ARTÍCULO Nº 348
(CVE: BOME-A-2018-348)
DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5540 - viernes, 20 de abril de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - UNIVERSIDAD DE GRANADA - Servicio de Personal Docente e Investigador
Resolución de fecha 11 de abril de 2018, relativa a convocatoria de concurso público para la adjudicación de contratos de profesores asociados, para el curso 2018/2019, en el Campus de Melilla.

RESOLUCIÓN DE 11 DE ABRIL DE 2018 DE LA
UNIVERSIDAD DE GRANADA POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO PÚBLICO PARA LA
ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS DE PROFESORES ASOCIADOS PARA EL CURSO 2018/19 EN EL
CAMPUS DE MELILLA.
Conforme
a las normas contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Decreto
Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley Andaluza de Universidades, Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados
por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de
Andalucía y Real Decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado
Universitario y posteriores modificaciones del mismo, el Primer Convenio
Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las
Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de
2008, se convoca CONCURSO PÚBLICO para
la adjudicación de contratos de
Profesores Asociados al objeto de poder atender
necesidades docentes inaplazables en los ámbitos de conocimiento que se
indican en el anexo correspondiente de esta convocatoria.
1. PLAZAS
Las
relacionadas como anexo adjunto.
2. CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS
2.1 Tipo de contrato: Laboral. Los
Profesores Asociados serán contratados, con carácter temporal y con dedicación
a tiempo parcial de entre especialistas de reconocida competencia que acrediten
ejercer su actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, con
antigüedad de, al menos, tres años.
2.2 Duración: Los contratos tendrán una
duración de un curso académico, prorrogable sólo en el caso de que se mantengan
las necesidades docentes que determinaron la dotación de la plaza.
2.3 Edad: Haber cumplido 16 años y no
superar la edad reglamentaria de jubilación.
2.4 Régimen de dedicación: Tiempo parcial
de 2, 3, 4, 5 o 6 horas de docencia semanales y su equivalente respectivo en
tutorías, según se determina en el anexo 1.
2.5 Horario: En jornada de mañana y/o tarde
(a determinar por el Departamento).
2.6 Titulación: Licenciado, Graduado
Universitario, Arquitecto o Ingeniero; o Diplomado Universitario, Arquitecto
Técnico o Ingeniero Técnico.
2.7 Funciones: Las funciones docentes y de
tutorías propias del Área a la que pertenece la plaza convocada, siendo
concretadas por el Departamento correspondiente.

Deberán
mantener el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su periodo de
contratación.
2.9 Retribuciones: Serán las establecidas para esta figura contractual en el Convenio
Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades
Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA nº 92 de 9 de mayo de 2008.
No
podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados/as, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o se encuentren inhabilitados/as para el ejercicio de las funciones
públicas o padezcan enfermedad física o psíquica que sea incompatible con el
desempeño de las correspondientes funciones.
Los/as
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un
conocimiento adecuado del castellano para el desempeño de la labor docente e
investigadora asignada en cada caso.
2. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
3.1
Los/as interesados/as en tomar parte en el concurso formalizarán su solicitud a
través del modelo que será facilitado gratuitamente en la página web de la
Universidad de Granada (serviciopdi.ugr.es).
La
presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de esta
Universidad (Edificio Hospital Real, C/ Cuesta del Hospicio, s/n), registros
auxiliares del mismo, o por cualesquiera
de los procedimientos establecidos en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Las
solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en
sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el Servicio de Correos antes de
ser certificadas
En la
solicitud, se explicará, de forma clara y concisa, en el apartado
correspondiente, la relación existente entre su actividad profesional fuera del
ámbito académico universitario y la actividad docente relacionada con la plaza
convocada.
3.2 El
plazo de presentación de solicitudes será de siete días hábiles a contar desde
el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Melilla.
a)
Fotocopia de la
titulación principal requerida o, en su defecto, fotocopia del justificante de haber abonado los
derechos para la expedición de la misma. En el caso de titulaciones extranjeras
deberá acreditarse la correspondiente homologación o reconocimiento por el
órgano competente.
b)
Fotocopia del DNI o pasaporte.
c)
Justificante de haber abonado en Bankia
en la cuenta abierta a nombre de “Universidad de Granada. Pruebas selectivas”
c.c.c. ES05 20383505366400012738 la cantidad de 30 euros en concepto de
derechos. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del
trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Estarán exentas del pago de los precios
públicos:
·
Las personas con
discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud
certificado de tal condición.

·
Las personas que
figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes
anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán
requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,
salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual
al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de
demandante de empleo citada en el párrafo anterior se solicitará en las
correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en ella todos y cada uno
de los requisitos citados en dicho párrafo.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se
realizará con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para lo
que se podrá utilizar el modelo que se acompaña como Anexo II a esta
convocatoria.
Ambos documentos, certificación y declaración,
deberán acompañar a la solicitud.
·
Las víctimas del
terrorismo, sus cónyuges e hijos.
·
Las familias numerosas, que tendrán derecho a
una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la
categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la
categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el
correspondiente título actualizado
d)
Acreditación suficiente del ejercicio de la actividad profesional necesaria
para ser aspirante al contrato como Profesor Asociado para lo que se requiere
la presentación de la siguiente documentación:
1)
Trabajador por cuenta ajena: Fotocopia del contrato de
trabajo e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la
Seguridad Social. En el caso de los Funcionarios de Carrera deberán aportar
certificado acreditativo de dicha condición, expedido por el Servicio de
Personal del Organismo correspondiente.
2)
Trabajador por cuenta propia: Informe de vida laboral
expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. En el supuesto de que
para la actividad profesional que se ejerce no resulte obligatoria el alta en
ninguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, se deberá
presentar certificación del colegio profesional correspondiente que acredite el
ejercicio de la actividad profesional y, en defecto del mismo, mediante certificación de la Delegación de
Hacienda de estar dado de alta en dicha actividad profesional.
En
cualquier caso, los documentos presentados deberán dejar constancia del
ejercicio de una actividad remunerada laboral, profesional o en la
Administración Pública, fuera del ámbito académico universitario, con una
antigüedad de al menos 3 años. La citada actividad deberá estar relacionada con
el perfil de la plaza solicitada.
La no
aportación de lo establecido en este apartado en el plazo de presentación de
solicitudes o en el de subsanación a que se refiere la base 4.2, determinará la
exclusión automática del solicitante en este procedimiento.
3.4
Los/as aspirantes deberán aportar obligatoriamente los documentos acreditativos
de los méritos alegados EN SOPORTE CD/DVD. El CD/DVD debe estar debidamente
identificado con el nombre del concursante y el código de la plaza. Cada mérito
debe acreditarse en un único archivo PDF que contendrá uno o varios documentos.
Los archivos deben estar debidamente ordenados y numerados de manera
correlativa, en el mismo orden en que aparezcan en la solicitud. Concretamente,
los/as aspirantes deberán aportar en soporte CD/DVD la siguiente documentación:

a)
Certificación académica, o fotocopia de la misma, en
la que consten las calificaciones obtenidas en su carrera universitaria
principal.
b)
Justificación documental de cada uno de los méritos
alegados en el curriculum, que deberán ser aportadas íntegramente para su
examen por la Comisión de Evaluación.
c)
Declaración responsable firmada por el/la aspirante en
la que se indique que las fotocopias de los justificantes documentales de los
méritos alegados son fiel reflejo de los originales. El modelo se encuentra
disponible para ser descargado de la página web del Servicio de Personal Docente
e Investigador (http://serviciopdi.ugr.es).
Todos
los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse
necesariamente de la correspondiente traducción oficial si así es requerido por la Comisión de
Evaluación.
Finalizado
el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna solicitud de
modificación salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y
discrecionalmente apreciada por la Comisión de Evaluación.
Todos
los requisitos, méritos y circunstancias alegados por los concursantes deberán
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3.5 La
Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en la
solicitud no estén debidamente justificados.
3.6
Serán motivos de exclusión, entre otros, la falta de
firma por parte del/la interesado/a, no acreditar de forma suficiente la
posesión de los requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas y
presentar la solicitud fuera del plazo establecido.
Así
mismo, será causa de exclusión el estar el/la interesado/a ocupando una plaza
de igual categoría, área de conocimiento, dedicación, perfil y campus.
4. LISTA DE ADMITIDOS
4.1
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el
Rectorado de la Universidad de Granada dictará Resolución por la que se apruebe
la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación de las
causas de exclusión.
La
citada resolución será publicada en el tablón de anuncios del Servicio de
Personal Docente e Investigador, sirviendo de notificación a los interesados. A
partir de dicha fecha de publicación se contarán los plazos. Asimismo se
publicará en la página web de la Universidad de Granada
(http://serviciopdi.ugr.es).
4.2
Contra la anterior Resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de
10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para
poder subsanar los defectos en que hayan podido incurrir. Dicha subsanación se
realizará presentando escrito en cualquiera de los registros oficiales,
acompañando al mismo la documentación correspondiente, EN SOPORTE PAPEL.
Cuando
algún/a interesado/a, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no
acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados, dispondrá de ese
mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista provisional de
admitidos/as y excluidos/as) para la presentación de dichos documentos
acreditativos en los registros oficiales. Esta documentación se presentará obligatoriamente
EN SOPORTE CD/DVD (archivos PDF) debidamente identificado con el nombre del
concursante y el código de la plaza.

formular
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la citada Resolución o
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo
órgano que la dicte.
5. RESOLUCIÓN DEL CONCURSO
5.1
Las Comisiones encargadas de resolver estos concursos estarán
constituidas, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 126 de los Estatutos de la Universidad de Granada, por los
siguientes miembros:
·
El Vicerrector competente en materia de profesorado, o
persona en quien delegue, que la presidirá.
·
El Decano o Director del Centro donde principalmente
vaya a impartir docencia el contratado o la contratada, o persona en quien
delegue.
·
El Director del Departamento al que se adscriba la
plaza, o persona en quien delegue.
·
Tres profesoras o profesores doctores del ámbito del
conocimiento con vinculación permanente a la Universidad de Granada, a
propuesta del departamento, y sus respectivos suplentes, procurando una
composición equilibrada entre mujeres y hombres.
·
Un profesor o profesora doctor con vinculación
permanente a la Universidad de Granada a propuesta de la representación de las
trabajadoras y los trabajadores, y su suplente.
La
composición de cada Comisión será publicada en el Tablón de Anuncios del
Servicio de Personal Docente e Investigador de esta Universidad y asimismo se
publicará en su página web (http://serviciopdi.ugr.es)
5.2 La
Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de los
requisitos exigidos en las presentes bases.
5.3 La
Comisión valorará a los aspirantes de acuerdo con los Criterios generales a efectos de
valoración de méritos para la
contratación de profesorado de la Universidad de Granada aprobados en Consejo
de Gobierno de la Universidad de Granada
de 23 de julio de 2004 y modificados en Consejo de Gobierno en su sesión
de 28 de julio de 2011 (BOJA de 8 de agosto).
La
Comisión, una vez constituida y antes de acceder a los expedientes de los
concursantes, hará públicos en el Tablón de Anuncios del Servicio de Personal
Docente e Investigador los criterios de concreción a que se refiere el baremo
general.
La
Comisión será competente para resolver las dudas que puedan surgir en relación
con la aplicación e interpretación del baremo.
La
Comisión podrá solicitar a los/as concursantes la aportación de documentación
complementaria a la ya presentada.
5.4 La
Comisión resolverá el concurso y hará la correspondiente propuesta de
contratación a favor del/la concursante o de los/as concursantes (según sea una
o más las plazas convocadas) mejor valorados/as. En todo caso, hará público en
el Tablón de Anuncios del Servicio de
Personal Docente e Investigador de la Universidad el resultado del mismo,
especificando las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los apartados
que se hubieran considerado en el baremo. La propuesta será elevada a la Sra.
Rectora Magnífica de la Universidad de Granada.

docente
de la plaza o cuando no se adecue mínimamente a las exigencias académicas de la
misma.
5.6 La
comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados/as o
no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta efectuada
por la Comisión de Evaluación en el
Tablón de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador de la
Universidad de Granada. A tal fin los/as aspirantes deberán actuar con la
diligencia razonable para estar al corriente del desarrollo del concurso y de
la publicación en el tablón de anuncios oficial, cuya fecha de plasmación se
hará constar en el mismo anuncio.
5.7 La
lista de valoración de los/as concursantes efectuada por la Comisión de
Evaluación se usará por riguroso orden de puntuación para el caso de que fuese
necesario realizar una contratación para sustituir a un profesor o atender
necesidades docentes urgentes durante el curso académico 2018-2019.
6. RECURSO DE ALZADA
6.1
Contra el acuerdo de la Comisión de Evaluación formulando la propuesta de
provisión de la plaza, los/as interesados/as podrán interponer recurso de alzada
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el
Tablón de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador, ante la
Rectora de la Universidad de Granada que resolverá una vez recabada la
información necesaria.
6.2
Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que
recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la
vía procedente.
6.3 La
interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de
provisión o formalización del contrato, salvo que el Rectorado, mediante
resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios
de imposible o difícil reparación, o, aprecie en la fundamentación de la
impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad de pleno derecho. A
tal fin se formalizará el contrato laboral con el/la aspirante propuesto/a, sin
perjuicio de que la eventual estimación del recurso tanto en vía administrativa
como jurisdiccional, llevará consigo la extinción de la relación contractual
inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.
7. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS
7.1
Realizadas las propuestas, la Rectora extenderá los correspondientes contratos
previa presentación por parte del/la candidata/a de la documentación que le sea
requerida a tal efecto. Los/as interesados/as tendrán un plazo máximo para ello
de cinco días hábiles a contar desde la publicación de la propuesta de
provisión. En el caso de no presentarse el/la interesado/a en el referido plazo
a la firma del contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos
de fuerza mayor, libremente apreciados por el Rectorado.
7.2 La
celebración o subsistencia del contrato se condiciona a la autorización de la
compatibilidad con la actividad que venga desempeñando o con aquellas otras
públicas o privadas que pueda desempeñar durante la vigencia del contrato.
7.3 En
los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del/la
aspirante seleccionado/a, podrá formalizarse la incorporación con el/la
siguiente más valorado, si la Comisión no hubiese acordado que este/a
candidato/a no se ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a
las exigencias académicas de la misma.
8. CUSTODIA DE DOCUMENTACIÓN
8.1 La
documentación de los/as candidatos/as a plazas que no hayan sido objeto de
recurso podrá ser retirada del Vicerrectorado de Personal Docente e
Investigador, por los/as interesados/as,
durante el plazo de un mes a partir del segundo mes desde la publicación
de la resolución definitiva del Rectorado.

8.2 La
documentación de los/as candidatos/as a las plazas que hayan sido objeto de
recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución cuestionada.
6. DISPOSICIÓN FINAL
9.1 El
concurso y posterior contratación se regirá por las normas de la presente
convocatoria, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Real Decreto 898/1985 de
30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores
modificaciones del mismo, en todo lo que no se oponga a la anterior Ley;
Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12
de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; Decreto Legislativo
1/2013, de 8 de enero por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Andaluza de Universidades, Convenio Colectivo del Personal Docente e
Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, y demás normas
de carácter general que resulten de aplicación.
9.2 La convocatoria, sus bases y cuantos actos se
deriven de la misma y de las actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán
ser impugnados por los/as interesados/as en el plazo y en la forma establecidos
por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Granada, 11 de abril
de 2018

UNIVERSIDAD DE GRANADA
ANEXO I: PLAZAS DE PROFESORADO CONTRATADO
Número |
Dedicación |
Departamento |
Ámbito de conocimiento |
Docencia |
Nº plazas |
1/1M/PA/1819 |
4 HORAS |
ENFERMERÍA |
ENFERMERÍA |
"SALUD LABORAL" Y DOCENCIA PRÁCTICA EN "PRÁCTICAS
EXTERNAS A" DEL GRADO DE ENFERMERÍA EN EL CAMPUS DE MELILLA |
1 |
2/1M/PA/1819 |
4 HORAS |
ENFERMERÍA |
ENFERMERÍA |
DOCENCIA
PRÁCTICA EN LAS ASIGNATURAS "ENFERMERÍA DEL ADULTO I" Y
"PROCESOS DE ENFERMERÍA Y CUIDADOS BÁSICOS" DEL GRADO DE ENFERMERÍA
EN EL CAMPUS DE MELILLA |
1 |
3/1M/PAS/1819 |
3 HORAS |
FISIOTERAPIA |
FISIOTERAPIA |
DOCENCIA PRÁCTICA EN FISIOTERAPIA PEDIÁTRICA DELGRADO DE
FISIOTERAPIA EN EL CAMPUS DE MELILLA |
1 |