ARTÍCULO Nº 450 (CVE: BOME-A-2018-450) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5548 - viernes, 18 de mayo de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES
Resolución, relativa a la convocatoria del curso escolar 2018-2019 de la Escuela de Enseñanzas Artísticas de la Ciudad Autónoma de Melilla
Al objeto de preparar el inicio del curso escolar 2018-2019 de la
ESCUELA DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, de
conformidad con las atribuciones que me confieren el artículo 33 del Reglamento
del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario nº 2 de 30 de Enero de 2017) y el apartado 7.2 letra J) del acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de
Septiembre de 2016, relativo a la modificación del Decreto de Distribución de
Competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME de 30 de Septiembre de
2016, extraordinario nº 17),
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 18367/2018, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN
DISPONER
ORDENAR:
La Convocatoria del Curso Escolar 2018-2019 de la Escuela de Enseñanzas Artísticas
de la Ciudad Autónoma de Melilla, con sujeción a las siguientes
determinaciones:
1º.- Las asignaturas que se podrán cursar durante
el curso 2018-2019 son las siguientes: Dibujo, Pintura, Cerámica, Modelado,
Iniciación al Dibujo, Iniciación al Modelado e Iniciación a la Cerámica.
2º.- El plazo de solicitudes y matriculación para
alumnos de nuevo ingreso y continuidad quedará abierto desde el día 1 de Junio de 2018 hasta cubrir vacantes. Por
ello, los interesados deberán, previamente a la tramitación de la matrícula,
informarse en el propio centro acerca de la existencia de plazas vacantes.
3º- Las plazas vacantes existentes para los
alumnos de nuevo ingreso, se adjudicarán, en el caso de que el número de
solicitudes exceda al de plazas vacantes en la asignatura correspondiente, por
orden de presentación de las solicitudes.
4º.- La edad mínima
de los alumnos de todas las especialidades será de ocho
años cumplidos dentro
del año de inicio del curso.
5º.- De acuerdo con la vigente Ordenanza Fiscal de
aplicación, (BOME extraordinario nº 21 (II) de 30 de Diciembre de 2009), el
importe de las matrículas a satisfacer será el siguiente: 45,00 euros por
asignatura curso completo.
Los titulares del Carné Joven, expedido por la Ciudad Autónoma de
Melilla y restantes Comunidades Autónomas y países firmantes del Protocolo de
Lisboa del día 1 de junio de 1987 gozarán de una bonificación del 25% de las
tarifas.
Las familias numerosas de primera clase (General) disfrutarán de una
reducción del 50 % y las de segunda clase o de honor (Especial) del 100% del
importe de la matrícula.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del
título que acredite tal condición.
Los sujetos pasivos mayores de 65 años gozarán de una bonificación de
50% del importe de la tasa correspondiente.
6º.- Solicitudes se formulará en
modelo oficial facilitado por la propia Escuela de Enseñanzas Artísticas,
también se podrá obtener a través de la web oficial de la Ciudad Autónoma de
Melilla (www.melilla.es) y podrán presentarse en los registros de
las Oficinas de Proximidad, en las Oficinas de Información y Atención al
Ciudadano de la Ciudad, o en el de la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes, sin perjuicio de la posible presentación en los registros que a tal
efecto establece el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
7º.- Las matrículas se
formalizarán en la propia Escuela de Enseñanzas Artísticas los días lunes y jueves
de 12,00 a 13,00 horas y los días martes y jueves de 19,30 a 21,00 horas.
Debiéndose aportar fotocopia del DNI o Tarjeta de Residencia en vigor, acompañando todos los alumnos una
fotografía de tamaño carné del alumno por cada asignatura en la que se
matricule, así como el resguardo del ingreso bancario de la cantidad
correspondiente a la matrícula, en el número de cuenta ES68 0049 2506 14
2814180049 del Banco de Santander.
8.- En virtud de lo dispuesto en
la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de datos de Carácter
Personal, se informa que los datos personales facilitados por los solicitantes
serán incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado de la Ciudad
Autónoma de Melilla, para el ejercicio y funciones y competencias propias de la
Ciudad Autónoma. Los interesados podrán ejercer en cualquier momento los
derechos establecidos en la citada Ley Orgánica ante la Dirección General de
Educación y Colectivos Sociales”.
Lo que se ordena para su publicación,
en aplicación del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, advirtiendo
que contra la presente orden, que no
pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo
de un mes ante el Excmo. Sr. Presiente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en los
términos previstos en los artículos 121 y 122 de la mencionada Ley 39/2015, de
01 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, pudiendo, no obstante, los interesados interponer cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Melilla 27 de abril de 2018,
El Consejero de Educación, Juventud y Deportes,
Antonio Miranda Montilla