ARTÍCULO Nº 451 (CVE: BOME-A-2018-451) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5549 - martes, 22 de mayo de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - Dirección General de Gestión Tributaria


Resolución de fecha 16 de mayo de 2018, relativa a la ampliación del plazo de presentación e ingreso de los modelos tributarios 412, 413, 420, 421 del IPSI y el 004 del IIVTNU.

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ANTECEDENTES:

 

Con fecha 16 de mayo de 2018 se ha producido un fallo técnico en la página web “melillatributos”, aplicación de la Consejería de Hacienda, mediante la cual se facilita a los obligados tributarios la asistencia técnica para la confección y presentación de autoliquidaciones y comunicaciones de datos relativas al IPSI Operaciones interiores y Plusvalías (IIVTNU). Pese a que se están aportando todos los medios disponibles para la solución de la incidencia, es imposible determinar con certeza el momento en que va a volver a estar operativa con todas las garantías.

 

FUNDAMENTOS:

 

PRIMERO.- Competencia.

Es competente la Consejera de Hacienda por Decreto de distribución de competencias por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 30 de septiembre del 2016.

SEGUNDO.- El anexo tercero de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (operaciones interiores) en la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME, extraordinario nº 7, de 7 de abril de 2017), regula los plazos de presentación de los  modelos del IPSI (modelo 412, 413, 421 y 420), a saber:

 

-               Modelo 412:

“b) Plazos de presentación:

Con carácter general, el modelo 412 deberá presentarse e ingresarse en el plazo de un mes siguiente al devengo de la operación.”

-               Modelo 413:

“b) Plazos de presentación:

Con carácter general, el modelo 413 deberá presentarse e ingresarse en el plazo de un mes siguiente al devengo de la operación.”

-               Modelos 420 y 421:

“2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior las empresas cuyo volumen de operaciones, haya excedido, durante el año natural inmediatamente anterior, de seis millones de euros (6.000.000.€), efectuarán las liquidaciones que procedan y el ingreso de la deuda tributaria resultantes dentro de los primeros veinte días de cada mes por la facturación correspondiente al mes natural inmediato anterior.”

 

De otra parte, el art. 13º de la Ordenanza reguladora del IIVTNU (Plusvalías), (BOME nº  5.127, de fecha 6 de mayo de 2014) regula los plazos de presentación del Impuesto; a saber:

 

2. Dicha autoliquidación deberá ser presentada en los siguientes plazos, a contar desde la fecha en que se produzca el devengo del impuesto:

 

a)            Cuando se trate de actos inter-vivos, el plazo será de treinta días hábiles.

b)            Cuando se trate de actos por causa de muerte, el plazo será de seis meses prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo.”

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TERCERO.- El Artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, relativo a la ampliación de los plazos, dispone en apartado cuarto lo siguiente:

 

4. Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido”.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 20691/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

-  La ampliación del plazo de presentación e ingreso de los siguientes modelos tributarios:

 

  • Se amplía el plazo de presentación e ingreso del modelo 412 y 413 del IPSI, así como el plazo del modelo 004 del IIVTNU, cuyo último día de ingreso esté comprendido entre el día 16 de mayo de 2018 y el día 31 de mayo de 2018; hasta el día 31 de mayo de 2018.
  • Se amplía el plazo de presentación e ingreso de los modelos 420 y 421 del IPSI relativo a empresas cuyo volumen de ingresos superen los 6.000.000 € correspondiente al mes de abril hasta el 31 de mayo de 2018.

 

-       La publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Melilla 17 de Mayo de 2018,

La Consejera de Hacienda

Esther Donoso García-Sacristán