ARTÍCULO 672 - BOME-A-2018-672

BOME Nº 5563 del martes, 10 de julio de 2018

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2 - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2

Notificación de sentencia a D. Mohamed Essoutouti, en procedimiento de juicio sobre delitos leves 254/2017.


LEV JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000254 /2017

N.I.G: 52001 41 2 2017 0005016

Delito/Delito Leve: ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS

Denunciante/Querellante: MINISTERIO FISCAL, JUAN ELOY VARGAS TORRES

Contra: MOHAMMED ESSOUTOUTI

 

EDICTO

 

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a MOHAMMED ESSOUTOUTI (NIE X3402685L) nacido en MIDAR (MARRUECOS), EL 21.12.1985, HIJO DE ALI Y ZHARA la SENTENCIA DICTADA en dicho procedimiento, CUYO FALLO ES DEL TENOR SIGUIENTE:

 

FALLO

 

Qu debo condenar y condeno a D. Mohammed Assoutouti como autor de una falta delito leve de daños a la pena de 3 meses de multa a razón de 6 euros diarios, así como a abonar al denunciante de la cantidad de 137 euros y al pago de las costas procesales.

 

Inclúyase la presente en el Libro de Sentencias.

 

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días, que se preparará ante este Juzgado, y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial.

 

Y a fin de que dicho condenado conozca la Sentencia y pueda ejercer -en su caso- el recurso que le convenga, expido el presente para su publicación por DIEZ DIAS en los lugares a que obliga la Ley, bajo apercibimiento de ser DECLARADA FIRME Y PROCEDER A LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA, si en el plazo dicho no se interpone recurso alguno.

 

En MELILLA a 5 de junio de 2018.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA