ARTÍCULO 223 - BOME-A-2018-223

BOME Nº 5528 del viernes, 9 de marzo de 2018

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE FOMENTO - Dirección General de Obras Públicas

Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento ordinario nº 23/2017, seguido a instancias por D. Valentín Villaroel Solano y D. Julio Bassets Rutllant.


JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 DE MELILLA

PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000023/2017

ORDEN DEL EXCMO. SR. CONSEJERO DE FOMENTO NÚM. 1727, DE FECHA 11/10/2017, POR LA QUE SE CONCEDE LICENCIA DE OBRA MENOR

INTERESADOS: VALENTIN VILLAROEL SOLANO y JULIO BASSETS RUTLLANT

 

En el expediente referenciado, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo, dando lugar al Procedimiento Ordinario Nº 0000023/2017 en el desarrollo del cual ha recaído Resolución del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 3 de Melilla, de fecha 15 de febrero de 2018, cuyo contenido es el siguiente:

 

Conforme a lo acordado en resolución de esta fecha dictada en el recurso contenciosoadministrativo con los datos al margen, interpuesto por JULIO BASSETS RUTLLANT. contra resolución de esa Administración de fecha 11 de octubre de 2017 dictada en el expediente sobre CONCESIÓN DE LICENCIA DE OBRAS, y en cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 48 de la LJCA, siendo necesarios el/los expediente/s que motivaron la/las resolución/ones impugnada/s, solicito a V.I.:

-          Ordene la remisión a este órgano judicial de aquel/aquellos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de veinte días, o bien copia autentificada del mismo, debidamente foliado, y en su caso, con los documentos o índices correspondientes, interesándole, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común. Hechas las notificaciones se incorporarán al expediente administrativo, y todo ello con el apercibimiento expreso contenido en el art. 48.7 de la LJ, en el supuesto de que transcurra el plazo concedido sin que haya sido remitido.

-          De conformidad con lo dispuesto en el Art. 38 de la LJCA, deberá, al remitir el expediente administrativo, comunicar a este órgano judicial si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contenciosos-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el capítulo III de la Ley Procesal.

-          Así mismo deberá comunicar a este órgano Judicial, la autoridad o empleado responsable de la remisión del expediente administrativo.

 

Se interesa la devolución de la copia que se adjunta, debidamente sellada y fechada por la oficina de recepción.

 

Melilla 5 de marzo de 2018,

La Secretaria Técnica de Fomento,

           Inmaculada Merchán Mesa