ARTÍCULO Nº 713 (CVE: BOME-A-2018-713) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5566 - viernes, 20 de julio de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - CONSEJERIA DE EDUCACION, JUVENTUD Y DEPORTES


Resolución definitiva de fecha 13 de julio de 2018, en relación a la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para federaciones deportivas, para el ejercicio 2018.

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El Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deportes, mediante Orden de 13/07/2018, registrado al número 2018000666, en el Libro de Oficial de Resoluciones de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, ha dispuesto lo siguiente:

 

ASUNTO: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, PARA FEDERACIONES DEPORTIVAS, PARA EL EJERCICIO 2018.

 

I.- Que con fecha 28 de Abril de 2017, el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto registrado al número 2017000153, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

 

Habiendo sido aprobadas inicialmente por el Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria, celebrada el día 9 de Febrero de 2017, las Bases reguladoras de las subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para Federaciones Deportivas, y sus Anexos I A IV, y publicadas en el BOME extraordinario núm.5, de 2 de Marzo de 2017, éstas han pasado a ser definitivas, (publicadas en el BOME Extraordinario núm. 8, de fecha 4 de Mayo de 2017), ante la falta de alegaciones en el plazo de informacíon  pública, por la aplicación de lo establecido en el artículo 77.2 del Reglamento de la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm.: 10, de fecha 19 de Mayo de 2012)

 

II.- Que con fecha 23 de Febrero de 2018, se procede, mediante Orden del Consejero de Educación, Juventud y Deportes, registrada al número 2018000168,  a efectuar la Convocatoria correspondiente. (BOME número 5526 de 2 de Marzo de 2018).

III.- Que, por parte del que suscribe, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de las correspondientes solicitudes presentadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.-2.3. de las correspondientes Bases.

IV.- Que con fecha 20 de Junio de 2018, se procede a la evacuación de dictamen del Órgano colegiado sobre las solicitudes presentadas, evaluándolas de acuerdo con el artículo 4.-2.4. de las correspondientes Bases.

V.- Que con fecha 21 de Junio de 2018, y al amparo del artículo 4.-2.4. de las correspondientes bases, se procede a la Resolución provisional de las mismas.

VI.- Que con fecha 22 de Junio de 2018, se procede a la publicación de la Resolución Provisional en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, BOME 5558 (al amparo de lo dispuesto en el Artículo 4.-2.4. de las Bases y en el apartado Sexto de la correspondiente Convocatoria para el ejercicio 2018), se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones, entre el día  22 de Junio de 2018 al 6 de Julio de 2018, ambos inclusives.

VII.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, no se presentan alegaciones.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 26991/2017, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

1º) La concesión de la siguiente convocatoria de Subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva, para Federaciones Deportivas, para el ejercicio 2018.

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ADMITIDOS

FEDERACIÓN

ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

ORGANIZACIÓN DEL CAMPEONATPO AUTONOMICO

PROMOCION DEPORTIVA

FORMACIÓN DEPORTIVA

TECNIFICACIÓN DEPORTIVA

TOTAL EUROS

VAL.

PTO.

VAL. EUROS

VAL.

PTO.

 

VAL.

EUROS

VAL.

PTO.

VAL.

EUROS

VAL

PTO.

VAL

EUROS

VAL.

PTO.

VAL.

EUROS

ACTIVIDADES SUBACUATICAS

20

600,00 €

61

2.000,00 €

 

 

23,5

151,20 €

 

 

2.751,20 €

AJEDREZ

10

300,00 €

49

4.711,31 €

110

1.177,00 €

39

245.70 €

40

2.400,00€

8.834,01€

ATLETISMO

50

1.500,00 €

141

15.900,00€

356

3.809,20 €

48

302,40 €

119

4.500,00€

26.011,60€

BALONCESTO

350

10.500,00 €

331

48.657,00€

246

2.632,20 €

423,70

2.671,20 €

698

41.880,00€

106.340,40€

BALONMANO

50

1.500,00€

113

15.400,00€

150

1.605,00€

26

163,80€

325

8.670,00€

27.338.80€

CICLISMO

15

450,00 €

94

12.100,79€

225

1.775,00€

121

762,30€

153

4.965,00€

20.053,09€

COLUMBICULTURA

15

450,00€

82

3.509,00€

69

738,30€

 

 

 

 

4.697,30€

FÚTBOL

1000

30.000,00€

923

135.681,00€

582

6.227,40€

517

3.257,10 €

617

37.020,00€

212.185,50€

GIMNASIA

30

900,00€

135

18.400,00€

520

5.564,00€

258

1.625,40€

237

14.220,00€

40.709,40€

GOLF

5

150,00€

80

11.760,00€

176

1.883,20€

 

 

 

 

13.793,20€

HALTEROFILA

50

1.500,00€

73

10.731,00€

346

3.702,20€

310

2.520,00€

225

13.500,00€

31.953,20€

JUDO

15

450,00€

57

8.379,00€

461

4.932,70€

700

2.721,60€

67

2.980,00€

19.463,30€

KARATE

15

450,00€

83

3.736,96€

 

 

407

2.022,30€

 

 

6.209,26€

MOTOCICLISMO

5

150,00€

102

4.350,00€

 

 

 

 

 

 

4.500,00€

NATACIÓN

40

1.200,00€

118

12.570,00€

448

4.793,60€

116

730,80€

104

6.240,00€

25.534,40€

PADEL

150

4.500,00€

280

37.756,62€

955

10.218,50€

737

4.643,10€

282

16.920,00€

74.038,22€

PESCA Y CASTING

30

900,00€

79

7.800,00€

46

0€

51

321,30€

57

3.420,00€

12.441,30€

PETANCA

15

450,00€

55

8.085,00€

 

 

 

 

 

 

8.535,00€

TENIS

50

1.500,00€

229

11.154,20€

699

5.816,00€

375

2.362,50€

123

7.380,00€

28.212,70€

TIRO OLIMPICO

90

2.700,00€

143

10.944,80€

570

6.099,00€

307,50

1.360,00€

348

10.100,00€

31.203,80€

TRIATLÓN

40

1.200,00€

145

21.315,00€

110

1.177,00€

301

1.896,30€

101

6.060,00€

31.648,30€

VELA

30

900,00€

136

18.400,00€

106

1.134,20€

330

2.079,00€

125

7.500,00€

30.013,20€

VOLEIBOL

75

2.250,00€

162

15.810,00€

59

631,30€

270,20

1.701,00€

297

12.900,00€

33.292,30€

 

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente. Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma,como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de 
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la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015). El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto. No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 18 de julio de 2018,

El Secretario Técnico,

Arturo Jiménez Cano