ARTÍCULO Nº 859
(CVE: BOME-A-2018-859)
DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5585 - martes, 25 de septiembre de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA - Dirección General de la Sociedad de la Información
Resolución definitiva correspondientes a la concesión de ayudas de la Ciudad Autónoma de Melilla para libros de texto, material y transporte escolar para Educación Secundaria Obligatoria del curso 2017/2018, correspondiente al grupo: general 2.

I.-
Que, mediante Orden de la Consejera de Presidencia y Salud Pública registrada
al número 508 de 31 de mayo de 2018, se procede a la aprobación de la CONVOCATORIA
DE AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA LIBROS DE TEXTO, MATERIAL Y
TRANSPORTE ESCOLAR PARA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DEL CURSO 2017/2018, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Melilla (BOME) número 5553 de 05 de junio de 2018.
II.-
Que con fecha 4 de septiembre de 2018, por parte de la instructora, en este
caso la Secretaria Técnica de Presidencia y Salud Pública, se ha procedido a
informar sobre el cumplimiento de los requisitos de la relación de solicitudes
que se indican en esta propuesta provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el
apartado 11 de la correspondiente Convocatoria.
III.-
Que con fecha 6 de septiembre de 2018 se procede a la evacuación de informe del
Órgano colegiado sobre la relación de solicitudes que se indican en esta
propuesta provisional, evaluándolas de acuerdo con los apartados 6 y 7 de la
correspondiente Convocatoria.
IV.-
Que con fecha 7 de septiembre de 2018, y al amparo del apartado 11 de la
correspondiente Convocatoria, se procede a la Resolución provisional de las
mismas, publicándose en el BOME número 5580 de fecha 7 de septiembre de 2018.
V.-
Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior no se presentan
alegaciones.
De acuerdo con
lo anteriormente expuesto, y siendo, en virtud del apartado 11 de la
Convocatoria correspondiente, la Excma. Sra. Consejera de Presidencia y Salud
Pública el órgano competente para resolver, SE PROPONE:
1º) La RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE AYUDAS CORRESPONDIENTES A LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA PARA LIBROS DE TEXTO, MATERIAL Y TRANSPORTE ESCOLAR PARA
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DEL CURSO
2017/2018, CORRESPONDIENTE AL GRUPO: GENERAL-2, con la indicación:
NUMERO EXPEDIENTE |
CIF |
NOMBRE |
7/2018/AYUESO |
45324516-A |
YUSEF EL OUATTAINI MOHAND |
271/2018/AYUESO |
45319646-D |
SULIMAN
BAGDAD BACHA |
2940/2018/AYUESO |
45324811-E |
MANUEL
TORRUBIA CANO |
404/2018/AYUESO |
45323229-G |
YUSRA
HAMED BOKRAA |
2759/2018/AYUESO |
X9207871-M |
MUSTAPHA
HASANE |
2791/2018/AYUESO |
X8389439-M
|
KHALID
EL KAROUMI |

2º) Que la totalidad de solicitudes incluidas en esta Resolución Definitiva
se han evaluado por el órgano colegiado, de acuerdo a los criterios de
valoración establecidos en los apartados 6 y 7 de la correspondiente
Convocatoria, asimismo, dicho órgano ha procedido al estudio y análisis de las
alegaciones presentadas, en su caso.
3º) Que, de acuerdo con el
apartado 11 de la Convocatoria, las resoluciones que concedan las ayudas deberán
publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, sirviendo como
notificación a los interesados.
4º) La presente resolución no
agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso de
alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación
o publicación de la misma, o desde que se produzca la desestimación por
silencio administrativo, ante la Consejería de Presidencia y Salud Pública o
ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico
del que dictó la resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el
artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121
y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de
octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, se podrá utilizar cualquier otro
recurso si así se cree conveniente, bajo la responsabilidad del solicitante.
Melilla
21 de septiembre de 2018,
La
Consejera de Presidencia y Salud Pública,
Paz
Velázquez Clavarana