ARTÍCULO 582 - BOME-A-2018-582

BOME Nº 5558 del viernes, 22 de junio de 2018

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - Dirección General de Función Pública

Emplazamiento y remisión de expediente en recurso Contencioso-Administrativo P.O. nº 278/2018 seguido a instancias de D. Diego Requena Callejón.


El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga en escrito de fecha 29 de mayo de 2018, con entrada en Registro de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas, al número 2018055943 de 07 de junio de 2018 comunica lo siguiente:

 

En el recurso contencioso Administrativo, P.O. 278/2018, iniciado a instancias de D. Diego Requena Callejón, por resolución de esta fecha y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa (LJCA), se ha acordado requerir a esa Administración la remisión a esta Sala   del expediente administrativo correspondiente a la actuación administrativa impugnada.

 

El expediente será remitido en el plazo máximo de veinte días improrrogables, contados desde el siguiente de la entrada de este oficio en el registro general de ese órgano (artículo 48.3 LJCA). Debe comunicarse sin dilación a este Tribunal la fecha de entrada del oficio en el Registro General (art. 48.3 LJCA) Para ello se remite junto con esta comunicación un ejemplar de acuse de recibo, interesando se devuelva cumplimentado. La forma de remisión será expediente original o copia autentificada, completo foliado y con índice de documentos.

 

La administración, al remitir el expediente administrativo, debe comunicar si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contencioso-administrativos en relación con la misma actuación administrativa impugnada en este recurso, o con otras en los que exista conexión con aquélla (artículo 38.1 LJCA).

 

-                     La resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo debe notificarse en los CINCO días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en este recurso en el plazo de NUEVE DIAS (artículo 49.1 LJCA.)

-                     La notificación debe practicarse con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regula el procedimiento administrativo común (artículo 49.1 LJCA)

-                     Hechas las notificaciones, debe enviarse el expediente a esta Sala, incorporando la justificación de emplazamiento o emplazamientos efectuados (artículo 49.2 LJCA).

-                     Si no hubieran podido practicarse los emplazamientos dentro del plazo fijado para la remisión del expediente, éste debe remitirse sin demora posteriormente la justificación de los emplazamientos, una vez se ultimen (artículo 49.2 LJCA).

El emplazamiento de la Administración para comparecer como parte demandada en el recurso se entiende efectuado por la reclamación del expediente (artículo 50.1 LJCA).

-                     Las Administraciones Públicas se entienden personadas en el procedimiento por la remisión del expediente.”

 

Lo que le traslado para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la Ley de la Jurisdicción contencioso Administrativa (Ley 29/98, de 13 de julio), en relación con los arts. 40 al 43 de la Ley 39/15, se procede a notificar a cuantos sean interesados en el procedimiento, mediante publicación del Acuerdo en el BOME, que disponen de nueve días para personarse en el juzgado.

 

Melilla a 19 de junio de 2018,

La Secretaria Técnica de Economía,

Empleo y Administraciones Públicas

Gemas Viñas del Castillo