ARTÍCULO Nº 450 (CVE: BOME-A-2018-450) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5548 - viernes, 18 de mayo de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES


Resolución, relativa a la convocatoria del curso escolar 2018-2019 de la Escuela de Enseñanzas Artísticas de la Ciudad Autónoma de Melilla

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Al objeto de preparar el inicio del curso escolar 2018-2019 de la ESCUELA DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, de conformidad con las atribuciones que me confieren el artículo 33 del Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario nº 2 de 30 de Enero de 2017) y el apartado 7.2 letra J)  del acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de Septiembre de 2016, relativo a la modificación del Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME de 30 de Septiembre de 2016, extraordinario nº 17), 

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 18367/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

ORDENAR:

 

La Convocatoria del Curso Escolar 2018-2019 de la Escuela de Enseñanzas Artísticas de la Ciudad Autónoma de Melilla, con sujeción a las siguientes determinaciones:

 

1º.-  Las asignaturas que se podrán cursar durante el curso 2018-2019 son las siguientes: Dibujo, Pintura, Cerámica, Modelado, Iniciación al Dibujo, Iniciación al Modelado e Iniciación a la Cerámica.

2º.-  El plazo de solicitudes y matriculación para alumnos de nuevo ingreso y continuidad quedará abierto desde el día 1 de Junio de 2018 hasta cubrir vacantes. Por ello, los interesados deberán, previamente a la tramitación de la matrícula, informarse en el propio centro acerca de la existencia de plazas vacantes.

3º-  Las plazas vacantes existentes para los alumnos de nuevo ingreso, se adjudicarán, en el caso de que el número de solicitudes exceda al de plazas vacantes en la asignatura correspondiente, por orden de presentación de las solicitudes.

4º.- La edad mínima de los alumnos de todas las especialidades será de ocho

años cumplidos dentro del año de inicio del curso.

5º.-  De acuerdo con la vigente Ordenanza Fiscal de aplicación, (BOME extraordinario nº 21 (II) de 30 de Diciembre de 2009), el importe de las matrículas a satisfacer será el siguiente: 45,00 euros por asignatura curso completo.

 

Los titulares del Carné Joven, expedido por la Ciudad Autónoma de Melilla y restantes Comunidades Autónomas y países firmantes del Protocolo de Lisboa del día 1 de junio de 1987 gozarán de una bonificación del 25% de las tarifas.

 

Las familias numerosas de primera clase (General) disfrutarán de una reducción del 50 % y las de segunda clase o de honor (Especial) del 100% del importe de la matrícula.

 

La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del título que acredite tal condición.

 

Los sujetos pasivos mayores de 65 años gozarán de una bonificación de 50% del importe de la tasa correspondiente.

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6º.- Solicitudes  se formulará en modelo oficial facilitado por la propia Escuela de Enseñanzas Artísticas, también se podrá obtener a través de la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es) y podrán presentarse en los registros de las Oficinas de Proximidad, en las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad, o en el de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, sin perjuicio de la posible presentación en los registros que a tal efecto establece el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

7º.-  Las matrículas se formalizarán en la propia Escuela de Enseñanzas Artísticas los días lunes y jueves de 12,00 a 13,00 horas y los días martes y jueves de 19,30 a 21,00 horas. Debiéndose aportar fotocopia del DNI o Tarjeta de Residencia   en vigor, acompañando todos los alumnos una fotografía de tamaño carné del alumno por cada asignatura en la que se matricule, así como el resguardo del ingreso bancario de la cantidad correspondiente a la matrícula, en el número de cuenta ES68 0049 2506 14 2814180049 del Banco de Santander.

8.-  En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, se informa que los datos personales facilitados por los solicitantes serán incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el ejercicio y funciones y competencias propias de la Ciudad Autónoma. Los interesados podrán ejercer en cualquier momento los derechos establecidos en la citada Ley Orgánica ante la Dirección General de Educación y Colectivos Sociales”.

 

Lo que se ordena para su publicación,  en aplicación del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, advirtiendo que contra  la presente orden, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Presiente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la mencionada Ley 39/2015, de 01 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo, no obstante, los interesados interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.

 

Melilla 27 de abril de 2018,

El Consejero de Educación, Juventud y Deportes,

Antonio Miranda Montilla