Resolución nº 3370 de fecha 12 de septiembre de 2018, relativa a bases de la convocatoria para la provisión del puesto de personal directivo profesional de Director General del Menor y la Familia, mediante publicidad y concurrencia.
De conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de
esta Ciudad Autónoma, adoptado en sesión de fecha 7 de septiembre de 2018, por
el que se aprueban, las bases para la provisión definitiva del puesto de
personal directivo profesional de Director General del Menor y la Familia, y en
uso de las competencias que me confiere el Reglamento de la Consejería de
Administraciones Públicas y el art. 60 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico
instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de
Autonomía de Melilla,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente
31607/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN
DISPONER
Convocar el proceso siguiente:
Es objeto de las presentes bases la selección, mediante el
procedimiento de libre designación, del puesto directivo profesional de Director
General del menor y la familia, perteneciente a la plantilla de personal de
Alta Dirección de la Ciudad (BOME nº 5431 de fecha 4 de abril de 2017) dando
cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico
del Empleado Público (TREBEP) y el artículo 60 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (REGA).
GRUPO |
DENOMINACIÓN |
DOTACIÓN |
C.D. |
A1/A2 |
Director General del Menor y la Familia |
1 |
30/26 |
Para ser admitidos al proceso de provisión del puesto
directivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos a tenor del
artículo 54.3 del REGA:
- Ser funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades
Autónomas, de las Ciudades Autónomas, de las Entidades Locales o con
habilitación de carácter nacional que pertenezcan a Cuerpos o Escalas
clasificados en el Subgrupo A1 o A2.
Las principales funciones a desempeñar por el titular del
puesto directivo “Director General del Menor y la Familia” serán las de ejercer
la dirección, coordinación y gestión de las materias que le correspondan y en
particular las siguientes:
a)
La dirección y gestión de los servicios de su competencia.
b)
La dirección y coordinación de las unidades
orgánicas adscritas a la misma.
c)
La gestión y administración de todos los medios personales
y materiales adscritos a la Dirección General.
d)
La asistencia técnica y administrativa al
Consejero en las materias propias de la Dirección General.
e)
Asistir al Consejero en la elaboración del
anteproyecto de presupuesto relativo a su Dirección General.
f)
El seguimiento y control de la ejecución del
presupuesto anual que se les asigne a la Dirección General.
g)
La elaboración de los proyectos
de planes generales
de actuación y los programas de necesidades de la Dirección General.
h)
Establecer el régimen interno de los
departamentos de ellos dependientes.
i)
Informar, a requerimiento del Consejero, los
asuntos de la Consejería que sean de su competencia, proponer al Consejero la
resolución que estimen procedente en los asuntos que sean de su competencia y
cuya tramitación corresponda a la Dirección
General.
j)
Velar por la organización, simplificación y racionalización de la actividad administrativa, así como el incremento de la calidad
de los servicios de la Dirección General, en coordinación con
la Secretaría Técnica, proponiendo las modificaciones encaminadas a mejorar y
perfeccionar los Servicios.
k)
Fomentar el uso de las nuevas herramientas tecnológicas y la Administración Electrónica en los servicios que se presten
en la Dirección General.
l)
Elaborar la propuesta de licencias, vacaciones y
permisos del personal adscrito a su Dirección General, de acuerdo con las
necesidades del servicio.
m)
Ejercer la Jefatura
del personal adscrito
a la Dirección y proponer
su destino dentro
de la misma.
n)
Impulsar y proponer
la estructura orgánica
de la Dirección General, así como su modificación y reforma y las plantillas orgánicas y puestos
de trabajo de todas las unidades.
o)
Las funciones tendentes
a la eficiente utilización de los medios y recursos
materiales, económicos y personales que tenga asignados
dentro de la Consejería.
p)
La elaboración de proyectos de disposiciones, acuerdos
y convenios respecto
de las materias de su ámbito de funciones.
q)
La evaluación de los servicios de su competencia.
r)
Dictar Circulares e Instrucciones internas en el
ámbito de la Dirección General.
s)
Las que expresamente se establezcan para la Dirección General en el Reglamento organizativo de la Consejería.
t)
Cualesquiera otras que le atribuya la normativa
vigente de aplicación.
Todo empleado público que reúna los requisitos específicos
deberá presentar la solicitud dirigida a la Consejería de Economía, Empleo y
Administraciones Públicas a través de la Oficina de Información y Atención al
Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo improrrogable de quince
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Junto con las solicitudes, los aspirantes acompañarán su
currículum vitae en el que se haga constar de manera acreditada el cumplimiento
de los criterios de idoneidad, formación, competencia profesional e idoneidad.
En particular deberá constar, debidamente documentado y clasificado:
-
Títulos académicos.
-
Años de servicio y puestos de trabajo
desempeñados en la Administración
Pública.
-
Estudios y cursos de formación
realizados o impartidos en los puestos
desempeñados así como los que correspondan con el puesto directivo objeto de las presentes bases.
-
Cuantos otros méritos estime el aspirante poner
de manifiesto.
Los méritos alegados deberán ser justificados
documentalmente para su toma en consideración.
4.- RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
4.1.- Propuesta.-
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se
examinarán las presentadas y se evaluará la documentación aportada por el
órgano asesor constituido al efecto mediante Orden del titular de la Consejería
de Economía, Empleo y Administraciones Públicas, compuesto por profesionales
cualificados y especializados para ello.
Posteriormente se celebrará una entrevista personal a los
candidatos al puesto directivo por el órgano asesor.
Tras la evaluación de los méritos aportados y la entrevista,
el órgano asesor especializado formulará propuesta motivada al Consejero de
Bienestar Social, incluyendo, si ello es posible, tres candidatos, atendiendo a
los principios de mérito, capacidad y a criterios de idoneidad.
Finalmente se evacuará informe-propuesta del titular de la
Consejería de Bienestar Social al Consejo de Gobierno sobre la base de la
propuesta del órgano asesor.
4.2.- Nombramiento.-
Las resoluciones de nombramiento se motivarán con referencia
al cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y
especificaciones exigidos en la convocatoria, y la competencia para proceder al
mismo.
En todo caso deberá quedar acreditada, con fundamento de la
resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Corresponde al Consejo de Gobierno resolver el procedimiento
al tratarse de un puesto directivo profesional con rango de Director General.
Se declarará desierta la convocatoria en el caso de que
ninguno de los presentados cumpla los requisitos establecidos en las presentes
bases o con el preceptivo criterio de idoneidad.
En lo no dispuesto en las presentes bases se estará a lo
dispuesto en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma
de Melilla y la normativa de provisión de puestos de trabajo aplicable mediante
el procedimiento de libre designación.
Las presentes bases y los actos que de ella deriven por
parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos
previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
preceptos concordantes del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla”.
Melilla, 12 de septiembre de 2018,
La Viceconsejera de Administraciones
Públicas,
María Ángeles Gras Baeza