ARTÍCULO Nº 710
(CVE: BOME-A-2018-710)
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BOME Nº 5566 - viernes, 20 de julio de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Extracto de la orden nº 2742 de fecha 16 de julio de 2018, relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones de formación en el marco de la "Escuela de Hostelería "de la Ciudad Autónoma De Melilla, para el año 2018.

TituloES: Convocatoria pública de subvenciones destinadas a a la
realización de acciones de formación en el marco de la "ESCUELA DE
HOSTELERÍA” de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2018.
TextoES: BDNS(Identif.):408773
Extracto de la Orden de la Consejería de Economía y Empleo nº 2018002742
de fecha 16 de julio de 2018, por el que se convoca la Convocatoria pública de
subvenciones destinadas a a la realización de acciones de formación en el marco
de la "ESCUELA DE HOSTELERÍA” de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año
2018.
BDNS (identif.): 408773
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley
38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de
la convocatoria cuyo texto completo puede consultar en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones (http:://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Las ayudas de la presente convocatoria se acogen a los Reglamentos (CE)
1303/2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo
Social Europeo y Reglamento (CE) 1304/2013 relativo al Fondo Social Europeo.
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades e
instituciones que cumplan los siguientes requisitos:
a)
Tener personalidad jurídica propia.
b) Estar
especializada en el ámbito de la formación en Hostelería y Turismo o
encontrarse acreditada, mediante certificación, por cualquier Escuela de
Turismo y Hostelería o entidad Oficial con competencias en la materia.
c) Tener
capacidad para realizar las acciones a que se refiere el artículo 1 de la
presente convocatoria, en el término de la Ciudad de Melilla.
d) Estar
al corriente de sus obligaciones Tributarias nacionales y locales, así como con
la Seguridad Social, en el momento de solicitar las subvenciones y durante todo
el periodo que dure la acción.
e) No
estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de
beneficiario de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículo 27 del RD
887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) Disponer
de Solvencia Técnica suficiente según el artículo 12.f de las Bases.
g) Disponer
de Solvencia económica suficiente según el artículo 12.f de las Bases.
h)
La Entidad beneficiaria solicitará el alta en el
Registro de Beneficiarios de subvenciones de Proyecto Melilla SA (según BOME
núm. 4803 de 29/03/11) antes de la finalización del plazo de presentación de
solicitudes, en caso de no haberlo realizado con anterioridad.

Segundo. Objeto.
El objeto de las subvenciones reguladas en la Convocatoria es
financiar la realización de acciones de formación destinadas a la formación
integral de jóvenes desempleados o inactivos en el sector de la Hostelería y
Turismo.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en el Decreto
número 4393 de fecha 29 de octubre de 2014 (BOME num 5.179 de 4/11/14),
relativo a las a las bases para la realización de acciones de
formación en el marco de la "Escuela de hostelería" de la Ciudad
Autónoma de Melilla, que se puede consultar en
http://www.melilla.es/mandar.php/n/8/6004/5179.pdf
Cuarto. Cuantía.
Se establece un presupuesto para esta Convocatoria de 410.000 € que se
financiarán con cargo al Programa Operativo del FSE para Melilla 2014-2020
dentro del siguiente encuadre:
EJE PRIORITARIO 1 / OBJETIVO TEMÁTICO 8: PROMOVER LA SOSTENIBILIDAD Y
LA CALIDAD EN EL EMPLEO Y FAVORECER LA MOVILIDAD LABORAL.
PRIORIDAD DE INVERSIÓN 8.1: Facilitar el acceso al empleo de los
desempleados y personas
inactivas,
prestando atención a las diferencias por razón de sexo, incluido mediante
iniciativas
locales de empleo y apoyo a la movilidad laboral. Para la realización de las
siguientes acciones formativas:
- Acciones de la Rama Profesional de Turismo y Hostelería, Área
profesional: Hostelería, especialidad: Cocina. Duración Total 1.400 horas y con
módulos teórico-prácticos de ofertas gastronómicas y sistemas de
aprovisionamiento, elaboración y conservación culinarios, seguridad e higiene,
inglés profesional y prácticas profesionales no laborales. Nº mínimo de alumnos
desempleados: 15. Nivel Iniciación. Ajustado a temario de certificados de
profesionalidad SEPE
* HOTR0108 OPERACIONES BÁSICAS DE COCINA (350 horas duración mínima)
* HOTR0408 COCINA (Mínimo 810 horas – Máximo 1050 horas).
- Acciones de la Rama Profesional de Turismo y Hostelería, Área
profesional: Hostelería, especialidad: Servicio de Restaurante y Bar. Duración
Total 1.250 horas consistentes en módulos teórico-prácticos de servicio básico
de restaurante-bar, aprovisionamiento de bebidas y comidas rápidas, servicio de
restaurante, servicio de vinos, elaboración y acabado de platos a la vista del
cliente, servicios especiales de restauración, seguridad e higiene en el
trabajo, inglés profesional y prácticas profesionales no laborales. Nº mínimo
de alumnos desempleados: 15. Ajustado a temario de certificados de
profesionalidad
* HOTR0208 OPERACIONES BÁSICAS DE RESTAURANTE Y BAR (290 horas duración
mínima)
* HOTR0608 SERVICIOS DE RESTAURANTE (Mínimo 580 horas- Máximo 960
horas).
- Acciones de la Rama Profesional de Turismo y Hostelería, Área
profesional: Hostelería, especialidad: Operaciones básicas de iniciación a la
pastelería y técnicas básicas culinarias. Duración mínima 430 horas. Nº mínimo
de alumnos desempleados: 15. Incluirá las Unidades formativas pertenecientes al
certificado de profesionalidad SEPE HOTR0109. Prácticas profesionales no
laborales mínimas de 40 horas incluidas.

Quinto. Plazo de presentación de
solicitudes.
1.- Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles
en las oficinas de Proyecto Melilla S.A. o en la página web www.promesa.net,
entregándose estas debidamente cumplimentadas en soporte papel en el registro
de Proyecto Melilla y en soporte magnético al correo formacion@promesa.net.
2.- Las solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas de
Proyecto Melilla, S.A. (C/ La dalia nº 36. 52006 Melilla), y en aquellos registros
habilitados por Ley.
3.- La fecha límite de presentación de solicitudes será de 10 días
hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en BOME en horario de
9:00 a 14:00 horas.
Si la presentación de la solicitud se realizara en algún lugar distinto
de Proyecto Melilla SA, deberá remitirse escrito al número de fax 952679810
indicando dicha circunstancia antes de que finalice el plazo fijado en el
párrafo anterior, siendo motivo de exclusión de la Convocatoria la no remisión
de dicho fax en el plazo previsto. El fax acreditará en cualquier caso que toda
la documentación se ha entregado en el Registro correspondiente dentro del
plazo establecido.
Sexto. Forma de las solicitudes.
Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en
las oficinas de Proyecto Melilla S.A., así como en su página web
www.promesa.net. que reflejará, en todo caso, el contenido mínimo a que se
refiere el artículo 12 de las BBRR.
Lugar de la
Firma: Melilla
Fecha de la
Firma: 2018-07-16
Firmante:
Consejero de Economía, Empleo y AAPP,
Daniel Conesa
Mínguez.