ARTÍCULO Nº 180
(CVE: BOME-A-2018-180)
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BOME Nº 5526 - viernes, 2 de marzo de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - Consejería de Educación, Juventud y Deportes
Extracto de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva para entidades deportivas implantadas en Melilla para la organización de eventos deportivos, para el ejercicio 2018.

TituloES: Extracto de la Orden de 26 de febrero de 2018 de
la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la CAM, por la que se
convoca subvenciones institucionales por
procedimiento deconcurrencia competitiva para entidades deportivas implantadas
en melilla para la organización de eventos deportivos en la ciudad de melilla para
el ejercicio 2018
TextoES: BDNS(Identif.):387685
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y
28.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se
publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en
la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http.//www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.Requisitos y forma de acreditarlos:
Las solicitudes para el presente procedimiento de concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se presentarán en la
Oficina de Información y Atención al Ciudadano, así como en cualesquiera de los
registros admitidos en la normativa vigente, dirigidas al Excmo. Sr.. Consejero
de Educación, Juventud y Deportes, debiendo reunir los requisitos y
documentación previstos en las Bases Reguladoras de las subvenciones
institucionales para entidades deportivas implantadas en Melilla para la
organización de eventos deportivos en la Ciudad de Melilla, así como aquella
otra documentación, que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.1.i) de
las citadas bases, de manera específica se solicite a través de la
convocatoria.
Segundo. Objeto, condiciones y finalidad de la concesión:
- Conforme establece el artículo 8del RGSCAM, las
actividades que podrán ser subvencionados, son aquellas que se entienden
englobadas en las áreas “d)Deporte: son subvencionables los gastos derivados de
la organización de actos y actividades deportivas o relacionadas con la
promoción del deporte”.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 1
de las Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales para Federaciones
Deportivas Melillenses, “El objeto de estas subvenciones es la organización y
realización de eventos deportivos en la Ciudad de Melilla, por parte de
aquellas entidades que se encuentren inscritas en el Registro General de
Asociaciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Melilla, siempre que cumplan
con los requisitos establecidos en las presentes bases”.
Tercero. Bases reguladoras:

de 4 de mayo de 2017, en el Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, en adelante RGSCAM, en la
precitada LGS, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común, en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Las entidades solicitantes de subvención a través de la
presente convocatoria tendrán la obligación de cumplir con lo preceptuado en
los anteriormente citados textos legislativos, con lo establecido en la Ley
19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, que les sea afecto, así como con cualquier legislación que le
fuere de aplicación.
Las Bases Reguladoras y sus anexos se encuentran publicadas
en la Página Web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla para facilitar el
acceso de los posibles solicitantes a su contenido.
Cuarto. Créditos presupuestarios:
Para hacer frente a los gastos dimanantes de la presente
convocatoria se destinará la cantidad máxima de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS
(250.000,00 €), con cargo a la Partida Presupuestaria 2018 14 34100 48900
“Subvenciones al Deporte”, según informe de Retención de Crédito número
2018000005213, de fecha 29 de enero de 2018.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 1.5 de las Bases
Reguladoras, la cantidad destinada para la presente convocatoria de
subvenciones, se distribuirá en los siguientes porcentajes para cada una de las
categorías de eventos subvencionables a través de la misma:
Campeonatos de España/Europa/Mundo oficiales: 50%
Eventos Ciudad de Melilla: 45%
Eventos Base: 5%
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado segundo del
artículo décimo de las correspondientes Bases: “Como regla general, si el
importe concedido resultante de la valoración de las solicitudes fuese inferior
al montante consignado en la correspondiente convocatoria, dicho sobrante
revertirá en la aplicación presupuestaria correspondiente de los Presupuestos
General de la Ciudad Autónoma de Melilla para la financiación de actuaciones
del área de deportes.”
La forma de pago será un pago único anticipado con carácter
previo a la justificación a cada entidad beneficiaria, como financiación
necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención
Quinto. Solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de QUINCE
(15) DÍAS NATURALES, a contar desde el siguiente al de la publicación de la
presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, de acuerdo
con el artículo 6.6 de las bases reguladoras. Las solicitudes estarán
compuestas de la siguiente documentación:
a) Solicitud de la subvención y descripción del proyecto a
desarrollar por el que se solicita subvención, que se formulará
obligatoriamente en el modelo oficial - Anexo I .
b) Fotocopia del CIF de la entidad solicitante.

c) Fotocopia del DNI del representante.
d) Acuerdo de los órganos representativos de la entidad
solicitante, o escrito del representante o de la persona física, que justifique
la necesidad de la subvención.
e) Declaración de las subvenciones solicitadas o percibidas
de otras instituciones públicas o privadas para esa misma actividad (en el caso
de no percibir ninguna otra subvención, deberá presentarse declaración
manifestando que no ha percibido ninguna subvención).
f) Certificado emitido por una entidad bancaria con los
datos de la cuenta corriente de la entidad deportiva solicitante.
g) Acreditación de hallarse al corriente en el cumplimiento
de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
h) Autorización a la Ciudad Autónoma de Melilla a la
consulta de los datos tributarios de la AEAT y de la administración tributaria
de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de justificación de las subvenciones
concedidas por esta Administración.
i) Certificado de la entidad solicitante firmado por el
Secretario y con el VºBº del Presidente en la que se establezca que está en
posesión de los documentos que acreditan que la entidad no se encuentra incursa
en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del
artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su
compromiso de mantener tal condición durante la vigencia del periodo de la
presente convocatoria.
j) Certificado emitido por la federación deportiva
correspondiente, firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente, en la
que se certifique que la entidad solicitante ha llevado a cabo actividad
alguna en los dos años anteriores al de la convocatoria.
La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la
realidad, tanto en la solicitud como en los Anexos o en la documentación
aportada, supondrá la denegación de la subvención solicitada, sin perjuicio de
las responsabilidades administrativas y penales que pudieran derivarse, estando
tipificada la obtención de subvenciones falseando las condiciones requeridas
para su concesión como falta muy grave, de acuerdo con el apartado a) del
artículo 58 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
correspondiénles las sanciones establecidas en el artículo 63 de la mencionada
ley.
Lugar de la Firma: Melilla
Fecha de la Firma: 2018-02-26