ARTÍCULO Nº 573 (CVE: BOME-A-2018-573) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5557 - martes, 19 de junio de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA - CONSEJERIA DE HACIENDA


Acuerdo de la Excma. Asamblea de la Ciudad Autónoma De Melilla de fecha 14 de junio de 2018, relativo a la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos por suplemento de crédito.

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ANUNCIO

 

El pleno de la Excma. Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla en sesión celebrada el 14 de junio de 2018, adoptó tras el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Economía y Hacienda, el siguiente acuerdo:

 

Esther Donoso García-Sacristán, Consejera de Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla, da cuenta de la tramitación del expediente de modificación de créditos por Suplementos de Crédito financiado con Remanente Líquido de Tesorería de conformidad con la Memoria de fecha 24 de mayo de 2018 y, al amparo del artículo 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales al considerar:

 

·                  Que existen gastos contabilizados para los que es insuficiente la consignación presupuestaria, según se certifica por el Interventor General.

·                  Que estos gastos por su naturaleza son inaplazables para el ejercicio siguiente dado su carácter de obras, servicios o suministros recibidos y de imposible suspensión debido a los proveedores afectados

·                  Que la modificación que se propone es necesaria para los intereses municipales.

·                  Que el remanente líquido de tesorería con los que se financia el suplemento de crédito es adecuado y suficiente.

 

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente esta Consejería PROPONE que se adopte la siguiente:

 

Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos por suplemento de crédito siguiente:

 

I.             MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS , ESTADO DE GASTOS CRÉDITOS QUE AUMENTAN:

 

ANEXO

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS

IMPORTE

ANEXO I

02/93200/48900 Convenio Agente Aduanas

409.185,53 €

ANEXO II

03/43901/47000 Compensación G.L.P.

274.604,56 €

ANEXO III

00/92204/22698 Gastos diversos Presidencia

36.319,16 €

ANEXO III

00/92205/22698 Actividades Institucionales

7.817,36 €

ANEXO III

01/23102/22799 Servicio asistencia drogodependiente

2.615,80 €

ANEXO III

01/92003/22799 Gabinete prevención y salud laboral

14.623,64 €

ANEXO III

02/49202/22602 Publicidad                         medios de comunicación

59.368,93 €

ANEXO III

02/93100/22799 Prestación servicios Hacienda

5.657,60 €

ANEXO III

03/24102/22009 Gastos de material planes de empleo

137,50 € 

ANEXO III

04/33000/22609 Área de Cultura

22.444,55 €

ANEXO III

04/33800/22699 Área de Festejos

640.525,86 €

ANEXO III

05/23100/22199 Bienestar               Social     Convenio

Ministerio

736,66 €

ANEXO III

05/23100/22799 Prestación servicios Centro de

Menores

13.106,52 €

ANEXO III

05/23101/22799 Prestación servicios Bienestar Social

43.605,58 €

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ANEXO III

06/45003/22799 Asistencia técnica Fomento

108,46 €

ANEXO III

14/32000/21200 Instalaciones        Consejería

Educación

219,85 €

ANEXO III

14/32000/22699 Área de Educación

2.397,86 €

ANEXO III

14/32101/21200 Reparación y mantenimiento escuela

32.743,66 €

ANEXO III

14/32101/22199 Escuelas infantiles

395,73 €

ANEXO III

14/32101/22700 Limpieza y vigilancia centros docentes

994,88 €

ANEXO III

14/34000/22609 Área de Deportes

26.188,50 €

ANEXO III

14/34200/21200 Mantenimiento     instalaciones deportivas

26.106,39 €

 

TOTAL DE SUPLEMENTO DE CRÉDITOS

1.619.904,58 €

 

II.             FINANCIACIÓN DE LA MODIFICACIÓN.

 

CONCEPTO

DESCRIPCIÓN

IMPORTE

87003

REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA

1.619.904,58 €

 

TOTAL FINANCIACIÓN

1.619.904,58 €

 

Segundo.- Exponer al Público el acuerdo de aprobación inicial mediante anuncio en el B.O.M.E. por el plazo de 15 días, durante los cuales, los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen convenientes ante el Pleno. Estas reclamaciones serán resueltas por el Pleno en el plazo de un mes en el caso de que no se presentaran reclamaciones durante el periodo de exposición pública se considerará definitivamente aprobado el suplemento de crédito, entrando en vigor una vez cumplido lo dispuesto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 

Melilla 18 de junio de 2018,

El Secretario,

José Antonio Jiménez Villoslada