Acuerdo del consejo de gobierno en sesión ejecutiva ordinaria de fecha 2 de marzo de 2018, relativo a la aprobación del "plan anual normativo de la Ciudad Autónoma de Melilla del año 2018".
El Consejo de Gobierno, en
sesión ejecutiva ordinaria celebrada el 02 de marzo de 2018, ha procedido a la
aprobación de la propuesta de la Consejería de Economía, Empleo y AA.PP,
adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2018000122:
“
La Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (en adelante, LPAC), regula en su Título VI la Iniciativa legislativa
y la Potestad Normativa de las Administraciones Públicas, introduciendo una
serie de novedades respecto a la regulación anterior, que tienen como objetivo
principal asegurar su ejercicio de acuerdo a los principios de buena regulación incrementando la participación de los ciudadanos
en el procedimiento de elaboración de normas mejorando su planificación
normativa.
Para ello, todas las
Administraciones deben divulgar un Plan Anual Normativo en el que se recogerán
todas las propuestas con rango de Ley o de Reglamento que vayan a ser elevadas
para su aprobación el año siguiente, disponiendo el artículo 132.1 de la LPAC
que: “1. Anualmente, las
Administraciones Públicas harán público un Plan Normativo que contendrá las iniciativas
legales o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año
siguiente. 2. Una vez aprobado, el Plan Anual Normativo se publicará en el
Portal de la Transparencia de la Administración Pública correspondiente.”
De esta manera, con la entrada
en vigor de la LPAC el 2 de Octubre de 2016, la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla debe hacer pública la planificación normativa que tiene
previsto tramitar durante el próximo año 2018, por lo que la Consejería de
Economía, Empleo y Administraciones Públicas, a través de la Dirección General de Desarrollo Jurídico
Administrativo, ha recabado la previsión de cada una de las Consejerías de la
Administración de la Ciudad en esta materia.
Igualmente, entre las
novedades introducidas por la nueva Ley de Procedimiento destaca la necesidad
de recabar a tenor de su artículo 133, con carácter previo a la elaboración de
la norma, la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más
representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma, sobre
los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y
oportunidad de su aprobación, sus objetivos y las posibles soluciones
alternativas regulatorias y no regulatorias. La consulta pública se sustanciará
a través del portal web correspondiente, siendo un trámite exigible para todas
las Administraciones Públicas en el procedimiento de elaboración de normas con
rango de Ley y Reglamentos.
externa. Se intitularán
Ordenanzas las de carácter Sobre
la base lo anterior, las normas que se aprueben en todo caso se adaptarán, en
cuanto a su denominación, a lo dispuesto en el Reglamento asambleario y así se
refleja en el presente Plan Normativo.
En virtud de lo anterior, VENGO A PROPONER al Consejo de Gobierno como
órgano competente a tenor de los artículos 16 y 17 de la Ley Orgánica 2/1995,
de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Melilla:
PRIMERO: La aprobación del “Plan Anual Normativo de
la Ciudad Autónoma de Melilla del año 2018”, de conformidad con el artículo
132.1 de la LPAC, con el siguiente contenido:
- CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y
SALUD PÚBLICA
1.- Modificaciones
-
Reglamento
regulador de la planificación farmacéutica y de los procedimientos de
autorización relativos a oficinas de farmacia en la Ciudad Autónoma de Melilla
-
Reglamento
regulador de la sanidad animal de la Ciudad Autónoma de Melilla
-
Reglamento
de mercados de la Ciudad Autónoma de Melilla
-
Estatutos
del Instituto de las Culturas (O.A)
2.- Nueva normativa
Reglamento de Participación
Ciudadana
Reglamento de la Consejería de
Presidencia y Salud pública
-CONSEJERÍA DE FOMENTO
1.- Modificaciones
-
Ordenanza
Fiscal reguladora de la tasa por licencia urbanística.
- Reglamento de Accesibilidad y Eliminación de
barreras arquitectónicas en la Ciudad de Melilla.
- Reglamento sobre Conservación,
Rehabilitación y Estado Ruinoso de las edificaciones.
- Reglamento de Bonificaciones y Precios de
venta o renta de las Viviendas de Promoción Pública.
- Reglamento de Adjudicación de Viviendas de
Promoción Pública.
- Reglamento sobre Actuaciones Protegibles en
materia de Vivienda.
- Reglamento del Registro Público de
demandantes de Viviendas Protegidas de la Ciudad Autónoma de Melilla.
-
Reglamento
sobre Cerramiento de Solares y Terrenos Urbanos sin edificar.
2.- Nueva normativa
-
Normativa
Urbanística de la Ciudad Autónoma de Melilla.
- Reglamento sobre el Registro de Solares y
Edificación Forzosa.
- Reglamento sobre tramitación de las Cédulas
de Habitabilidad.
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
1.- Modificaciones
-
Reglamento
de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla.(en tramitación)
2.- Nueva normativa
-
Reglamento
de Función Pública.
CONSEJERÍA DE HACIENDA
-
Modificación
de la Ordenanza Fiscal del IPSI. Modalidad importación y gravámenes complementarios
aplicables sobre las labores del tabaco y ciertos carburantes y combustibles.
- -Modificación del Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla
-
-Modificación
de la catalogación de las tasas de uso de las instalaciones deportivas a precio
público y aprobación de la Ordenanza fiscal reguladora de precios públicos por
utilización y realización de programas de actividades deportivas.
CONSEJERÍA DE COORDINACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
-
Reglamento
de Terrazas
- Reglamento de Establecimientos
- Reglamento de Ruidos
- Reglamento de Residuos de Construcción y
Demolición.
- Reglamento de Humos y Olores.
- Reglamento de ubicación de aparatos de aire
acondicionado.
- Reglamento de Agua.
- Reglamento de Recintos Feriales
- Reglamento Regulador del Plan de Playa
-
Modificación
Reglamento Aves Fringílidas
SEGUNDO: Publicar el presente Plan en el Portal de
Transparencia de la Ciudad, conforme a lo señalado en el artículo 132.2 de la
LPAC, que dispone que “Una vez aprobado, el Plan Anual
Normativo se publicará en el Portal de la Transparencia de la Administración
Pública correspondiente.”
TERCERO: Sustanciar una consulta a través del portal
web de la Ciudad Autónoma de Melilla a fin de recabar la opinión de los sujetos
y de las organizaciones representativas potencialmente afectados por las
futuras normas, acerca de los problemas que se pretender solucionar con la
iniciativa; la necesidad y oportunidad de su aprobación; los objetivos de la
norma, y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias, sin
perjuicio de publicar el texto de cada Reglamento u Ordenanza, cuando se
encuentre redactado, en el portal web con el objeto de dar audiencia a los
ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse
y de recabar igualmente de manera directa la opinión de las organizaciones o
asociaciones reconocidas por ley que representen a las personas cuyos derechos
o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden
relación directa con su objeto.
CUARTO.- Se faculta al titular de la Consejería de
Economía, Empleo y Administraciones Públicas para dictar las instrucciones
precisas para el desarrollo y ejecución del presente Plan Anual normativo de la
Ciudad, así, como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación
y aplicación.
QUINTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde
el día de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín Oficial
de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
“
Lo que le traslado para su
publicación en el boletín oficial de la Ciudad.
Melilla 12 de
Marzo de 2018,
El Secretario,
José Antonio
Jiménez Villoslada