ARTÍCULO Nº 573 (CVE: BOME-A-2018-573) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5557 - martes, 19 de junio de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA
Acuerdo de la Excma. Asamblea de la Ciudad Autónoma De Melilla de fecha 14 de junio de 2018, relativo a la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos por suplemento de crédito.
ANUNCIO
El pleno de la Excma. Asamblea de la
Ciudad Autónoma de Melilla en sesión celebrada el 14 de junio de 2018, adoptó
tras el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Economía y Hacienda, el
siguiente acuerdo:
Esther Donoso García-Sacristán,
Consejera de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla, da cuenta de la
tramitación del expediente de modificación de créditos por Suplementos de
Crédito financiado con Remanente Líquido de Tesorería de conformidad con la
Memoria de fecha 24 de mayo de 2018 y, al amparo del artículo 177 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales al considerar:
·
Que existen gastos contabilizados para los que
es insuficiente la consignación presupuestaria, según se certifica por el
Interventor General.
·
Que estos gastos por su naturaleza son
inaplazables para el ejercicio siguiente dado su carácter de obras, servicios o
suministros recibidos y de imposible suspensión debido a los proveedores
afectados
·
Que la modificación que se propone es necesaria
para los intereses municipales.
·
Que el remanente líquido de tesorería con los
que se financia el suplemento de crédito es adecuado y suficiente.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con
los informes aportados al expediente esta Consejería PROPONE que se adopte la siguiente:
Primero.-
Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos por
suplemento de crédito siguiente:
I.
MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS , ESTADO DE GASTOS
CRÉDITOS QUE AUMENTAN:
ANEXO |
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS |
IMPORTE |
ANEXO I |
02/93200/48900 Convenio Agente Aduanas |
409.185,53 € |
ANEXO II |
03/43901/47000 Compensación G.L.P. |
274.604,56 € |
ANEXO III |
00/92204/22698 Gastos diversos Presidencia |
36.319,16 € |
ANEXO III |
00/92205/22698 Actividades Institucionales |
7.817,36 € |
ANEXO III |
01/23102/22799 Servicio
asistencia drogodependiente |
2.615,80 € |
ANEXO III |
01/92003/22799 Gabinete prevención y salud laboral |
14.623,64 € |
ANEXO III |
02/49202/22602 Publicidad
– medios de
comunicación |
59.368,93 € |
ANEXO III |
02/93100/22799 Prestación servicios Hacienda |
5.657,60 € |
ANEXO III |
03/24102/22009 Gastos de material planes de
empleo |
137,50 € |
ANEXO III |
04/33000/22609 Área de Cultura |
22.444,55 € |
ANEXO III |
04/33800/22699 Área de Festejos |
640.525,86 € |
ANEXO III |
05/23100/22199 Bienestar Social Convenio Ministerio |
736,66 € |
ANEXO III |
05/23100/22799 Prestación servicios Centro de Menores |
13.106,52 € |
ANEXO III |
05/23101/22799 Prestación servicios Bienestar Social |
43.605,58 € |
ANEXO III |
06/45003/22799 Asistencia técnica Fomento |
108,46 € |
ANEXO III |
14/32000/21200 Instalaciones
Consejería Educación |
219,85 € |
ANEXO III |
14/32000/22699 Área de Educación |
2.397,86 € |
ANEXO III |
14/32101/21200 Reparación y mantenimiento escuela |
32.743,66 € |
ANEXO III |
14/32101/22199 Escuelas infantiles |
395,73 € |
ANEXO III |
14/32101/22700 Limpieza y vigilancia centros
docentes |
994,88 € |
ANEXO III |
14/34000/22609 Área de Deportes |
26.188,50 € |
ANEXO III |
14/34200/21200 Mantenimiento
instalaciones deportivas |
26.106,39 € |
|
TOTAL DE SUPLEMENTO DE CRÉDITOS |
1.619.904,58 € |
II.
FINANCIACIÓN DE LA MODIFICACIÓN.
CONCEPTO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
87003 |
REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA |
1.619.904,58 € |
|
TOTAL FINANCIACIÓN |
1.619.904,58 € |
Segundo.-
Exponer al Público el acuerdo de aprobación inicial mediante anuncio en el
B.O.M.E. por el plazo de 15 días, durante los cuales, los interesados podrán
presentar las reclamaciones que estimen convenientes ante el Pleno. Estas
reclamaciones serán resueltas por el Pleno en el plazo de un mes en el caso de
que no se presentaran reclamaciones durante el periodo de exposición pública se
considerará definitivamente aprobado el suplemento de crédito, entrando en
vigor una vez cumplido lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Melilla 18 de junio de 2018,
El Secretario,
José Antonio Jiménez Villoslada