ARTÍCULO Nº 658 (CVE: BOME-A-2018-658) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5562 - viernes, 6 de julio de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE FOMENTO - Secretaría Técnica de Fomento


Notificación a Dª Mina Ouass, en relación a arquetas metálicas en mal estado de conservación, en calle General Polavieja, nº 21, local 1.

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El Excmo. Sr. consejero de Fomento, mediante orden de 29/06/2018, registrada al número 2018001543 en el Libro de Oficial de Resoluciones de la Consejería, ha dispuesto lo siguiente:

 

ASUNTO: ARQUETAS METÁLICAS EN MAL ESTADO DE CONSERVACIÓN EN CALLE DE GENERAL POLAVIEJA, 21, LOCAL 1

 

Según informe de fecha 27 de abril de 2018, emitido por el agente de inspección de obras adscrito a esta Dirección General; de conformidad con el oficio de la Unidad Gruro de la Policía Local, documento de fecha 14 de junio de 2018, en el que se recogen las gestiones de comprobación y complemento de la inspección objeto de este expediente; así como la correspondiente documentación gráfica acreditativa de los hechos denunciados, se hace constar la existencia en la acera de unas compuertas de lo que parece haber sido una vía de evacuación de emergencias de un antiguo local de ocio que se ubicaba en el emplazamiento indicado en el asunto de referencia. Lo que subsiste de dicha estructura presenta evidentes signos de deterioro, con un más que aparente estado de oxidación generalizado que, pudiendo suponer un grave riesgo para el normal discurrir del tránsito peatonal por la vía pública afectada, motiva su inmediata sustitución o eliminación.

 

 Es por ello que resulta de todo punto inaplazable la necesidad de reintegrar la superficie de vía pública afectada a su normal uso peatonal, y en la condiciones mínimas de seguridad y accesibilidad.

 

De las diligencias practicadas, se ha venido en saber que los propietarios del local y del citado inmueble y, por ende, los responsables de la restitución de esta superficie de vía pública afectada, son quienes a continuación se relaciona:

 

-                     D. Mehamed Mohamed Hach Abdel-hach Amar, titular del DNI número 45277289H.

-                     D.ª Isata Mohamed Abdelah, titular del DNI número 45277292K.

-                     D.ª Mimont Mohamed Hach Abdel-hach, titular del DNI número 45277293E.

-                     D. Aisa hamed mohamed, titular del DNI 45294394B.

-                     D.ª Fadma Hamed Abdelah, titular del DNI 45283995P

-                     D.ª Mina Ouass, titular del NIE número X7238038F. -

-                     Louiza Ouass, titular del NIE  número X3734797B -

-                     D.ª Habiba Ouass, titular del NIE número X7238125W.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 24906/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

1.º- Requerir individualmente a quienes constan como interesados en este expediente  que, en el plazo de un mes desde la notificación de esta resolución, se proceda a la 
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sustitución o eliminación de la estructura metálica  cuya ubicación y descripción se menciona y detalla en esta resolución.

 

2.º-  Advertencia, asimismo, de que en caso de desatender el referido requerimiento, la Ciudad Autónoma, a través de sus órganos competentes en cado caso, podrá proceder, previo apercibimiento, a la ejecución forzosa de los actos administrativos, salvo en los supuestos en que se suspenda la ejecución de acuerdo con la ley, o cuando la Constitución o la ley exijan la intervención de un órgano judicial, de conformidad con los artículos 99 y 100 de las Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Contra esta orden, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

 

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 2 de julio de 2018,

La Secretaria Técnica de Fomento,

            Inmaculada Merchán Mesa