ARTÍCULO Nº 643 (CVE: BOME-A-2018-643) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5562 - viernes, 6 de julio de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO


Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 29 de junio de 2018, relativo a concesión de subvención directa a Escuela de Arte Miguel Marmolejo.

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DILIGENCIA:

 

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

PUNTO DECIMO SEGUNDO.- SUBVENCIÓN A ESCUELA DE ARTE MIGUEL MARMOLEJO.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar propuesta de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, que dice literalmente lo siguiente:

PROPUESTA AL CONSEJO DE GOBIERNO

 

El artículo 16, apartado 27, del vigente Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla atribuye al Consejo de Gobierno la aprobación de la concesión directa de subvenciones nominativas, cuando estas igualen o superen los 18.000 euros.

 

Por ello, instruido el expediente administrativo pertinente y efectuadas las correcciones oportunas, con sujeción a las bases reguladoras de la concesión de ayudas y subvenciones públicas por el procedimiento de concesión directa en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (antes Educación y Colectivos Sociales), publicadas en el BOME nº 5202, de 23 de enero de 2015, VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO, la concesión de una subvención directa a ESCUELA DE ARTE MIGUEL MARMOLEJO , con CIF Q 2968013I, por importe de 30.000,00 euros, al objeto del funcionamiento ordinario del centro durante el año 2018, con cargo a la aplicación presupuestaria 2018 14/32318/47000, RC nº 12018000007194, debiendo destinarse a sufragar los siguientes gastos, sin perjuicio de que tratándose de estimaciones determinados apartados requieran una mayor aportación que se atendería detrayendo cantidades previstas para los otros, previa autorización del Consejero de Educación, Juventud y Deportes:

 

Actuación

Importe estimado / €

Suministros y servicios relativos a ebanistería.

2.278,79

Suministros y servicios relativos a ferretería.

1.862,01

Suministros y servicios relativos a Serigrafia.

7.990,22 €

Suministros y servicios relativos a informática/ audiovisuales.

17.071,42 €

Elementos de protección individual

797,56 €

Otros análogos a los anteriores.

 

TOTAL

30.000 €

 

La aportación económica por parte de la Ciudad Autónoma de Melilla se abonará mediante pago anticipado, a la adopción del presente acuerdo, con carácter de “a justificar”, dispensándose la constitución de garantía en atención al objeto de la subvención.

 

La percepción de la subvención es compatible con los ingresos que para el mismo objeto pueda percibir la entidad beneficiaria, procedentes de cualesquiera personas o entidades tanto públicas como privadas, si bien su importe no podrá superar el coste 
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total de la actividad subvencionada, en cuyo caso se minorará la subvención en la cantidad correspondiente.

 

El beneficiario podrá subcontratar totalmente la actividad subvencionada, en los términos y condiciones establecidos en la Ley General de Subvenciones.

 

La justificación se realizará mediante rendición de cuenta justificativa que comprenderá el coste total anual  2018 de la actividad subvencionada y la totalidad de ingresos y los justificantes de gastos imputados a sufragar dicha actividad.

 

La cuenta justificativa se presentará en el plazo máximo de tres meses desde la conclusión de la actividad subvencionada, ante la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, que una vez conformada la remitirá, en su caso, a la Intervención General de la Ciudad para el ejercicio de la función fiscalizadora que tiene encomendada.

 

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás concordantes, contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla, en el plazo de un mes a partir del día de su publicación, o bien  directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala lo Contencioso de Málaga, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde la publicación del mismo.”

 

Tipo documento

Nombre

CSV (link al documento)

RC (Retención de Crédito)

RC 2018

12002640546276673241

PTS_PRORES_WORD

Propuesta

11777113206655772065

PTS_RESOL_CONS_WORD

Orden de inicio procedimiento

11777131253373474066

Solicitud

Solicitud

11775154774432376514

Otros documentos firmados

Certificado agencia tributaria no deudas.pdf

12006014755540670074

Otros documentos firmados

Certificado CAM de no deudas.pdf

12006014115056336064

Otros documentos firmados

Certificado Seguridad Social de no deudas.pdf

12006014120726511267

JUSTIFICACION 2017 PRESENTADA

 

12006014271430677045

PTS_M_0036

HACE CONSTAR DIRECCION GENERAL

12005000755336130250

PTS_M_0007

Informe Propuesta Dirección General

11777075013305331033

PTS_M_0007

Informe Jurídico Secretaría Técnica

11777074246461771465

PTS_M_0007

Informe Intervención Fiscalización Previa

11777073652611112233

 

 

Melilla 3 de julio de 2018,

El Secretario,

José Antonio Jiménez Villoslada