ARTÍCULO 567 - BOME-A-2018-567

BOME Nº 5556 del viernes, 15 de junio de 2018

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3 - Juzgado de 1ª instancia e instrucción Nº 3

Notificación de sentencia a D. Aboubacar Diallo y a D. Boubacar Diallo, en procedimiento de delitos leves n 97/2017.


LEV JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000094 /2017

N .I.G : 52001 41 2 2017 0005480

Delito/Delito Leve: APROPIACIÓN INDEBIDA (TODOS LOS SUPUESTOS)

Denunciante/Querellante: MINISTERIO FISCAL, ISMAEL BAH, ISMAEL BA

Contra: ABOUBACAR DIALLO, BOUBACAR DIALLO

 

EDICTO

 

D./DÑA. RAQUEL ALONSO CHAMORRO, Letrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción num. 3 de Melilla,

 

DOY FE Y TESTIMONIO:

 

Que en el Juicio Delito Leve 94/17 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

 

Vistos por D. LAURA LOPEZ GARCIA, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de los de esta ciudad, los autos correspondientes al Juicio Delito Leve 94/17 seguidos por un presunto delito de Apropiación Indebida, incoado en virtud de denuncia y en el que han sido partes ISMAEL BAH y, como denunciado ABOUBACAR DIALLO con intervención del Ministerio Fiscal, resultan los siguientes

 

Que debo absolver y ABSUELVO A ABOUBACAR DIALLO denuncia contra dicha persona presentada.

 

Se declaran las costas de oficio.

 

Líbrese testimonio de la presenta sentencia, el cual se llevará a los autos de su razón quedando el original en el presente libro.

 

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de APELACIÓN ante este juzgado y para que sea resuelto por la Audiencia Provincial, y ello en el plazo de CINCO días

 

Así lo acuerdo, mando y firmo.

 

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION a ISMAEL BAH y a ABOUBACAR DIALLO, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín oficial de esta ciudad, expido el presente en MELILLA a 4 de Junio de dos mil dieciocho.

 

EL/LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.