Extracto de la orden 1183 de fecha 27 de marzo de 2018 relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a pymes dentro del régimen de ayudas a la inversión con creación de empleo en las pequeñas y medianas empresas. año 2018.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley
38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de
la convocatoria cuyo texto completo puede consultar en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (http:://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Las pequeñas y medianas empresas (PYMES), de acuerdo con lo establecido
en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de
2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con
el mercado común en aplicación de los artículo 107 y 108 del Tratado; publicado
en DOUE L187 de 26 de junio de 2014, o posterior que la sustituya, cualquiera
que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en la Ciudad
Autónoma de Melilla. Se entenderá igualmente como PYME, las que, cumpliendo con
lo anterior, tengan personalidad jurídica propia, incluso aquellas que, no
teniéndola, como es el caso de las Comunidades de Bienes, agrupaciones, etc.,
cumplan con lo dispuesto en el artículo 11 de la ley General de Subvenciones,
Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
Quedando excluidas las señaladas en los apartados 2 y 3 del punto
cuarto de la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones
Públicas nº 2018001183 de fecha 27 de marzo de 2018.
Segundo. Objeto.
Esta convocatoria tiene por objeto fomentar la actividad empresarial,
mediante subvenciones financieras a los proyectos de inversión que generen
empleo y que pretendan poner en marcha en la ciudad de Melilla, tanto de
creación de nueva empresa, la ampliación y/o diversificación de actividad,
dentro del Eje Prioritario 3/OT “Mejorar la competitividad de las Pyme”, PI
3.A-OE 3.1.2 “Ayudas financieras a la creación de empresas” y PI 3.C - OE 3.3.1
“Ayudas financieras a la ampliación de empresas”.
Son proyectos subvencionables:
a) Subvenciones
de capital para financiar parcialmente el proyecto subvencionado de inversión y
empleo.
b) Subsidiación
parcial de los intereses de préstamos a largo plazo que obtengan los promotores
para la financiación de sus proyectos.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en el Decreto
número 70 de fecha 24 de septiembre de 2015, relativo a la aprobación
definitiva de las bases reguladoras del régimen de ayudas a la inversión con
creación de empleo en las pequeñas y medianas empresas. Se puede consultar en
la página web: http://www.melilla.es/mandar.php/n/9/3512/5273.pdf
Cuarto. Cuantía.
Estas ayudas se financiarán con cargo a los créditos del Programa
Operativo FEDER 2014-2020 de Melilla, de acuerdo con el siguiente encuadre:
Eje Prioritario 3 / OT3 “Mejorar la competitividad de las Pyme”, PI 3.A
- OE 3.1.2 “Ayudas financieras a la creación de empresas”, cuando se trate de
proyectos de nueva creación,
Eje Prioritario 3 / OT3 “Mejorar la competitividad de las Pyme”, PI 3.C
- OE 3.3.1 “Ayudas financieras a la ampliación de empresas”, cuando se trate de
proyectos de ampliación o modernización.
La cuantía máxima estimada destinada a financiar esta convocatoria es
de 622.600,00 euros correspondiente al presupuesto general consolidado de la
Ciudad de Melilla, sus organismos autónomos y sus sociedades mercantiles para
el año 2018. Aplicación presupuestaria 03/43300/74000. Retención de crédito
número 12018000007475
El crédito disponible queda fraccionado para cada uno de los periodos
de resolución previstos en la convocatoria de la siguiente forma:
1er.
Periodo: 400.000,00 €
2º
Periodo: 222.600,00 €
Los remanentes presupuestarios de cada periodo de resolución quedarán
incorporados a los periodos sucesivos previstos en la convocatoria
Las solicitudes presentadas se resolverán periódicamente conforme al
procedimiento de concurrencia competitiva previsto en el artículo 15 de las
bases reguladoras y considerando el límite presupuestario previsto.
La cuantía máxima total por proyecto se establece para el periodo 2018
del 35% para medianas empresas y del 45% para pequeñas y microempresas.
La cuantificación de la subvención total vendrá determinada por la
aplicación de la fórmula polinómica indicada en el Anexo I de la Convocatoria,
aplicando las cantidades y los límites establecidos en la misma.
Para los contratos realizados con mujeres se incrementará los
coeficientes establecidos en la variable X4 de la fórmula del Anexo I de la
Convocatoria en un 10%.
Quinto. Plazo de presentación de
solicitudes.
Para la presente convocatoria se establece los siguientes plazos de
presentación de solicitudes:
Primer plazo a partir del día siguiente a la publicación del extracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla hasta
el 30/05/2018.
Segundo plazo, desde el 1/06/2018 hasta el 14/09/2018 a las 13:30 horas
Sexto. Forma de las solicitudes.
Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en
las oficinas de Proyecto Melilla S.A.U, así como en su página web
www.promesa.net. que reflejará, en todo caso, el contenido mínimo a que se
refiere el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La solicitud deberá acompañarse los documentos señalados en el apartado
5 del punto Octavo de la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y
Administraciones Públicas nº 2018001183 de fecha 27 de marzo de 2018.
Melilla 27 de
Marzo de 2018,
El Consejero de
Economía, Empleo y Administraciones Públicas,
Daniel Conesa
Mínguez