Resolución de concesión de ayuda económica regulada en el programa de recualificación profesional, a D. Abdelkader Haddu, Mohamed y otros.
RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA
AYUDA ECONÓMICA REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL
Por Real Decreto-ley 1.4/2017, de 6 de octubre, se aprueba la
reactivación extraordinaria y por tiempo limitado del programa de
recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.
Vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los
trámites del procedimiento y verificado el cumplimiento de los requisitos
legalmente establecidos, esta Dirección Provincial del Servicio Público de
Empleo Estatal por delegación del Director General de este Organismo de conformidad
con lo establecido en el artículo uno del citado Real Decreto Ley.
Asimismo, vista la propuesta de concesión y con la fiscalización
favorable de la Intervención Delegada competente.
ACUERDA conceder a los solicitantes que se relacionan en el ANEXO I de
la presente resolución, las ayudas que en el mismo se especifican, con
expresión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total de las
ayudas a 12.746,76 euros.
Las actividades a desarrollar por los beneficiarios serán las que
establezcan los respectivos Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades
Autónomas dentro de los itinerarios personalizados de inserción diseñados al
respecto.
La cuantía máxima a percibir por los beneficiarios de estas ayudas será
la establecida en el artículo 1.5.c) de la citada norma.
El pago de la ayuda reconocida a cada beneficiario queda condicionado al
cumplimiento de los requisitos establecidos en el 1 del Real Decreto-ley
14/2017, de 6 de octubre, por el que se aprueba la reactivación extraordinaria
y por tiempo limitado del programa de recualificación profesional de las personas
que agoten su protección por desempleo, percibiéndose la misma por cada
beneficiario por un periodo máximo de seis meses desde que se hubiera
presentado la solicitud.
Todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 19PR52 241-A 482.26
del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, en la que
existe crédito adecuado y suficiente retenido por el mismo importe antes
mencionado.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa,
los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo
y Seguridad Social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 121 al
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento· Administrativo Común
de la Administraciones Publicas.
La Directora
Provincial,
Esther Azancot
Cánovas
ANEXO I de la resolución
de concesión Correspondiente al mes de ENERO 2018 |
||||
Beneficiario |
Importe |
Real Decreto |
Iprem |
|
45296606S |
ABDELKADER
HADDU, MOHAMED |
2.742,96 |
14/2017 |
85 |
X4301071W |
EL FOUNTI, ABDELKARIM |
2.742,96 |
14/2017 |
85 |
45293404X |
HOYO ROLDÁN, CONCEPCIÓN |
2.420,28 |
14/2017 |
75 |
45300074X |
MARTÍN MOHAMED, MARÍA ISABEL |
2.420,28 |
14/2017 |
75 |
45300515Z |
MOH CHAIB, SALIM |
2.420,28 |
14/2017 |
75 |
|
TOTAL
BENEFICIARIOS: 5 |
TOTAL: 12.746,76 |