispone el apartado uno del artículo 45 de la LJCA que el recurso contencioso-administrativo se iniciará por un escrito reducido a citar la disposición, acto, inactividad o actuación constitutiva de vía de hecho que se impugne, y a solicitar que se tenga por interpuesto el recurso, salvo cuando esta Ley disponga otra cosa. El apartado dos de dicho artículo enumera los documentos que deben acompañar a este escrito.

 

Añade el apartado tres del artículo 45 que el Letrado de la Administración de Justicia examinará de oficio la validez de la comparecencia tan pronto como se haya presentado el escrito de interposición. Si estima que es válida, admitirá a trámite el recurso. Si con el escrito de interposición no se acompañan los documentos expresados en el apartado segundo, o los presentados son incompletos y, en general, siempre que el Letrado de la Administración de Justicia estime que no concurren los requisitos exigidos por esta Ley para la validez de la comparecencia, requerirá inmediatamente la subsanación de los mismos, señalando un plazo de diez días para que el recurrente pueda llevarla a efecto, y, si no Io hiciere el Juez o Tribunal se pronunciará sobre el archivo de las actuaciones 

 

SEGUNDO.- Admitido a trámite el escrito de interposición del recurso se seguirá la tramitación contemplada en los artículos 46 y siguientes de la LJCA.

 

PARTE DISPOSITIVA

 

ACUERDO

 

- ADMITIR A TRÁMITE el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por la representación procesal de D. YUSEF MOHAND EL ARBAOUI, contra la resolución de fecha 3/10/2017, dictada por la CONSEJERIA DE HACIENDA de La CAM, desestimando la RECLAMACION ADMINISTRATIVA DE TERCERIA DE DOMINIO, sin perjuicio de Io que resulte del expediente administrativo. 

 

- Tener por personado y parte al Procuradora CRISTINA DEL PILAR FERNANDEZ ARAGON, en nombre y representación del recurrente YUSEF MOHAND EL ARBAOUI, en virtud de la diligencia de cotejo del poder general presentado.

 

- Tramitar el presente recurso por las normas del procedimiento ordinario.

 

- Requerir a CONSEJERIA DE HACIENDA DE LA CAM para que ordene la remisión a este órgano judicial de aquel/aquellos expediente/s administrativos a que refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de DIEZ DÍAS, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los documentos e índices correspondientes,  interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su  adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el procedimiento administrativo común  Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido.


De conformidad con Io dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contencioso-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo III de la Ley Procesal.

 

- A la solicitud de medidas cautelares, fórmese pieza conforme a lo dispuesto en los artículos y concordantes de la LJCA.

 

- A solicitud de la publicación del presente recurso en el BOME, conforme al art . 47.1, se hará a costa del recurrente, librando el correspondiente oficio, junto con el edicto, para hacerlo entrega a la Procuradora de la actora.

 

MODO DE IMPUGNACIÓN

 

Recurso de reposición en el plazo de CINCO DÍAS a contar desde el siguiente a su notificación, mediante escrito dirigido a este Órgano Judicial, y sin perjuicio del cual se llevará a  efecto la resolución recurrida.

 

La acuerda y firma la Letrado de la Administración de Justicia  Dª MARIA OLGA DIAZ GONZALEZ.

 

Por Io que en cumplimento de resolución de fecha 15/12/2017 y de lo establecido en el artículo 47.2 de la LJCA, se concede un plazo de nueve días para la personación de quienes tengan interés legítimo en sostener la conformidad a Derecho de la disposición, acto o conducta impugnados 

 

En MELILLA, a 15 de diciembre de 2017 .

 

LA LETRADO DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA