ARTÍCULO Nº 509 (CVE: BOME-A-2018-509) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5553 - martes, 5 de junio de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE FOMENTO - Dirección General de la Vivienda y Urbanismo
Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla de fecha 28 de mayo de 2018, relativo a la aprobación definitiva del estudio de detalle de la manzana comprendida entre las calles África y Oceanía.
La
Excma. Asamblea de Melilla en sesión extraordinaria del 28 de mayo de 2018
acordó aprobar la siguiente propuesta de la Comisión Permanente de Fomento y
Medio Ambiente:
“INFORME
DE LA COMISIÓN DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE
FECHA:
26 DE ABRILDE 2018
ASUNTO:
APROBACION DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE DE LA MANZANA COMPRENDIDA ENTRE
LAS CALLES AFRICA Y OCEANÍA.
DICTAMEN:
Reunida
la Comisión Permanente de referencia, en la fecha de mención para tratar el
asunto indicado:
ASISTEN: D. Francisco Villena Hernández; Dª Carmina
Sanmartín Muñoz; Dª. Maria Antonia Garbín
Espigares;
Dª Cristina Rivas del Moral; Dª. Isabel María Moreno Mohamed; D. Francisco J.
Vizcaíno Sánchez;D. Hassan Mohatar Maanan; D. Mustafa Hamed Moh Mohamed; D.
Mohamed Ahmed Al-Lal ; D. Luis J.Escobar Ruiz; Dª Paz Velazquez Clavarana; D.
José L. Matías Estévez; D. Eduardo Ganzo Pérez; D. Antonio Jodar criado; D.
Luis Mayor Olea; D. José Pastor Pineda. Asimismo, asisten los Consejeros de
Fomento, D. Francisco Javier González García, y de Coordinación y Medio
Ambiente, D. Manuel A. Quevedo Mateos.
DELIBERAN: El Director
General de La Vivienda y Urbanismo informa sobre los motivos del presente
Estudio de Detalle manifestando que se trata de regularizar una manzana
compacta, como ya se ha hecho en otros casos similares. El Plan del 95 al
calificar el suelo, califica supermanzanas sin tener en cuenta que había calles
y viales consolidados. Al dar licencias ha habido problemas por este motivo,
por eso se utiliza la figura del Estudio de Detalle, para reflejar la situación
consolidada y coordinar la situación real con la urbanística y se aprovecha
para mejorar las condiciones del barrio: retranqueos, viales, etc. Se ha acordado
con los propietarios mejorar las alineaciones, ampliar las superficies de las
viviendas consolidadas y quitar callejones insalubres, de los que parte se
permutarán con propietarios colindantes. También sirve el Estudio de Detalle
para que patrimonialmente se compensen propiedades y se puedan comprar y
vender. Las pérdidas que puedan suponer las alineaciones se compensarán con
zonas públicas colindantes y se regularizarán los viales consolidados.
Contestadas
las preguntas formuladas por los miembros de la Comisión y una vez debatido el
presente asunto (las intervenciones se recogen en el acta de la sesión), se
somete a votación resultando que
ACUERDAN:
por MAYORÍA DE VOTOS A FAVOR ( 5 Grupo Popular, 1 Grupo Mixto , 1 voto en
contra de Ciudadanos y la abstención de CPM y PSOE)
Por
todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta
Comisión de Fomento y Medio Ambiente PROPONE que se adopte lo siguiente:
PRIMERO.-
Desestimar la alegación presentada por D. Abdelhakim Mohtar Amar, con DNI núm.
45.278.443E, ya que el Estudio de Detalle sometido a información pública cumple
la normativa en vigor, justificándose las determinaciones urbanísticas
propuestas en él en una mejora del entorno urbanístico, y en una clarificación
de las circunstancias urbanísticas que deben ser tenidas en cuenta para la
expedición de licencias, todo ello de conformidad con informe emitido por esta
dirección General con fecha 18/04/2018.
SEGUNDO.-
La
aprobación definitiva del Estudio de Detalle para Reajuste de Alineaciones
Interiores en manzana comprendida entre las calles África y Oceanía .
TERCERO.-
La
publicación del presente acuerdo en el B.O.C., de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 70 de la LRBRL, y la notificación individualizada a los
propietarios afectados y a quienes hubieren comparecido en el expediente.
CUARTO.-
Las
parcelas afectadas son:
SITUACIÓN |
PROPIEDAD |
REFERENCIA CATASTRAL |
OCEANIA Nº 1 |
OROZCO JIMENEZ, SALVADOR |
4746902WE0044N0001FM |
OCEANÍA Nº 3 |
TIEB TIEB, HAMETE |
4746903WE0044N0001MM |
OCEANÍA Nº 4 |
FABEIRAS GONZALEZ, ISABEL |
4746602WE0044N0001WM |
OCEANIA Nº 6 |
KADDUR ABDELKADER ABDELKADER ( HDOS) |
4766603WE0044N0001AM |
OCEANIA Nº 14 |
MOHAMED AOMAR, MALIKA |
4746605WE0044N0001YM |
OCEANIA Nº 16 |
BELAID BUCHTA, ABDERRAHAMAN |
4746606WE0044N0001GM |
OCEANIA Nº 18 |
MOHAMED HAMED, SOLEJA |
4746607WE0044N0001QM |
OCEANIA Nº
19,1º DCHA |
CIUDAD AUTONOMA MELILLA |
4746201WE0044N0001MM |
OCEANÍA Nº 19,
1º IZDA |
M’HAMED MOHAND FADMA ( HDOS) |
4746201WE0044N0002QQ |
OCEANIA Nº 19,
2º DCHA |
MOH AMAR, MIMONA ( HDOS) |
4746201WE0044N0003WW |
OCEANÍA Nº 19,
2º IZDA |
AHMED BOARFA,AHMED |
4746201WE0044N0004EE |
OCEANIA Nº 10,
3º DCHA |
BUMEDIEN HAMED, MALIKA |
4746201WE0044N0005RR |
OCEANIA Nº 19,
3º IZDA |
CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA |
4746201WE0044N0006TT |
OCEANÍA Nº 20 |
MMIMUN MOHAMED HAMED |
4746608WE0044N0001PM |
AFRICA Nº 32 |
HAMETE TIEB, OMAR |
4746904WE0044N0001OM |
AFRICA Nº 34 |
ATCHAKHOU, MOHAMED |
4746905WE0044N0001KM |
AFRICA Nº 36 |
BELAID AHMED, MOHAMED |
4746906WE0044N0001RM |
AFRICA Nº 38 |
MOHAMED MOHAMED,ABDELKADER |
4746907WE0044N0001DM |
AFRICA Nº 40 |
NOVALER S.L. |
4746908WE0044N0001XM |
AFRICA Nº 42 |
TAHAR MAHANAN, YAMINA |
4746202WE0044N0001OM |
AFRICA Nº 44 |
MOHTAR AMAR, ABDELHAKIM |
4746203WE0044N0001KM |
AVDA
DONANTES SANGRE Nº 67 |
FABEIRAS GONZALEZ, ISABEL |
4746601WE0044N0001HM |
QUINTO.-
Los
documentos que se aprueban son los siguientes:
Tipo documento |
Nombre |
CSV (identificador) |
Memoria |
Memoria |
12004575752376377726 |
Planos |
Planos |
12004576026575435655 |
SEXTO.-
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, los
interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente a la entrada en
vigor del presente Estudio de Detalle, de conformidad con los artículos 10.1.a)
y 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
A tenor de los dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/85, de
Bases de Régimen Local, podrá interponerse en el plazo de UN MES, a contar
desde el día siguiente al de la notificación, recurso de reposición con
carácter potestativo previo al contencioso-administrativo, ante la Excma.
Asamblea. Este se entenderá desestimado si transcurriere el plazo de UN MES
desde su presentación. Si opta por este recurso no podrá acudir a la vía
jurisdiccional hasta que sea resuelto expresamente o se desestime por
silencio.”
Aprobado
por mayoría con 17 votos a favor, y 6 abstenciones con los siguientes votos:
PP:
12 votos a favor
CPM:
6 Abstenciones
PSOE:
2 votos a favor
C´s:
2 votos a favor
GRUPO
MIXTO: 1 voto a favor.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Melilla 31 de mayo de 2018,
El Secretario,
José Antonio Jiménez Villoslada