ARTÍCULO Nº 648
(CVE: BOME-A-2018-648)
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BOME Nº 5562 - viernes, 6 de julio de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Acuerdo de colaboración entre la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada, para el fomento del espíritu emprendedor en el Campus de Melilla.

ACUERDO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA
UNIVERSIDAD DE GRANADA PARA EL FOMENTO DEL ESPÍRITU EMPRENDEDOR EN EL
CAMPUS DE MELILLA
En Melilla a 19 de junio de
2018
REUNIDOS
De una parte el Excmo. Sr. D. Daniel Conesa Mínguez, Consejero de
Economía, Empleo y Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla,
en virtud de Decreto de la Presidencia de la Ciudad Autónoma nº 89 de 30 de
septiembre de 2016 (B.O.M.E. Extraordinario núm. 18 de 3 de octubre de 2016
) competente en virtud de lo señalado en
el artículo 33 del Reglamento del
Gobierno y de la Administración de la Ciudad (B.O.M.E. Extraordinario nº 3 de
30 de enero de 2017).
De otra la Excma. Sra. Dña. María del Pilar Aranda Ramírez, Rectora
Magnífica de la Universidad de Granada, según Decreto 157/2015, de 19 de junio,
de la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía (BOJA núm.
119, de 22 de junio de 2015), como representante de la misma, con domicilio
social en Hospital Real, Cuesta del Hospicio s/n, 18071 Granada y con CIF
Q1818002 F, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 45.k de los
Estatutos de la Universidad de Granada aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de
julio de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de
Andalucía (BOJA núm. 147 de 28 de julio de 2011).
INTERVIENEN
En nombre y representación de sus respectivas instituciones, en el
ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas
MANIFIESTAN
I.
Que la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones
Públicas tiene por objeto el fomento del empleo (Apartado 1.1.1. K) del Decreto
de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, B.O.M.E.
Extraordinario núm. 17 de 30 de Septiembre de 2016).
II.
Que la Consejería a través del Programa de Agentes de
Empleo y Desarrollo Local (Programa cofinanciado por la Ciudad Autónoma de
Melilla y el Servicio Público de Empleo Estatal), en adelante AEDL, tiene como
misión principal colaborar en la promoción e implantación de las políticas
activas de empleo relacionadas con la creación de la actividad empresarial, así
como difundir y estimular potenciales oportunidades de creación de actividad
entre emprendedores.
III.
El Programa AEDL es particularmente sensible al desarrollo
del Espíritu Emprendedor, fomentando el Espíritu Emprendedor y la cultura
empresarial con difusión de herramientas existentes para un eficaz y eficiente
desarrollo de ideas empresariales, estimulando la inserción laboral de los
jóvenes por la vía del autoempleo y la creación de pequeñas y medianas empresas.
IV.
Que la Universidad de Granada es una entidad de Derecho
Público que tiene entre sus objetivos la creación, desarrollo, transmisión y
crítica del saber mediante una docencia e investigación de calidad y
excelencia, así como la contribución al progreso y al bienestar de la sociedad,
mediante la producción, transferencia y aplicación práctica del conocimiento y
la proyección social de su actividad en los ámbitos nacional e internacional. A
tal efecto, promoverá

la difusión de la ciencia, la cultura, la creación
artística y el compromiso solidario, por sí o en colaboración con entidades
públicas o privadas, mediante Acuerdos, la extensión universitaria, la
cooperación al desarrollo y la creación de otras personas jurídicas.
V.
Que la Universidad de Granada tiene fijado como un objetivo
principal dentro de su política de transferencia de conocimiento el impulso,
desarrollo y fomento de una cultura emprendedora en el ámbito universitario
mediante la creación de Empresas Innovadoras de Base Tecnológica y Spin-Off, entendidas
como tales aquellas formadas por miembros de la comunidad universitaria
altamente cualificados que surgen de los Grupos de Investigación de la propia
Universidad o de su entorno más inmediato y que desarrollan teorías, técnicas,
instrumentos o procedimientos industriales, originales o innovadores, que
permiten la transformación del conocimiento científico generado en la
Universidad en productos, procesos o servicios comercializables.
VI.
Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación, establece en su artículo 34 que las Universidades
públicas pueden suscribir Acuerdos de colaboración sujetos al derecho
administrativo, entre los propios agentes públicos, o con agentes privados que
realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales,
supranacionales o extranjeros, para la realización conjunta de actividades.
VII.
Que para la correcta consecución de los objetivos
propuestos en el presente Acuerdo de Colaboración las Administraciones
coordinarán sus actuaciones, cada una en el ámbito de sus competencias, para
lograr una mayor eficacia de los recursos destinados a la educación, así como
las actuaciones que tuvieran finalidades educativas o consecuencias en la
educación de los niños y jóvenes, y deberá hacerse en coordinación con la
administración educativa correspondiente.
VIII.
Que la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas de la Ciudad
Autónoma de Melilla, y la Universidad de Granada a través de su Facultad de
Ciencias Sociales de la Universidad de Granada en Melilla tienen el propósito
de desarrollar un Concurso de Emprendedores entre los jóvenes universitarios
para el fomento del espíritu emprendedor.
Por todo lo
expuesto, las Entidades firmantes, constitucional y estatutariamente vinculadas
con los principios de eficacia y coordinación de la actividad administrativa,
de conformidad con lo expuesto y con el fin de concertar la ejecución y gestión
de los objetivos propuestos, formalizan el presente Acuerdo de Colaboración con
arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto del Acuerdo.
El objeto del presente Acuerdo entre la Consejería de Economía, Empleo y
Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Facultad de
Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad de Granada en Melilla, es
determinar las bases de colaboración, para la realización de una actividad que
se desarrollará a lo largo del curso 2017/2018 y que tiene como finalidad el
fomento del espíritu emprendedor de los jóvenes, alumnos de dicha Facultad.
Concretamente, la actuación que se va a llevar a cabo se denominará
"Concurso de Emprendedores 2017/2018". Las Bases del Concurso se
recogen en el Anexo 1 del documento y se entenderá a todos los efectos como
parte integrante del presente Acuerdo.
SEGUNDA
– Compromisos de las partes.
2.1.
Por parte de Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas de la
Ciudad Autónoma de Melilla:
La Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas de la
Ciudad Autónoma de Melilla se compromete a desarrollar, a través del Programa
AEDL, un proyecto educativo dirigido a los alumnos de la Facultad de Ciencias
Sociales y Jurídicas de la Universidad de Granada en Melilla para el fomento
del espíritu emprendedor.
La Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas de la
Ciudad Autónoma de Melilla contribuye al proyecto: sufragando los gastos
generados, por las gestiones, organización, publicidad y difusión en medios de
comunicación; así como abonando los premios que se establecen en las Bases del
Concurso.
Para ello, existe dotación presupuestaria suficiente en el Área de
Economía y Empleo (Consultoría y Asistencia Técnica) en el anteproyecto de
presupuestos 2018, por un importe máximo de 4.000 €.

2.2.
Por parte de la Universidad de Granada:
La Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad de
Granada en Melilla contribuirá a la difusión de todas las actividades que se
llevarán a cabo, facilitando la comunicación con los responsables nombrados
para el proyecto, profesores y alumnos, colaborando en la convocatoria y
facilitando el uso de sus instalaciones, equipo y material necesario,
colaborando activamente con la Ciudad para la consecución de los objetivos del
presente Acuerdo.
TERCERA.-
Duración.
El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su firma y prolongará su
vigencia hasta la finalización del curso académico 2017/2018.
CUARTA.-
Seguimiento.
Cualquiera de las partes firmantes podrá solicitar las reuniones
conjuntas que se estimen oportunas para la buena marcha del Acuerdo formando para
ello un órgano mixto de vigilancia y control, que se organizará con un mínimo
de formalismo en su funcionamiento. Dicho órgano estará formado, por parte de
la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas de la Ciudad
Autónoma de Melilla, por un técnico del Programa de Agentes de Empleo y
Desarrollo Local, y por parte de la Universidad de Granada, por la persona que
designe el Decano de la Facultad de
Ciencias Sociales y Jurídicas de la Universidad de Granada en Melilla.
QUINTA.- Confidencialidad
de la información.
Sin perjuicio de lo dispuesto en las bases del concurso respecto a la
publicación de los materiales premiados, las partes se comprometen a no
difundir, bajo ningún concepto, cualquier información referente a aspectos
científicos, técnicos, económicos o de organización interna perteneciente a la
otra parte y/o incluida en los proyectos evaluados a la que hayan podido tener
acceso con ocasión de la ejecución de este Acuerdo, salvo que:
·
La
parte receptora pueda demostrar que conocía previamente la información
recibida.
·
La
información recibida sea o pase a ser de dominio público.
·
La
parte receptora obtenga autorización previa y por escrito para su revelación.
·
La
información sea requerida judicialmente o por Ley.
Esta obligación subsistirá durante un periodo de 3 años desde la
finalización del presente Acuerdo.
SEXTA.-
Protección de datos de carácter personal.
Las partes se
comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo establecido
en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal, en el RD 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo y demás disposiciones aplicables.
En el caso en
que, en el marco del objeto del presente Acuerdo, se produjese una cesión de
datos de carácter personal entre las partes, la parte cesionaria se convertirá
en responsable del fichero en relación con los datos que le hayan sido
comunicados y las finalidades para las que vayan a ser empleados por su cuenta,
directamente relacionadas con sus funciones legítimas. No comunicará los datos
recibidos a terceros, salvo que sea necesario para el cumplimiento del objeto
del presente Acuerdo y así se haya establecido, o le sea requerido por
autoridad competente, Jueces o Tribunales de acuerdo con la legalidad vigente.
En otro caso, será responsabilidad suya la información sobre el nuevo
tratamiento y solicitud de consentimiento al interesado, si éste fuese
necesario.
La parte
cedente garantiza que los datos cedidos han sido obtenidos legítimamente y que
los interesados han sido informados y, en su caso, se ha solicitado su
consentimiento para proceder a la cesión o cesiones subsiguientes derivadas del
cumplimiento del presente Acuerdo. Además, se compromete a notificar a la parte
cesionaria las rectificaciones o cancelaciones de los datos objeto de cesión
que le hayan sido solicitadas por los interesados, mientras se mantenga el
tratamiento por la parte cesionaria, para que puede proceder a hacerlas
efectivas.
SÉPTIMA.-
Naturaleza.

encontrándose excluido del
ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del
Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE , de 26 de febrero de
2014, según lo establecido en su artículo 6.1 . Se regulará por lo dispuesto en
los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen
Jurídico del Sector Público y concordantes.
OCTAVA.-
Resolución de controversias y jurisdicción.
Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo
que pudiera surgir en el desarrollo del presente Acuerdo. El órgano mixto de
vigilancia y control resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento
que pudieran plantearse respecto del presente Acuerdo. En caso de no ser
posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, las
partes acuerdan, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera
corresponderles, someterse a la jurisdicción y competencia de los Tribunales
del Orden Jurisdiccional Contencioso-administrativo con sede en Melilla.
En prueba de conformidad se firma por duplicado ejemplar y a un solo
efecto el presente Acuerdo de Colaboración en la ciudad y fecha arriba
indicadas.
POR
LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA
|
POR
LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
|
|
|
Daniel Conesa Mínguez CONSEJERO Decreto de la
Presidencia de la Ciudad Autónoma nº 89 de 30 de septiembre de 2016 (
B.O.M.E. Extraordinario núm. 18 de 3 de octubre de 2016 ) |
María Pilar Aranda Ramírez RECTORA Decreto
157/2015, de 19 de junio, de la Consejería de Economía y Conocimiento de la
Junta de Andalucía (BOJA núm. 119, de 22 de junio de 2015), |

ANEXO I
CONCURSO DE
EMPRENDEDORES 2017/2018
BASES
Base
1ª. Objeto
La Consejería
de Economía, Empleo y Administraciones Públicas, a través del Programa de Agentes de Empleo y
Desarrollo Local, con la colaboración de la Universidad de Granada organizan el
Concurso de Emprendedores 2017/2018, con la misión de ser un instrumento de
estímulo y apoyo a la cultura y a la actividad emprendedora e innovadora en la
Ciudad Autónoma de Melilla.
Base 2ª. Objetivos
Elaboración de un Plan de Negocio o Proyecto Empresarial y la
viabilidad técnica y económica, con la finalidad de:
-
Fomentar
el espíritu y la cultura emprendedora entre la comunidad universitaria.
-
Constituir
un aliciente e incentivo para la puesta en marcha de proyectos innovadores.
-
Potenciar
la imagen del empresariado.
-
Fortalecer
la relación entre emprendedores y entidades de apoyo a la actividad
empresarial.
-
Promover
el análisis y valoración previa de los proyectos empresariales.
-
Facilitar
la implantación de aquellas ideas empresariales viables.
-
Promover
el espíritu innovador en todos los ámbitos de la gestión empresarial.
-
La
transferencia de conocimiento de la Universidad al mundo empresarial.
Base
3ª. Beneficiarios
Podrán
participar en esta convocatoria el estudiantado de la Facultad de Ciencias
Sociales y Jurídicas de la Universidad de Granada en Melilla, que conciban una
idea o ejecuten un proyecto empresarial que suponga una innovación y
diversificación del tejido empresarial existente ola penetración en nuevos
mercados. El proyecto se ubicará física y fiscalmente en la ciudad de Melilla.
Los
concursantes deberán estar matriculados en el curso académico 2017/2018.
La organización se reserva el derecho de solicitar en
cualquier momento de la competición aquellos documentos justificativos de la
veracidad de estos datos.
Si se considera necesario, el equipo técnico de valoración
mantendrá una entrevista con los participantes para completar la evaluación.
La participación se realizará en equipo, con un máximo de 2
alumnos.
No podrán presentarse los proyectos fin de carrera. Los
proyectos presentados se presentarán bajo un nombre que agrupe a todos los
miembros del equipo.
Las
candidaturas podrán ser dirigidas por un profesor, que solo actuará como tutor,
no formando parte del grupo como tal.
Base
4ª. Documentación a presentar
Los
equipos participantes deberán presentar la documentación siguiente:
• Sobre A
- Datos
personales de los miembros del equipo, fotocopia de DNI. o pasaporte y
fotocopia compulsada del documento acreditativo de estar matriculados en el
curso 2017/2018 o certificado equivalente (Anexo I de estas Bases).
·
Sobre B

- Exposición
del Plan de Negocio o Proyecto empresarial y la viabilidad técnica y económica.
• Formato:
Los proyectos
serán redactados de la siguiente forma:
Tipo de letra:
Arial
Tamaño de
letra: 12
Párrafo:
Espaciado 6 puntos anterior y 6 puntos posterior. Interlineado múltiple en 1,2
Títulos: Arial
16
Se valorará la
ausencia de faltas de ortografía y la correcta redacción.
Los
sobres A y B deberán ir cerrados dentro de un sobre igualmente cerrado, en el
que únicamente se indicará en letra legible el nombre del equipo.
Base
5ª. Plazos
El
plazo final de recepción de documentos será el día 30 de junio de 2018.
Los
documentos se presentarán en la Secretaria de la Facultad de Ciencias Sociales
de Melilla, Universidad de Granada. El Centro remitirá la documentación a la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas
dentro de los tres días siguientes a la fecha de finalización del plazo de
presentación de los proyectos.
Base
6ª. Jurado
Los
proyectos serán sometidos a la consideración de un jurado, que será el órgano
responsable de la selección de los premiados. Este jurado estará compuesto por
los siguientes miembros:
-
El Consejero de
Economía, Empleo y Administraciones Públicas o persona en quien delegue
y que en caso de empate en cualquier votación tendrá voto de calidad.
-
El
Decano de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Melilla o persona en
quien delegue.
-
El
Secretario Técnico de la Consejería
de Economía, Empleo y Administraciones Públicas que actuará como Secretario con funciones fedatarias
del órgano de valoración. Dispondrá de voz y voto.
-
Un
técnico del Programa de Agentes de Empleo y Desarrollo Local .
Base
7ª. Criterios de Valoración
Los proyectos empresariales serán valorados según los
siguientes criterios:
-
Originalidad
y carácter innovador de la actividad desarrollada.
-
Transferencia
de conocimiento realizada.
-
Incorporación
de nuevas tecnologías.
-
Pertenencia
a los sectores y actividades consideradas de futuro y estratégicas para el
desarrollo económico, con gran potencial de crecimiento y de
internacionalización de su producción.
-
Aprovechamiento
de los recursos endógenos de la zona y sostenibilidad medioambiental.
-
Grado
de madurez, calidad, validación y presentación del proyecto.
-
Cooperación
con otras empresas.
-
Volumen
de empleo generado.
Base
8ª. Procedimiento
Las
candidaturas y proyectos admitidos serán
analizados y valorados por el Jurado, de acuerdo con los criterios establecidos
en el punto anterior de estas bases.
El
Jurado podrá declarar el premio desierto si considera que, a su juicio, los
Proyectos presentados no tienen la calidad “técnica” requerida.
Base
9ª. Premios
Los
premios a conceder son los siguientes:

· Primer
premio:
- Un Ipad o similar para cada miembro del
equipo.
· Segundo
premio:
-
Una Tablet para cada miembro del equipo.
· Tercer
premio:
- Un Ibook para cada miembro del equipo.
Los
premiados, en el caso que quisieran poner en marcha su proyecto, tendrán la
posibilidad de recibir asesoramiento personalizadas por parte de profesionales
técnicos de la Consejería de Economía, Empleo y
Administraciones Públicas y dentro del Programa de Agentes de Empleo y
Desarrollo Local.
Base
10ª. Autoría de Proyectos
Los
participantes responden ante los promotores de este concurso de la autoría y
originalidad del Proyecto.
Base
11ª. Publicación de los materiales premiados
Los
derechos de propiedad intelectual de los trabajos premiados pertenecerán a sus
autores. No obstante, los proyectos premiados quedarán en depósito en la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones
Públicas, que podrá difundirlos a través del medio que considere más
oportuno, incluyendo Internet, durante el plazo máximo establecido en la Ley,
citando expresamente las personas autoras de los proyectos.
Los
participantes autorizan expresamente que la Consejería
de Economía, Empleo y Administraciones Públicas pueda hacer difusión, en
cualquier medio de comunicación interno y/o externo, de sus datos personales
consistentes en su nombre y apellidos como premiados en el Concurso de
Emprendedores 2017/2018.
Base
12ª. Aceptación
La
presentación de la solicitud de participación en el concurso lleva implícita la
aceptación de todas y cada una de las presentes bases, así como cualquier
resolución que se adopte por incidencias no previstas, tanto por la
Organización como por el Jurado del Concurso.

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
CONCURSO DE EMPRENDEDORES 2017/2018
NOMBRE DEL EQUIPO:
NOMBRE DEL REPRESENTANTE:
MIEMBRO DEL EQUIPO |
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Nombre:
|
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Primer
apellido: |
Segundo
apellido: |
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Dirección:
|
|
Provincia: |
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Correo
Electrónico: |
Tfn:
|
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NIF: |
Móvil: |
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Ciclo
formativo: |
||||
Curso: |
||||
MIEMBRO DEL EQUIPO |
|
Nombre:
|
|
Primer
apellido: |
Segundo
apellido: |
Dirección:
|
Provincia: |
Correo
Electrónico: |
Tfn:
|
NIF: |
Móvil: |
Ciclo
formativo: |
|
Curso: |
DATOS DEL PROFESOR |
Nombre
y Apellidos: |
Especialidad: |
Los datos contenidos en este impreso
serán tratados de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 de
protección de datos de carácter personal.