ARTÍCULO Nº 481
(CVE: BOME-A-2018-481)
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BOME Nº 5551 - martes, 29 de mayo de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 18 de mayo de 2018, relativo a reposición de libros de texto en los CEIP de la CAM (curso 2018-2019).

D I L I G E N C I A:
El Consejo de
Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el día 18 de mayo de 2018,
adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO OCTAVO.- REPOSICIÓN DE LIBROS DE TEXTO EN LOS CEIP DE LA CAM ( CURSO 2018-2019).-El Consejo de Gobierno
acuerda aprobar propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deportesa,
que dice literalmente lo siguiente:
“
PROGRAMA EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE REPOSICIÓN
DE LIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE
EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS
CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2018-2019)
En el
ejercicio de las atribuciones que tengo conferidas, y una vez evacuados los
informes pertinentes, en atención a su alto interés social, VENGO EN PROPONER
la aprobación de la siguiente PROPUESTA DE PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE LIBROS DE
TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS
PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA ( CURSO ACADÉMICO 2018-2019):
La mayoría de
los países del entono europeo y numerosas Comunidades Autónomas han dispuesto
diferentes sistemas para hacer efectiva la gratuidad de los libros de texto
durante las etapas de enseñanza básica. En esta misma línea y mediante diversas
fórmulas, la Ciudad Autónoma de Melilla, desde hace años, viene contribuyendo a
facilitar el acceso gratuito a la enseñanza obligatoria a través de un sistema
de reposición de libros que, de cara al
próximo curso 2018-2019, se ha estimado conveniente articular mediante
un procedimiento que además de resultar ágil y eficaz en su objetivo de ayudar
a las familias melillenses a sufragar los gastos que requiere la educación de
sus hijos, pretende también fomentar entre el alumnado actitudes de respeto y
corresponsabilidad en el uso de bienes financiados con fondos públicos y
contribuir a una mayor colaboración entre las familias y los centros
educativos.
Con tal
objeto, se proponen las siguientes bases para la implementación del programa,
para el que se dispone una dotación, en principio, de hasta 375.000 euros,
correspondientes a la aplicación presupuestaria 14 32101 47000, RC nº de operación
12018000005722.
“PROGRAMA DE REPOSICIÓN DE LIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN
INFANTIL Y PRIMARIA SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (CURSO ACADÉMICO 2018-2019)”
1.
Ámbito de aplicación y
financiación.
El presente
programa se dirige a la totalidad de centros docentes sostenidos con fondos
públicos que imparten la educación infantil y primaria en la Ciudad de Melilla
y que soliciten a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes acogerse al
presente programa de gratuidad de concesión directa.
Para la
implementación del programa se dispone una dotación, en principio, de hasta
375.000 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 14 32101 47000,
RC nº de operación 12018000005722.

2.
Libros de texto.
Se entiende
por libro de texto el material impreso destinado a ser utilizado por el
alumnado, incluidos aquellos materiales asociados a los libros de texto que por
su propia naturaleza no puedan ser utilizados por el alumnado en cursos
sucesivos.
3.
Beneficiarios:
1.
Serán beneficiarios del programa de gratuidad de libros de texto todos
los centros que decidan y soliciten acogerse
al mismo, y por extensión, los alumnos
que cursen estudios en los mismos disfrutarán del uso de los mismos.
2.
Los centros que decidan acogerse al programa de gratuidad deberán
solicitarlo a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes mediante
solicitud ( anexo 1), que facilitará ésta, a
presentar en un plazo de diez días
naturales desde la pertinente publicación en el Boletín Oficial de Melilla de la
convocatoria de concesión directa y bases,
asumiendo el cumplimiento y las condiciones que se establecen en las presentes
bases y a esa solicitud se deberá acompañar escrito ( anexo 2) justificativo de
las necesidades de libros a reponer con indicación del número de alumnos
destinatarios de los libros, declaración de subvenciones recibidas para el
mismo fin, acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no
tener pendiente de justificación subvención alguna, otorgada por la Ciudad
Autónoma, autorizando a la Ciudad Autónoma de Melilla, para recabar de las
Administraciones competentes la comprobación de dichos extremos.
3.
La Consejería de Educación, Juventud y Deportes siempre con anterioridad
al inicio del curso escolar resolverá y efectuará las notificaciones
pertinentes según lo estipulado en la base 9 de las presentes.
4.
El acogimiento, mediante solicitud, al programa de reposición de libros
de textos es compatible con los ingresos y ayudas procedentes de entidades
públicas y privadas para el mismo objeto, si bien cada centro educativo acogido
al programa se compromete a comunicar a la Dirección Provincial del Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte la relación de alumnos beneficiarios, a los
efectos que procedan respecto de otras ayudas al estudio que pudieran
corresponderles.
4.
Régimen de préstamo de los
libros de texto:
1.
Los libros de texto a que se refiere el programa serán propiedad de los
centros que se acojan al mismo.
2.
El alumnado de los centros acogidos al presente programa dispondrá
gratuitamente, en régimen de préstamo, de los libros de texto elegidos por el
centro para las enseñanzas obligatorias que está cursando.
3.
Los libros de texto serán renovados en su totalidad cada cuatro cursos
escolares, salvo los correspondientes al primer ciclo de Primaria que serán
renovados todos los cursos por tratarse de un material que no puede ser
utilizado por otros alumnos y alumnas en años sucesivos. No obstante, cada
curso se renovarán aquellas unidades que estén inservibles por el transcurso
del tiempo.
5.
Utilización y conservación.
1.
El alumnado que curse estudios en un centro beneficiario del programa
quedará sujeto a la obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los
mimos y de reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar, o en el
momento de su baja del centro si produce su traslado.
2.
El deterioro culpable o mal intencionado, así como el extravío de los
libros de texto supondrá la obligación, por parte de los representantes legales
del alumno o alumna, de reponer el material deteriorado o extraviado.
3.
Todos los libros de texto serán registrados por el centro e
identificados con una etiqueta que se imprimirá desde el centro y que se fijará
en la primera hoja de los libros, donde se hará constar que el libro se cede a
título de préstamo. En la etiqueta aparecerá el nombre del centro, el curso
escolar y el nombre del alumno o alumna que lo tenga en préstamo en cada curso
escolar.
6.
Obligaciones de los
beneficiarios.
Los centros
educativos beneficiarios del programa de reposición de libros de texto
establecerán las oportunas medidas para que el alumnado que participe en el
programa de gratuidad de libros de texto, así como sus representantes legales,
es decir, sus padres y/o tutores, estén obligados al cumplimiento de los
siguientes puntos:

1.
Hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros (no se debe escribir ni
subrayar en los libros, deberán forrarlos, cuidarlos, evitar perderlos,…) y
reintegrar los mismos al centro, una vez finalizado el curso escolar o en el
momento de su baja del centro si se produce su traslado.
2. Reponer el material
extraviado o deteriorado de forma culpable o malintencionada.
3.
Desde los diversos sectores de la comunidad educativa, se instará al
alumnado que participe en el programa de gratuidad de libros de texto, así como
a sus representantes legales, al cuidado y conservación del material puesto a
su disposición.
7.
Elección de los libros de
texto.
1.
Dentro de los límites del presupuesto del programa, la dirección de cada
centro, previa consulta de su Consejo Escolar, concertará los libros de texto
que estimen más adecuados para cada uno de los cursos.
2. Los libros de texto
adoptados no podrán ser sustituidos por otros durante un período mínimo de
cuatro años, contados a partir de la entrada en vigor del programa de gratuidad
para el curso de que se trate o de la última sustitución realizada en el marco
del citado programa.
3.
El centro realizará una selección de libros y materiales que no exceda
de la dotación económica fijada para el mismo. Si así lo hiciera abonará la
diferencia con cargo a la partida de gastos de funcionamiento de su presupuesto
ordinario.
8.
Reposición de los libros de
texto:
1.
Los libros de texto serán dados de baja cuando se cumpla el periodo de
cuatro años establecido con carácter general para su utilización. Asimismo,
podrán darse de baja con anterioridad a este plazo cuando su grado de deterioro
no permita su utilización por otro alumnado en cursos sucesivos.
2.
Los centros acogidos al programa procederán, lo antes posible y siempre con anterioridad al inicio del
curso correspondiente, a la revisión de todos los libros de texto que no hayan
cumplido el periodo de cuatro años de uso establecido con carácter general.
3.
Una vez revisados, comunicarán a los representantes legales del alumnado
que haya hecho un uso incorrecto de los mismos, la obligación de reponer el
material extraviado, deteriorado de forma culpable o malintencionadamente, así
como el plazo para hacerlo que, en ningún caso, será inferior a diez días
hábiles contados a partir de la recepción de dicha comunicación.
9.
Procedimiento para la
adquisición de los libros de textos nuevos.
1.
El director o directora de cada centro acompañará a la solicitud de
acogimiento al programa de reposición
las necesidades de libros a reponer de su centro con indicación de
alumnado total existente por curso.
A la vista de
dichas necesidades la Dirección General de Educación y Colectivos Sociales formulará la correspondiente propuesta de
resolución al Consejero de Educación, Juventud y Deportes, determinando el
importe concedido a cada centro en función del número de alumnos al que se
destina la reposición.
La
distribución entre los centros de la cuantía máxima prevista para el programa
se efectuará de conformidad con lo previsto en la base 4.3. ello a tenor de
precio de venta al público.
Dicho importe
podrá verse incrementado, en el caso de que el número de alumnos se incremente
respecto del inicialmente tomado en consideración. La efectividad de la cuantía
adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito
como consecuencia de las circunstancias señaladas en el apartado a) del citado
artículo y demás de aplicación.
Tras la
conclusión de las convocatorias de subvenciones/premios previstas efectuar por esta Consejería de
Educación, Juventud y Deportes, Dirección General de Educación y Colectivos
Sociales, con cargo a aplicación presupuestaria 14/32000/48900 “Subvenciones
Entidades de Enseñanzas” si existiese remanente en dicha aplicación por el
importe que resultase sobrante podrá ser destinado a incrementar la dotación
inicial del Programa que nos ocupa para atender a las demandas existentes.

2.
Una vez establecido por Orden del Consejero de Educación, Juventud y
Deportes el importe concedido a cada centro, el director del mismo solicitará
los libros en librerías de su elección.
Cuando el
importe de libros a adquirir sea igual o supere las cuantías establecidas en el
artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público, para el
contrato menor (15.000 euros) el centro deberá solicitar como mínimo tres
ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del
compromiso para la entrega del bien, debiéndose seleccionar la propuesta
económica más ventajosa (menor precio).
3.
Las facturas se emitirán a nombre del centro educativo, incorporando en
el concepto, además de la identificación detallada de los libros de texto
adquiridos, con especificación del precio por unidad, lo siguiente: “Libros adquiridos
en el marco del Programa de Reposición de Libros de Texto del curso académico 2018-2019, para su abono por la
Consejería de Educación, Juventud y
Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
4.
Una vez adquiridos los libros la dirección del centro remitirá a la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla
la factura emitida por el proveedor y conformada por el director del centro, a
la que acompañará de los albaranes de entrega de los libros, adjuntando el
documento que se incorpora como anexo 3, debidamente cumplimentado.
5.
5.Recibida la documentación relacionada en el apartado anterior, la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes asumirá el pago delegado de la
factura, en sustitución del centro educativo, abonando su importe a la empresa
suministradora con los límites máximos establecidos en la Resolución del
Consejero de Educación, Juventud y Deportes.
6.
En ningún caso el precio de adquisición excederá del establecido para la
venta al público de los libros adquiridos. En otro caso el centro asumirá la
diferencia con cargo a la partida de gastos de funcionamiento de su presupuesto
ordinario.
10.
Memoria justificativa.
Con
anterioridad al 31 de diciembre de 2018 el centro educativo deberá aportar,
ante la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, una memoria justifica
expresiva del cumplimiento de los fines para los que se otorga la subvención
así como de la relación de alumnos y alumnas a los que se han proporcionado
libros de texto en el marco del presente programa.
11.
Corresponde a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes la
ejecución del presente programa, así como su interpretación y la resolución de
cuantas dudas pueda suscitar la aplicación del mismo.
12.
12.
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás
concordantes, contra la presente, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el
propio Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, en el plazo de un mes a
partir del día de su publicación, o bien
directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala lo
Contencioso de Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el
plazo de dos meses desde la publicación.
ANEXO 1 .- MODELO DE SOLICITUD
SOLICITUD
EL/LA
DIRECTORA/A.:
DEL CEIP:
Manifiesta, en relación con el Programa de Reposición de Libros de
Texto en los Centros de Educación Infantil
y Primaria sostenidos con fondos públicos de la Ciudad de Melilla ( Curso Académico 2018-2019), mediante el presente
a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de
Melilla que, conocidas la convocatoria y
bases que rigen en dicho programa aprobado por Consejo de Gobierno el
día ....... de 2018, el Centro que dirige solicita
acogerse al mencionado programa,
expresando en documento adjunto las necesidades de libros de textos que se
precisan y demás datos que se requieren.

Con anterioridad al 31 de Diciembre de 2018 esta
Dirección remitirá a la citada Consejería memoria justificativa del
cumplimiento de los fines previstos mediante el programa que nos ocupa así como
relación de alumnos y alumnas a los que se han proporcionado libros de texto en
el marco del presente programa.
Melilla, a de ..... de 2018
Fdo.:
ANEXO 2. DOCUMENTO A ACOMPAÑAR.-
D/Dª.
, Director/a del
en relación con el PROGRAMA DE
REPOSICIÓN DELIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE
LA CIUDAD
AUTONOMA DE MELILLA .- CURSO
ACADÉMICO 2018-2019.-
EXPONE:
1.
Que la solicitud de participación
en el programa arriba citado, con las necesidades de libros de texto a adquirir
por reposición para el próximo curso escolar, resulta necesaria para garantizar
el óptimo desarrollo de este programa de gratuidad de libros de texto para el
alumnado de este centro.
2.
Que la solicitud se formula con las necesidades que se prevén de libros
de texto a reponer para uso por el alumnado del centro para el próximo curso
académico, según cuadrante que se adjunta al presente, y cuyo importe estimado
será el precio total de dichos libros en mercado establecidos por las
editoriales para el próximo curso escolar y que se concretarán una vez determinado el número de alumnos por aula matriculado en
el centro para dicho curso.
3.
Que
el Centro no percibe subvenciones de otras instituciones públicas o privadas
para la misma actividad .
4.
Que
el Centro se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social, y no tiene pendiente de
justificación subvención alguna, otorgada por la Ciudad Autónoma, autorizando a la Ciudad Autónoma
de Melilla, para recabar de las Administraciones
competentes la comprobación de dichos extremos.
Melilla a
Fdo.
DNI.
Director/a del
EXCMO.
SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES

PROGRAMA DE
REPOSICIÓN DELIBROS DE TEXTO EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA
SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA .- CURSO ACADÉMICO 2018-2019.-
CENTRO ESCOLAR:
NECESIDADES
DE LIBROS DE TEXTO :
TITULO DEL
LIBRO |
EDITORIAL |
NÚMERO DE ISBN |
CURSO |
CANTIDAD DE EJEMPLARES |
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ANEXO 3.- PETICIÓN OFERTAS MINIMO
DE TRES.-
IGUAL O SUPERIOR A 15.000 EUROS.-
Identificación del
Centro y de su Director/a |
|||
Nombre |
|
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CIF |
|
Teléfono |
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Director/a |
|

Ofertas solicitadas |
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Empresa |
Oferta Económica |
1. |
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2. |
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3. |
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|
Oferta seleccionada |
|
1.
Establecido por Orden del Consejero de Educación, Juventud y Deportes el
importe concedido a cada centro,el director del mismo solicitará los libros en librerías
de su elección.
Cuando el importe de libros a adquirir
sea igual o supere las cuantías establecidas en el artículo 118 de la Ley
9/2017, de 08 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público, para el
contrato menor (15.000 euros) el centro deberá solicitar como mínimo tres
ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del
compromiso para la entrega del bien, debiéndose seleccionar la propuesta
económica más ventajosa (menor precio).
2.
La facturas se emitirán a nombre del centro educativo,
incorporando en el concepto, además de la identificación detallada
de los libros de texto adquiridos, con especificación del precio por unidad, lo siguiente: “Libros
adquiridos en el marco del Programa de Reposición de Libros de Texto del curso académico
2018-2019, para su abono por la Consejería de Educación,
Juventud y Deportes de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
3.
Una vez adquiridos los libros la dirección del centro remitirá
a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes
de la Ciudad Autónoma de Melilla el albarán de entrega de los libros,
adjuntando el documento
presente, debidamente cumplimentado, así
como la factura conformada por el director del centro.
4.
Recibida la documentación relacionada en el apartado anterior, la Consejería
de Educación, Juventud y Deportes asumirá el pago delegado de la factura, en
sustitución del centro educativo, abonando su importe a la empresa
suministradora.
5.
En ningún caso el precio de adquisición excederá del establecido para la
venta al público de los libros adquiridos. En otro caso el centro asumirá la
diferencia con cargo a la partida de gastos de funcionamiento de su presupuesto
ordinario.
Melilla,
______________________ de 2018
El/la
Director/a del Centro.
Tipo documento |
Nombre |
CSV (link al documento) |
RC (Retención de Crédito) |
RC |
|
PTS_PRORES_WORD |
Propuesta |
|
PTS_RESOL_CONS_WORD |
Orden de Inicio procedimi |
|
Otros documentos firmados |
plan estrategico
subvenciones 2017-2019 |
|
PTS_M_0021 |
Informe propuesta
D General |

PTS_M_0007 |
Informe Jurídico
S Técnica |
e |
PTS_M_0007 |
Informe fiscalizacion
prev |
“
Melilla 24 de mayo de 2018,
El Secretario,
José Antonio Jiménez
Villoslada