ARTÍCULO Nº 579 (CVE: BOME-A-2018-579) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5557 - martes, 19 de junio de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - UNIVERSIDAD DE GRANADA - Servicio de Personal Docente e Investigador


Resolución de 11 de junio de 2018, relativa a convocatoria de concurso público para la adjudicación de contratos de profesores asociados de ciencias de la salud, para el curso 2018/2019, en el Campus de Melilla

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RESOLUCIÓN DE 11 DE JUNIO DE 2018, DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA, POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO PÚBLICO PARA LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS DE PROFESORES ASOCIADOS DE CIENCIAS DE LA SALUD PARA EL CURSO 2018/2019 EN EL CAMPUS DE MELILLA.

 

Conforme a las normas contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; Real Decreto 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones del mismo; el Primer Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA de 9 de mayo de 2008; Real Decreto 1558/86 de 28 de junio (modificado por Real Decreto 1652/1991 de 11 de octubre), y la Adenda de fecha 15 de marzo de 2018 al Convenio de colaboración suscrito el 1 de septiembre de 2011 entre la Universidad de Granada y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) para la realización de prácticas en Centros Sanitarios de Ceuta y Melilla,  se convoca Concurso Público para la adjudicación de contratos de Profesores Asociados de Ciencias de la Salud en el Campus de Melilla que figuran en el anexo I de plazas de esta Resolución.

 

1. PLAZAS.

Las relacionadas como Anexo I adjunto.

2. CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS

 

2.1. Tipo de contrato: Laboral. Los Profesores Asociados de Ciencias de la Salud serán contratados, con carácter temporal y con dedicación a tiempo parcial según se establece en el Real Decreto 1558/86, de 28 de junio (BOE nº 182, de 31 de julio).

2.2. Duración: Los contratos tendrán una duración de un curso académico, prorrogable sólo en el caso de que se mantengan las necesidades docentes que determinaron la dotación de la plaza.

2.3. Edad: Haber cumplido 16 años y no superar la edad reglamentaria de jubilación.

2.4. Régimen de dedicación: Tiempo parcial 3 horas de docencia semanales y un número igual de horas de tutorías y asistencia a los alumnos, que se desarrollarán dentro de la jornada laboral legalmente establecida para su actividad asistencial.

2.5. Titulación: Licenciado, Graduado Universitario, o Diplomado Universitario. Igualmente, deberán de estar en posesión del título oficial de especialista que se corresponda con la plaza convocada.

2.6. Requisitos específicos: Los concursantes deberán ser personal asistencial con plaza en propiedad del INGESA destinados en el Servicio o Área Asistencial al que concurse y estarán en servicio activo en el mismo.

 

Los contratos que se adjudiquen estarán vinculados a la correspondiente Área de Conocimiento y Departamento de la Universidad de Granada, así como al Centro Hospitalario o Centro de Asistencia Primaria del Área Hospitalaria correspondiente y al Servicio y/o Unidad Asistencial descritos en el Anexo de plazas.

 

2.7. Funciones: Las funciones a realizar por los contratados y su régimen jurídico, en general, será el contenido en el Real Decreto 1558/86 y en la legislación de aplicación al caso.

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No podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o se encuentren inhabilitados para el ejercicio de las funciones públicas o padezcan enfermedad física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

 

3. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN

3.1.  Los/as interesados/as en tomar parte en el concurso formalizarán su solicitud a través del modelo que será facilitado gratuitamente en la página web de la Universidad de Granada (serviciopdi.ugr.es).

 

La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de esta Universidad (Edificio Hospital Real, C/ Cuesta del Hospicio, s/n), registros auxiliares del  mismo, o por cualesquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el Servicio de Correos antes de ser certificadas.

 

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de siete días hábiles a partir del siguiente al de la publicación esta resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.

3.3. A la solicitud se deberá acompañar para cada una de las plazas a las que se aspire, los siguientes documentos, EN SOPORTE PAPEL:

 

a)    Fotocopia  de la titulación principal requerida o, en su defecto, fotocopia  del justificante de haber abonado los derechos para la expedición de la misma. En el caso de titulaciones extranjeras deberá acreditarse la correspondiente homologación o reconocimiento por el órgano competente.

b)    Fotocopia del título oficial de especialista o, en su defecto, fotocopia  del justificante de haber abonado los derechos para la expedición de la misma.

c)     Fotocopia del DNI o pasaporte.

d)    Justificante de haber abonado en  Bankia en la cuenta abierta a nombre de “Universidad de Granada. Pruebas selectivas” c.c.c. ES05 20383505366400012738 la cantidad de 30 euros en concepto de derechos. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

 

 Estarán exentas del pago de los precios públicos:

 

·         Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado de tal condición.

·         Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.

 

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo anterior se solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.

 

En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para lo que se podrá utilizar el modelo que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria.

 

Ambos documentos, certificación y declaración, deberán acompañar a la solicitud.

 

·         Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.

·          Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La

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 condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

 

e)    Certificación de ser personal asistencial del INGESA con plaza en propiedad y destino en el Servicio o Área Asistencial al que concurse.

 

La no aportación de lo establecido en este apartado en el plazo de presentación de solicitudes o en el de subsanación a que se refiere la base 4.2, determinará la exclusión automática del solicitante en este procedimiento.

 

3.4. Los/as aspirantes deberán aportar obligatoriamente los documentos acreditativos de los méritos alegados EN SOPORTE CD/DVD. El CD/DVD debe estar debidamente identificado con el nombre del concursante y el código de la plaza. Cada mérito debe acreditarse en un único archivo PDF que contendrá uno o varios documentos. Los archivos deben estar debidamente ordenados y numerados de manera correlativa, en el mismo orden en que aparezcan en la solicitud. Concretamente, los/as aspirantes deberán aportar en soporte CD/DVD la siguiente documentación:

 

a)    Certificación académica, o fotocopia de la misma, en la que consten las calificaciones obtenidas en su carrera universitaria principal.

b)    Justificación documental de cada uno de los méritos alegados en el curriculum, que deberán ser aportadas íntegramente para su examen por la Comisión de  Evaluación.

c)     Declaración responsable firmada por el/la aspirante en la que se indique que las fotocopias de los justificantes documentales de los méritos alegados son fiel reflejo de los originales. El modelo se encuentra disponible para ser descargado de la página web del Servicio de Personal Docente e Investigador (http://serviciopdi.ugr.es).

 

Todos los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial  si así es requerido por la Comisión de Evaluación.

 

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna solicitud de modificación salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Comisión de Evaluación.

 

Todos los requisitos, méritos y circunstancias alegados por los concursantes deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de  presentación de solicitudes.

 

3.5. La Comisión de Evaluación no valorará aquellos méritos que siendo alegados en la solicitud no estén debidamente justificados.

3.6. Serán motivos de exclusión, entre otros, la falta de firma por parte del/la interesado/a, no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para cada una de las plazas convocadas y presentar la solicitud fuera del plazo establecido.

 

Así mismo, será causa de exclusión el estar el/la interesado/a ocupando una plaza de igual categoría, área de conocimiento, dedicación,  perfil y campus.

 

4. LISTA DE ADMITIDOS

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de la Universidad de Granada dictará Resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

 

La citada resolución será publicada en el tablón de anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador, sirviendo de notificación a los interesados. A partir de dicha fecha de publicación se contarán los plazos. Asimismo se publicará en la página web de la Universidad de Granada (serviciopdi.ugr.es).

 

4.2. Contra la anterior Resolución, los interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para poder subsanar los defectos en que hayan podido incurrir. Dicha subsanación se realizará presentando escrito en cualquiera de los 
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registros oficiales,  acompañando al mismo la documentación correspondiente, EN SOPORTE PAPEL.

 

Cuando algún/a interesado/a, habiendo presentado la solicitud dentro de plazo, no acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados, dispondrá de ese mismo plazo (diez días hábiles desde la publicación de la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as) para la presentación de dichos documentos acreditativos en los registros oficiales. Esta documentación se presentará obligatoriamente EN SOPORTE CD/DVD (archivos PDF) debidamente identificado con el nombre del concursante y el código de la plaza.

 

La Resolución que apruebe definitivamente las listas de admitidos pondrá fin a la vía administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados para ello podrán formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada Resolución o potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.

 

5. RESOLUCIÓN DEL CONCURSO

5.1. Las Comisiones encargadas de resolver estos concursos estarán constituidas,  de acuerdo con lo previsto en el artículo 126 de los Estatutos de la Universidad de Granada, por los siguientes  miembros:

 

·         El Vicerrector competente en materia de profesorado, o persona en quien delegue, que la presidirá.

·         El Decano o Director del Centro donde principalmente vaya a impartir docencia el contratado o la contratada, o persona en quien delegue.

·         El Director del Departamento al que se adscriba la plaza, o persona en quien delegue.

·         Tres profesoras o profesores doctores del ámbito del conocimiento con vinculación permanente a la Universidad de Granada, a propuesta del departamento, y sus respectivos suplentes, procurando una composición equilibrada entre mujeres y hombres.

·         Un profesor o profesora doctor con vinculación permanente a la Universidad de Granada a propuesta de la representación de las trabajadoras y los trabajadores, y su suplente.

 

La composición de cada Comisión será publicada en el Tablón de Anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador de esta Universidad y asimismo se publicará en su página web (http://serviciopdi.ugr.es)

 

5.2. La Comisión de Evaluación, una vez constituida, examinará el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases.

5.3. La Comisión valorará a los aspirantes de acuerdo con  los Criterios generales a efectos de valoración  de méritos para la contratación de profesorado de la Universidad de Granada aprobados en Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada  de 23 de julio de 2004 y modificados en Consejo de Gobierno en su sesión de 28 de julio de 2011 (BOJA de 8 de agosto).

 

La Comisión, una vez constituida y antes de acceder a los expedientes de los concursantes, hará públicos en el Tablón de Anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador los criterios de concreción a que se refiere el baremo general.

 

La Comisión será competente para resolver las dudas que puedan surgir en relación con la aplicación e interpretación del baremo.

 

La Comisión podrá solicitar a los/as concursantes la aportación de documentación complementaria a la ya presentada.

 

5.4. La Comisión resolverá el concurso y hará la correspondiente propuesta de contratación a favor del concursante o de los concursantes (según sea una o más las plazas convocadas) mejor valorados. En todo caso, hará público en el Tablón de Anuncios del Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad el resultado del mismo, especificando las puntuaciones parciales obtenidas en cada uno de los apartados que se hubieran considerado en el baremo. La propuesta será elevada a la  Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Granada.

5.5. Todos los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la plaza/s, cuando a juicio de la Comisión los curricula de los/as aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente o 
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asistencial de la plaza o cuando no se adecue mínimamente a las exigencias académicas de la misma.

5.6. La comunicación del resultado del concurso a los/as aspirantes, seleccionados o no, se entenderá practicada mediante la publicación de la propuesta efectuada por la Comisión de Evaluación en el Tablón de anuncios del Servicio de Personal de la Universidad de Granada. A tal fin los aspirantes deberán actuar con la diligencia razonable para estar al corriente del desarrollo del concurso y de la publicación en el tablón de anuncios oficial, cuya fecha de plasmación se hará constar en el mismo anuncio.

5.7. La lista de valoración de los concursantes efectuada por la Comisión de Evaluación podrá ser usada por riguroso orden de puntuación para el caso de que fuese necesario realizar una contratación para sustituir a un profesor o atender necesidades docentes urgentes durante el curso académico 2018-2019.

 

6. RECURSO DE ALZADA

6.1. Contra el acuerdo de la Comisión de Evaluación formulando la propuesta de provisión de la plaza, los interesados podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Tablón de anuncios del Servicio de Personal, ante el Rector de la Universidad de Granada que resolverá una vez recabada la información necesaria.

6.2. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se entenderá desestimado el recurso y quedará expedita la vía procedente.

6.3. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de provisión o formalización del contrato, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o, aprecie en la fundamentación de la impugnación la existencia manifiesta de causa de nulidad de pleno derecho, A tal fin se formalizará el contrato laboral con el/la aspirante propuesto/a, sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso tanto en vía administrativa como jurisdiccional, llevara consigo la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.

 

7. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS

7.1. Realizadas las propuestas, la Rectora extenderá los correspondientes contratos previa presentación por parte del/la candidata/a de la documentación que le sea requerida a tal efecto. Los/as interesados/as tendrán un plazo máximo para ello de cinco días hábiles a contar desde la publicación de la propuesta de provisión. En el caso de no presentarse el/la interesado/a en el referido plazo a la firma del contrato, se entiende que renuncia a sus derechos, salvo casos de fuerza mayor, libremente apreciados por el Rectorado.

7.2. La celebración o subsistencia del contrato se condiciona a la autorización de la compatibilidad con la actividad que venga desempeñando o con aquellas otras públicas o privadas que pueda desempeñar durante la vigencia del contrato.

7.3. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación del/la aspirante seleccionado/a, podrá formalizarse la incorporación con el7la siguiente más valorado, si la Comisión no hubiese acordado que este/a candidato/a no se ajusta al perfil docente de la plaza o cuando no se adecue a las exigencias académicas de la misma.

 

8. CUSTODIA DE DOCUMENTACIÓN

8.1. La documentación de los/as candidatos/as a plazas que no hayan sido objeto de recurso podrá ser retirada del Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador, por los/as interesados/as,  durante el plazo de un mes a partir del segundo mes desde la publicación de la resolución definitiva del Rectorado.

8.2. La documentación de los candidatos a las plazas que hayan sido objeto de recurso no podrá ser retirada hasta la firmeza de la resolución cuestionada.

 

9. DISPOSICIÓN FINAL

9.1. El concurso y posterior contratación se regirá por las normas de la presente convocatoria, por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; Real Decreto 898/1985 de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario y posteriores modificaciones del mismo, en todo lo que no se oponga a la anterior Ley; Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, y demás normas de carácter general que resulten de aplicación.

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9.2  La convocatoria, sus bases y cuantos actos se deriven de la misma y de las actuaciones de la Comisión de Evaluación, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Granada, 11 de junio de 2018

LA RECTORA
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UNIVERSIDAD DE GRANADA

ANEXO I: PLAZAS DE PROFESORADO CONTRATADO

 

Numero

Dedicación

Departamento

Ámbito de conocimiento

Perfil

Nº plazas

1/5M/PCS/1819

3+3 horas

CIRUGÍA Y SUS ESPECIALIDADES

CIRUGÍA

ACTIVIDAD DOCENTE: Propia del Área en el Grado de Fisioterapia en el Campus de Melilla. CATEGORÍA ASISTENCIAL: Facultativo Especialista de Área. CENTRO ASISTENCIAL: Hospital Comarcal de Melilla (C/ Remonta, 2, 52005 Melilla). ESPECIALIDAD: Traumatología o Cirugía.

 

ACTIVIDAD ASISTENCIAL: Propia de la especialidad

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