ARTÍCULO 303 - BOME-A-2018-303

BOME Nº 5536 del viernes, 6 de abril de 2018

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE FOMENTO - Dirección General de la Vivienda y Urbanismo

Acuerdo el Consejo de Gobierno de fecha 23 de marzo de 2018, relativo a la aprobación definitiva del expediente de transformación de usos de una parcela, sita en calle Valladolid, 17 esquina calle Legión, 8.


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El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el día 23 de marzo de 2018, una vez terminados los asuntos contenidos en el Orden del Día y previa su declaración de urgencia adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

Segundo.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar propuesta de la Consejería de Fomento, que dice literalmente lo siguiente:

 

ASUNTO: APROBACIÓN DEFINITIVA DE EXPEDIENTE DE TRANSFORMACION DE USOS DE UNA PARCELA, SITA EN CALLE VALLADOLID,17 ESQUINA CALLE LEGIÓN, 8.

 

REF. CATASTRAL: 5539805WE0053N0001MP

 

PROMOTORES: D. ROBERTO ARROYO CONDE, D. ROBERTO ARROYO MUÑOZ Y Dª INMACULADA ARROYO CONDE

 

Visto expediente tramitado VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO la adopción del siguiente acuerdo:

 

1º.- La aprobación definitiva de expediente de TRANSFORMACION DE USOS DE UNA PARCELA, SITA EN CALLE VALLADOLID,17 ESQUINA CALLE LEGIÓN, 8  ( manzana con REF. CATASTRAL: 5539805WE0053N0001MP),  con calificación tipológica de Residencial Mixta T5  a  Edificio o Instalación de Equipamiento Secundario aislado T11.

 

2º.- La parcela afectada tiene la siguiente ordenación:

 

5539805WE0053N0001MP

T5 a T11

Actual

Propuesta

Clasificación del suelo

Urbano

Urbano

Área de Reparto

14

14

Barrio

16: Real

16: Real

Calificación tipo

Residencial Plurifamiliar o unifamiliar (T5)

Equipamiento Secundario con alineación a fachada.

(T11)

Nº Máximo de plantas:

4

4

Altura máxima total en m.:

14,50 m.

14,50 m.

Edificación s/ altura

Castilletes N-408

Castilletes N-408

Sótanos y Semisótanos


Parcela Mínima

50 m2

50 m2

Ocupabilidad máxima

100 % todas las plantas

100 % todas las plantas

Edificabilidad máxima

4,60 m2/m2

4,00 m2/m2

Aparcamiento

(*)

(*)

(*) Obligatorio excepto en parcelas menores o iguales a 300 m2 cuando la planta baja se destine a locales comerciales en los bulevares de más de 20 mts. entre alineaciones, incluso calle Mar Chica.

 

3º.- La publicación del presente acuerdo en el  B.O.C. de conformidad con lo dispuesto en el art. 70.2 de la LBRL.

 

Tipo documento

Nombre

CSV (identificador)

Memoria

Memoria

11350416466366433136

Ficha

Referencia catastral

11350416372416520352

 

4º.- Al ser el valor de suelo para uso residencial el mismo que para uso comercial, no se generarán plusvalías

 

5º.- Contra este Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla que agota la vía administrativa procede interponer recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de la Jurisdicción de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el B.O.C., de conformidad con los artículos 8.2, 10.1 a), 46 y concordantes de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Igualmente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento de Organización administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (B-O-EM, núm. 12 extraordinario de 29 de mayo de 1.996) en concordancia con el artículo 117.1 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, según la nueva redacción dada por la Ley 4/1.999, (B.O.E. núm. 12 de 14 de enero) los interesados podrán interponer en el plazo de un mes desde la publicación en el B.O.C., recurso de reposición con carácter potestativo previo al contencioso-a0dministrativo ante el Consejo de Gobierno de la Ciudad. Éste se entenderá desestimado si transcurriere el plazo de un mes desde su presentación. Si se opta por este recurso no se podrá acudir a la vía jurisdiccional hasta que sea resuelto expresamente o se desestime por silencio. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que éste debe entenderse presuntamente desestimado.

       

No obstante, los interesados podrán utilizar cualquier otro recurso, si así lo estiman oportuno, bajo su responsabilidad. Ruego acuse recibo del presente escrito.

 

Lo que se hace público para conocimiento general.

 

Melilla 2 de Abril de 2018,

El Secretario,

José Antonio Jiménez Villoslada