Acuerdo de la Excma. Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla de fecha 28 de mayo de 2018, relativo a la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre la producción, los servicios y la importación (modalidad importación y gravámenes complementarios aplicables sobre las labores del tabaco y ciertos carburantes y combustibles) de la Ciudad de Melilla.
ANUNCIO: Aprobación inicial de la
Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre la
Producción, los Servicios y la Importación (modalidad Importación y Gravámenes
Complementarios aplicables sobre las labores del tabaco y ciertos carburantes y
combustibles) de la Ciudad de Melilla, BOME Extraordinario num. 24 de 9 de
junio de 2.015.
El Pleno de la Excma. Asamblea
de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión celebrada el 28 de mayo de 2018,
acordó aprobar inicialmente la propuesta de Modificación de la Ordenanza Fiscal
Reguladora del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación
(modalidad Importación y Gravámenes Complementarios aplicables sobre las
labores del tabaco y ciertos carburantes y combustibles) de la Ciudad de
Melilla, BOME Extraordinario num. 24 de 9 de junio de 2.015.
En dicho acuerdo
se disponía lo siguiente:
“OCTAVO.- El acuerdo de aprobación provisional será
expuesto al público por plazo mínimo de un mes, mediante anuncios en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Melilla y en el tablón de edictos de la Ciudad Autónoma
de Melilla para que los interesados puedan formular reclamaciones.
NOVENO.- Podrán presentar reclamaciones quienes
tengan un interés directo o resulten afectados por el acuerdo, y los Colegios
Oficiales, Asociaciones y demás Entidades legalmente constituidas para velar
por los intereses profesionales, económicos o vecinales, que actúen en defensa
de los que les son propios.
DÉCIMO.- Las reclamaciones presentadas deberán ser
resueltas por la Asamblea de la Ciudad de Melilla en Pleno que acordará, al
mismo tiempo la aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal. No obstante, y en
el supuesto de que no se presenten reclamaciones no será necesaria la adopción
de nuevo acuerdo, extendiéndose a tales efectos certificación acreditativa de
tal extremo por la Secretaría Técnica de la Consejería Hacienda.”
Lo que se hace público para
general conocimiento.
Melilla 5 de junio de 2018,
El Secretario Técnico de Hacienda,
Sergio Conesa Mínguez