ARTÍCULO Nº 647
(CVE: BOME-A-2018-647)
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BOME Nº 5562 - viernes, 6 de julio de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Extracto de la orden nº 2559 de fecha 26 de junio de 2018, relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a PYMES dentro del régimen de ayudas para la adecuación, mejora, ampliación y/o modernización de los locales comerciales y de servicios en Melilla. año 2018.

TituloES:
Convocatoria del del régimen de ayudas para la adecuación, mejora, ampliación
y/o modernización de los locales comerciales y de servicios en Melilla. Año
2018
TextoES:
BDNS(Identif.):406268
Extracto de la
Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas nº 2018002559
de fecha 26 de junio de 2018, por el que se convocan subvenciones destinadas a
pymes dentro del régimen de ayudas para la adecuación, mejora, ampliación y/o
modernización de los locales comerciales y de servicios en Melilla. Año 2018
BDNS (identif.):
406268
De conformidad
con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 18 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http:://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Las ayudas de
la presente convocatoria se acogen al Reglamento (CE) Nº 1407/2013 de la
Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos
107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
minimis, publicado en el DOUE L352 de 24/12/2013
Primero. Beneficiarios:
Serán
beneficiarios de este tipo de ayudas las pymes, entendidas como tales las
definidas por la Unión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de
la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas
categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado; publicado en DOUE L187 de 26 de junio de 2014,
o posterior que la sustituya.
Se entiende
por PYME las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que empleen
a menos de 250 personas.
b) Que su
volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance
general anual no exceda de 43 millones de euros.
c) Que el
cómputo de efectivos y límites en caso de empresas asociadas o vinculadas se
efectúen como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del Anexo de la
recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003.
También podrán
acceder a la condición de beneficiarios las personas físicas, empresarios, que
lleven a cabo los proyectos, actividades o comportamientos recogidos en la
presente convocatoria y que cumplan los requisitos que se establecen para las
pyme en este punto.
Las/os
empresas/empresarios beneficiarios/os deberán tener local abierto al publico en
el ámbito territorial de aplicación definido en las Bases Reguladoras.

de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones
No podrán
presentar solicitud de subvención aquellas empresas que tengan concedidas
subvenciones anteriores que estén pendientes de justificación.
Segundo. Objeto.
Esta
convocatoria tiene por objeto facilitar, mediante subvenciones financieras,
adecuación, mejora, ampliación o modernización de microempresas ubicadas en la
Ciudad Autónoma de Melilla.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases
reguladoras de esta convocatoria se encuentran en el Acuerdo del Consejo de
Gobierno de fecha 05 de abril de 2018, relativo a la modificación de las bases
reguladoras del régimen de ayudas a la para la adecuación, mejora, ampliación
y/o modernización de los locales comerciales y de servicios en Melilla. Se
puede consultar en la página web: http://www.melilla.es/mandar.php/n/11/4165/5550.pdf
Cuarto. Cuantía.
Estas ayudas
se financiarán con cargo al Presupuesto General Consolidado de la Ciudad
Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para
el año 2018, en concreto por los Presupuestos generales de la Sociedad para la
Promoción Económica de Melilla, Proyecto Melilla, S.A.U., aplicación
presupuestaria 08/43300/74000 por importe máximo de 400.000,00 euros.,
Retención de crédito número 12018000027332
Para la
Convocatoria se establecen dos periodos de resolución. Las solicitudes
presentadas se resolverán conforme al procedimiento de concurrencia competitiva
y convocatoria abierta previsto en el artículo 13 de las bases reguladoras y
considerando el límite presupuestario previsto para cada periodo.
El crédito
disponible para esta Convocatoria queda fraccionado para cada uno de los
periodos de resolución previstos en la convocatoria de la siguiente forma:
1er.
Periodo: 200.000,00-€
2º
Periodo: 100.000,00-€
3er.
Periodo: 100.000,00-€
Los remanentes
presupuestarios de cada periodo de resolución quedarán incorporados a los
periodos sucesivos previstos en la presente convocatoria.
Las ayudas
para financiar parcialmente la correspondiente inversión fija, serán de un
porcentaje fijo del 75% sobre la inversión elegible para aquellas empresas de
entre 0 y 3 trabajadores, y del 60%, para empresas con mas de tres
trabajadores.
La cuantía
máxima, dentro del presupuesto de cada convocatoria, que se podrá conceder por
proyecto de inversión y beneficiario será de 8.000,00 euros.
No podrán
presentar solicitud de subvención, aquellas empresas que tengan concedidas
subvenciones anteriores que estén pendientes de justificación.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Para la
presente convocatoria se establecen los plazos de presentación de solicitudes
siguientes:
Primer plazo
15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Segundo plazo
desde el día siguiente a la finalización del primer plazo hasta el 27/07/2018.
Tercer plazo,
desde el 28/07/2018 hasta el 14/09/2018 a las 13:30 horas.
Sexto. Forma de las solicitudes.
Las
solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en las oficinas
de Proyecto Melilla S.A., así como en su página web www.promesa.net. que
reflejará, en todo caso, el contenido mínimo a que se refiere el artículo 66 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

La solicitud
deberá acompañarse los documentos señalados en el apartado 4 del punto Sexto de
la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas nº
2018002559 de fecha 26 de junio de 2018.
Lugar de la
Firma: Melilla
Fecha de la
Firma: 2018-06-26
Firmante:
Consejero de Economía, Empleo y Administraciones Públicas, Daniel Conesa
Mínguez