Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 20/2017, seguido a instancias por D. Julio Bassets Rullant.
El Juzgado
Contencioso-Administrativo nº 2 de Melilla, en escrito de 16 de enero de este año, con entrada en esta
Ciudad en la misma fecha, registrada al nº 7088, comunica lo siguiente:
N.I.G. 52001 45 3 2017 0001072.-
Procedimiento: PO Procedimiento Ordinario 0000020/2017.
Sobre: Administración Local.
De D/ña: JULIO BASSETS
RULLANT
Abogado: JOSE MIGUEL PEREZ PEREZ
Contra D/ña: CONSEJERIA DE MEDIO
AMBIENTE
Abogado: LETRADO DE LA COMUNIDAD
Conforme a lo acordado en resolución de esta fecha
dictada en el recurso contenciosoadministrativo con los datos al margen,
interpuesto por JUOLIO BASSETS RULLANT contra desestimación presunta de la
solicitud formulada en fecha 17/017 de declaración de caducidad y archivo de
procedimiento incoado por orden de la CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, de fecha
31/05/16 y, en cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 48 de la L JCA, siendo
necesarios el/los expediente /s que motivaron la/ las resolución /ones impugnada /s, solicito a V.I.:
-Ordene la
remisión a este órgano judicial de aquel/ aquellos a que se refiere el acto
impugnado, en el plazo improrrogable de veinte
días, o bien copia autentificada del
mismo, debidamente foliado, y en su caos, con los documentos e índices
correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49
de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se
notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como
interesados en dicho expediente, emplazándoles
para que puedan personarse como
demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación
se practicará con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el
procedimiento administrativo común.
Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente administrativo, y todo
ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la L J, en el
supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido.-
-De
conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la L JCA, deberá, al remitir el
expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene
conocimiento de la existencia de otros recursos contencioso-administrativos en
los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el Capítulo
III de la Ley Procesal.-
-Así mimo
deberá comunicar a este órgano Judicial la autoridad o empleado responsable de
la remisión del expediente administrativo.-
Se interesa la devolución de la copia que se adjunta debidamente
sellada y fechada por la oficina de recepción”.-
Lo que se publica a efecto del Emplazamiento Previsto
en el artículo 48 L JCA.-
Melilla 29 de enero de 2018,
El Secretario Técnico de Coordinación y
Medio Ambiente,
Juan Palomo Picón