ARTÍCULO Nº 481 (CVE: BOME-A-2018-481) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5551 - martes, 29 de mayo de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES


Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 18 de mayo de 2018, relativo a reposición de libros de texto en los CEIP de la CAM (curso 2018-2019).

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D I L I G E N C I A:

 

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el día 18 de mayo de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

PUNTO OCTAVO.- REPOSICIÓN DE LIBROS DE TEXTO EN LOS CEIP DE LA CAM ( CURSO 2018-2019).-El Consejo de Gobierno acuerda aprobar propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deportesa, que dice literalmente lo siguiente:

 

PROGRAMA EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE REPOSICIÓN DE  LIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2018-2019)

 

En el ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas, y una vez evacuados los informes pertinentes, en atención a su alto interés social, VENGO EN PROPONER la aprobación de la siguiente PROPUESTA DE PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE LIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA ( CURSO ACADÉMICO 2018-2019):

 

La mayoría de los países del entono europeo y numerosas Comunidades Autónomas han dispuesto diferentes sistemas para hacer efectiva la gratuidad de los libros de texto durante las etapas de enseñanza básica. En esta misma línea y mediante diversas fórmulas, la Ciudad Autónoma de Melilla, desde hace años, viene contribuyendo a facilitar el acceso gratuito a la enseñanza obligatoria a través de un sistema de reposición de libros que, de cara al  próximo curso 2018-2019, se ha estimado conveniente articular mediante un procedimiento que además de resultar ágil y eficaz en su objetivo de ayudar a las familias melillenses a sufragar los gastos que requiere la educación de sus hijos, pretende también fomentar entre el alumnado actitudes de respeto y corresponsabilidad en el uso de bienes financiados con fondos públicos y contribuir a una mayor colaboración entre las familias y los centros educativos.

 

Con tal objeto, se proponen las siguientes bases para la implementación del programa, para el que se dispone una dotación, en principio, de hasta 375.000 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 14 32101 47000, RC nº de operación 12018000005722.

 

“PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE LIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2018-2019)”

 

1.            Ámbito de aplicación y financiación.

El presente programa se dirige a la totalidad de centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten la educación infantil y primaria en la Ciudad de Melilla y que soliciten a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes acogerse al presente programa de gratuidad de concesión directa.

 

Para la implementación del programa se dispone una dotación, en principio, de hasta 375.000 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 14 32101 47000, RC nº de operación 12018000005722.

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2.            Libros de texto.

Se entiende por libro de texto el material impreso destinado a ser utilizado por el alumnado, incluidos aquellos materiales asociados a los libros de texto que por su propia naturaleza no puedan ser utilizados por el alumnado en cursos sucesivos.

 

3.            Beneficiarios:

1.     Serán beneficiarios del programa de gratuidad de libros de texto todos los centros que decidan y soliciten acogerse al mismo, y por extensión,  los alumnos que cursen estudios en los mismos disfrutarán del uso de los mismos.

2.     Los centros que decidan acogerse al programa de gratuidad deberán solicitarlo a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes mediante solicitud ( anexo 1), que facilitará ésta, a  presentar en un plazo de diez días naturales desde la pertinente publicación en el Boletín Oficial de Melilla de la convocatoria de concesión directa y bases, asumiendo el cumplimiento y las condiciones que se establecen en las presentes bases y a esa solicitud se deberá acompañar escrito ( anexo 2) justificativo de las necesidades de libros a reponer con indicación del número de alumnos destinatarios de los libros, declaración de subvenciones recibidas para el mismo fin, acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no tener pendiente de justificación subvención alguna, otorgada por la Ciudad Autónoma, autorizando a la Ciudad Autónoma de Melilla, para recabar de las Administraciones competentes la comprobación de dichos extremos.         

3.     La Consejería de Educación, Juventud y Deportes siempre con anterioridad al inicio del curso escolar resolverá y efectuará las notificaciones pertinentes según lo estipulado en la base 9 de las presentes.

4.     El acogimiento, mediante solicitud, al programa de reposición de libros de textos es compatible con los ingresos y ayudas procedentes de entidades públicas y privadas para el mismo objeto, si bien cada centro educativo acogido al programa se compromete a comunicar a la Dirección Provincial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la relación de alumnos beneficiarios, a los efectos que procedan respecto de otras ayudas al estudio que pudieran corresponderles.

 

4.            Régimen de préstamo de los libros de texto:

1.            Los libros de texto a que se refiere el programa serán propiedad de los centros que se acojan al mismo.

2.            El alumnado de los centros acogidos al presente programa dispondrá gratuitamente, en régimen de préstamo, de los libros de texto elegidos por el centro para las enseñanzas obligatorias que está cursando.

3.            Los libros de texto serán renovados en su totalidad cada cuatro cursos escolares, salvo los correspondientes al primer ciclo de Primaria que serán renovados todos los cursos por tratarse de un material que no puede ser utilizado por otros alumnos y alumnas en años sucesivos. No obstante, cada curso se renovarán aquellas unidades que estén inservibles por el transcurso del tiempo.

 

5.            Utilización y conservación.

1.            El alumnado que curse estudios en un centro beneficiario del programa quedará sujeto a la obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los mimos y de reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar, o en el momento de su baja del centro si produce su traslado.

2.            El deterioro culpable o mal intencionado, así como el extravío de los libros de texto supondrá la obligación, por parte de los representantes legales del alumno o alumna, de reponer el material deteriorado o extraviado.

3.            Todos los libros de texto serán registrados por el centro e identificados con una etiqueta que se imprimirá desde el centro y que se fijará en la primera hoja de los libros, donde se hará constar que el libro se cede a título de préstamo. En la etiqueta aparecerá el nombre del centro, el curso escolar y el nombre del alumno o alumna que lo tenga en préstamo en cada curso escolar.

 

6.            Obligaciones de los beneficiarios.

Los centros educativos beneficiarios del programa de reposición de libros de texto establecerán las oportunas medidas para que el alumnado que participe en el programa de gratuidad de libros de texto, así como sus representantes legales, es decir, sus padres y/o tutores, estén obligados al cumplimiento de los siguientes puntos:

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1.     Hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros (no se debe escribir ni subrayar en los libros, deberán forrarlos, cuidarlos, evitar perderlos,…) y reintegrar los mismos al centro, una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado.

2.     Reponer el material extraviado o deteriorado de forma culpable o malintencionada.

3.     Desde los diversos sectores de la comunidad educativa, se instará al alumnado que participe en el programa de gratuidad de libros de texto, así como a sus representantes legales, al cuidado y conservación del material puesto a su disposición.

 

7.            Elección de los libros de texto.

1.     Dentro de los límites del presupuesto del programa, la dirección de cada centro, previa consulta de su Consejo Escolar, concertará los libros de texto que estimen más adecuados para cada uno de los cursos.

2.     Los libros de texto adoptados no podrán ser sustituidos por otros durante un período mínimo de cuatro años, contados a partir de la entrada en vigor del programa de gratuidad para el curso de que se trate o de la última sustitución realizada en el marco del citado programa.

3.     El centro realizará una selección de libros y materiales que no exceda de la dotación económica fijada para el mismo. Si así lo hiciera abonará la diferencia con cargo a la partida de gastos de funcionamiento de su presupuesto ordinario.

 

8.            Reposición de los libros de texto:

1.      Los libros de texto serán dados de baja cuando se cumpla el periodo de cuatro años establecido con carácter general para su utilización. Asimismo, podrán darse de baja con anterioridad a este plazo cuando su grado de deterioro no permita su utilización por otro alumnado en cursos sucesivos.

2.      Los centros acogidos al programa procederán, lo antes posible  y siempre con anterioridad al inicio del curso correspondiente, a la revisión de todos los libros de texto que no hayan cumplido el periodo de cuatro años de uso establecido con carácter general.

3.      Una vez revisados, comunicarán a los representantes legales del alumnado que haya hecho un uso incorrecto de los mismos, la obligación de reponer el material extraviado, deteriorado de forma culpable o malintencionadamente, así como el plazo para hacerlo que, en ningún caso, será inferior a diez días hábiles contados a partir de la recepción de dicha comunicación.

 

9.            Procedimiento para la adquisición de los libros de textos nuevos.

1.               El director o directora de cada centro acompañará a la solicitud de acogimiento al programa de reposición  las necesidades de libros a reponer de su centro con indicación de alumnado total existente por curso.

 

A la vista de dichas necesidades la Dirección General de Educación y Colectivos Sociales  formulará la correspondiente propuesta de resolución al Consejero de Educación, Juventud y Deportes, determinando el importe concedido a cada centro en función del número de alumnos al que se destina la reposición.

 

La distribución entre los centros de la cuantía máxima prevista para el programa se efectuará de conformidad con lo previsto en la base 4.3. ello a tenor de precio de venta al público.

 

Dicho importe podrá verse incrementado, en el caso de que el número de alumnos se incremente respecto del inicialmente tomado en consideración. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de las circunstancias señaladas en el apartado a) del citado artículo y demás de aplicación.

 

Tras la conclusión de las convocatorias de subvenciones/premios  previstas efectuar por esta Consejería de Educación, Juventud y Deportes, Dirección General de Educación y Colectivos Sociales, con cargo a aplicación presupuestaria 14/32000/48900 “Subvenciones Entidades de Enseñanzas” si existiese remanente en dicha aplicación por el importe que resultase sobrante podrá ser destinado a incrementar la dotación inicial del Programa que nos ocupa para atender a las demandas existentes.

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2.    Una vez establecido por Orden del Consejero de Educación, Juventud y Deportes el importe concedido a cada centro, el director del mismo solicitará los libros en librerías de su elección.

 

Cuando el importe de libros a adquirir sea igual o supere las cuantías establecidas en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,  Ley de Contratos del Sector Público, para el contrato menor (15.000 euros) el centro deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la entrega del bien, debiéndose seleccionar la propuesta económica más ventajosa  (menor precio).

 

3.    Las facturas se emitirán a nombre del centro educativo, incorporando en el concepto, además de la identificación detallada de los libros de texto adquiridos, con especificación del precio por unidad, lo siguiente: “Libros adquiridos en el marco del Programa de Reposición de Libros de Texto del curso académico 2018-2019, para su abono por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla”.

4.    Una vez adquiridos los libros la dirección del centro remitirá a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla la factura emitida por el proveedor y conformada por el director del centro, a la que acompañará de los albaranes de entrega de los libros, adjuntando el documento que se incorpora como anexo 3, debidamente cumplimentado.

5.    5.Recibida la documentación relacionada en el apartado anterior, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes asumirá el pago delegado de la factura, en sustitución del centro educativo, abonando su importe a la empresa suministradora con los límites máximos establecidos en la Resolución del Consejero de Educación, Juventud y Deportes.

6.    En ningún caso el precio de adquisición excederá del establecido para la venta al público de los libros adquiridos. En otro caso el centro asumirá la diferencia con cargo a la partida de gastos de funcionamiento de su presupuesto ordinario.

 

10.          Memoria justificativa.

Con anterioridad al 31 de diciembre de 2018 el centro educativo deberá aportar, ante la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, una memoria justifica expresiva del cumplimiento de los fines para los que se otorga la subvención así como de la relación de alumnos y alumnas a los que se han proporcionado libros de texto en el marco del presente programa.

 

11.          Corresponde a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes la ejecución del presente programa, así como su interpretación y la resolución de cuantas dudas pueda suscitar la aplicación del mismo.

12.          12. De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás concordantes, contra la presente, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, en el plazo de un mes a partir del día de su publicación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala lo Contencioso de Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde la publicación.

 

ANEXO  1 .- MODELO DE SOLICITUD

 

SOLICITUD

 

EL/LA DIRECTORA/A.:

DEL CEIP:

 

Manifiesta, en relación con el Programa de Reposición de Libros de Texto en los Centros de Educación Infantil y Primaria sostenidos con fondos públicos de la Ciudad de Melilla ( Curso Académico 2018-2019), mediante el presente a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla que, conocidas la convocatoria y  bases que rigen en dicho programa aprobado por Consejo de Gobierno el día ....... de 2018, el Centro que dirige solicita  acogerse  al mencionado programa, expresando en documento adjunto las necesidades de libros de textos que se precisan y demás datos que se requieren.

BOME-P-2018-1639 Descargar página

Con anterioridad al 31 de Diciembre de 2018 esta Dirección remitirá a la citada Consejería memoria justificativa del cumplimiento de los fines previstos mediante el programa que nos ocupa así como relación de alumnos y alumnas a los que se han proporcionado libros de texto en el marco del presente programa.

 

Melilla, a      de ..... de 2018

 

Fdo.:

 

ANEXO 2. DOCUMENTO A ACOMPAÑAR.-

 

D/Dª.                                                                     , Director/a del                                                en relación con el PROGRAMA DE REPOSICIÓN DELIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE

LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA .- CURSO ACADÉMICO 2018-2019.-

 

EXPONE:

 

1.            Que la solicitud de participación en el programa arriba citado, con las necesidades de libros de texto a adquirir por reposición para el próximo curso escolar, resulta necesaria para garantizar el óptimo desarrollo de este programa de gratuidad de libros de texto para el alumnado de este centro.

2.            Que la solicitud se formula  con las necesidades que se prevén de libros de texto a reponer para uso por el alumnado del centro para el próximo curso académico, según cuadrante que se adjunta al presente, y cuyo importe estimado será el precio total de dichos libros en mercado establecidos por las editoriales para el próximo curso escolar y que se concretarán una vez determinado  el número de alumnos por aula matriculado en el centro para dicho curso.

3.            Que el Centro no percibe subvenciones de otras instituciones públicas o privadas para la misma actividad .

4.            Que el Centro se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no tiene pendiente de justificación subvención alguna, otorgada por la Ciudad Autónoma, autorizando a la Ciudad Autónoma de Melilla, para recabar de las Administraciones competentes la comprobación de dichos extremos.

Melilla a                                      

Fdo.

DNI.                                                  

Director/a del

 

EXCMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES


 

BOME-P-2018-1640 Descargar página

PROGRAMA DE REPOSICIÓN DELIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA .- CURSO ACADÉMICO 2018-2019.-

 

CENTRO ESCOLAR:

 

NECESIDADES DE LIBROS DE TEXTO :

 

TITULO DEL LIBRO

EDITORIAL

NÚMERO

DE ISBN

CURSO

CANTIDAD DE

EJEMPLARES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO 3.- PETICIÓN OFERTAS  MINIMO DE TRES.-

IGUAL O SUPERIOR A 15.000 EUROS.-

Identificación del Centro y de su Director/a

Nombre

 

CIF

 

Teléfono

 

Director/a

 

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Ofertas solicitadas

 

Empresa

Oferta Económica

1.

 

 

2.

 

 

3.

 

 

 

 

 

 

Oferta seleccionada

 

 

1. Establecido por Orden del Consejero de Educación, Juventud y Deportes el importe concedido a cada centro,el director del mismo solicitará los libros en librerías de su elección.

 

Cuando el importe de libros a adquirir sea igual o supere las cuantías establecidas en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 08 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público, para el contrato menor (15.000 euros) el centro deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la entrega del bien, debiéndose seleccionar la propuesta económica más ventajosa (menor precio).

 

2.     La facturas se emitirán a nombre del centro educativo, incorporando en el concepto, además de la identificación detallada de los libros de texto adquiridos, con especificación del precio por unidad, lo siguiente: “Libros adquiridos en el marco del Programa de Reposición de Libros de Texto del curso académico 2018-2019, para su abono por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla”.

3.     Una vez adquiridos los libros la dirección del centro remitirá a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla el albarán de entrega de los libros, adjuntando el documento

presente, debidamente cumplimentado, así como la factura conformada por el director del centro.

 

4.             Recibida la documentación relacionada en el apartado anterior, la Consejería de Educación, Juventud y Deportes asumirá el pago delegado de la factura, en sustitución del centro educativo, abonando su importe a la empresa suministradora.

5.             En ningún caso el precio de adquisición excederá del establecido para la venta al público de los libros adquiridos. En otro caso el centro asumirá la diferencia con cargo a la partida de gastos de funcionamiento de su presupuesto ordinario.

 

Melilla, ______________________ de 2018

El/la Director/a del Centro.

 

Tipo documento

Nombre

CSV (link al documento)

RC (Retención de Crédito)

RC

12002640302574310016

PTS_PRORES_WORD

Propuesta

11777113264065603164

PTS_RESOL_CONS_WORD

Orden de Inicio procedimi

11777130777464611077

Otros documentos firmados

plan estrategico subvenciones 2017-2019

12006014214125615200

PTS_M_0021

Informe       propuesta     D

General

11777074703727370636

BOME-P-2018-1642 Descargar página

PTS_M_0007

Informe         Jurídico      S

Técnica

e

11777074345061666307

PTS_M_0007

Informe fiscalizacion prev

11777074174257774403

 

Melilla 24 de mayo de 2018,

El Secretario,

José Antonio Jiménez Villoslada