Acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión ejecutiva extraordinaria y urgente de fecha 27 de septiembre de 2018, adopto entre otros, el siguiente acuerdo: Calendario Laboral año 2019.
DILIGENCIA:
El
Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva extraordinaria y urgente celebrada el
día 27 de septiembre de 2018, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO SEGUNDO.- CALENDARIO LABORAL 2019.- El Consejo
de Gobierno acuerda aprobar propuesta de la Consejería de Economía, Empleo y
Administraciones Públicas, que dice literalmente lo siguiente:
“
PROPUESTA
DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AL
CONSEJO DE GOBIERNO DE LA CIUDAD
El Real Decreto 1561/1995, de
21 de septiembre, ha introducido cambios en materia de fiestas locales
laborales que regulaba el Real Decreto 2001/1983 de 28 de julio.
En consecuencia, se hace
preciso que por esta Ciudad Autónoma (antes del día 30 de septiembre) mediante
Acuerdo de su Órgano Institucional correspondiente, esto es, el Consejo de
Gobierno, se pronuncie y remita a la Dirección General de Trabajo del
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Subdirección de
Relaciones Laborales, la relación de fiestas tradicionales de la Comunidad
Autónoma, así como la opción prevista en el punto 3º del artículo 45 del
antedicho Real Decreto.
En su virtud VENGO EN PROPONER al Consejo de Gobierno que el Calendario Laboral para el año 2019 quede
conformado como se indica a continuación:
1.- 1 de Enero, Año Nuevo.
2.- 7 de enero, lunes siguiente a la
Epifanía del Señor.
3.- 18 de Abril, Jueves Santo.
4.- 19 de Abril, Viernes Santo.
5.- 1 de Mayo, Fiesta del Trabajo.
6.- 12 de Agosto, Fiesta del Sacrificio -Aid
El Kebir-.
7.- 15 de Agosto, Asunción de la Virgen
María.
8.- 9 de Septiembre, lunes siguiente al Día
de Ntra. Sra. Virgen de la Victoria (excelsa Patrona de la Ciudad).
9.- 17 de Septiembre, Día de Melilla.
10.- 12 de Octubre, Fiesta Nacional de
España y la Hispanidad
11.- 1 de Noviembre.
Día de todos los Santos.
12.- 6 de Diciembre,
Día de la Constitución.
13.- 9 de Diciembre,
lunes siguiente a la Inmaculada Concepción.
14.- 25 de Diciembre,
Natividad del Señor.
Las Fiestas por la que se efectúa la opción y
tienen la consideración de locales son los días 8 de Septiembre, Día de Ntra. Sra. Virgen de la Victoria
(excelsa Patrona de la Ciudad) y 17 de Septiembre, Día de Melilla.
De otra parte y de conformidad con el artículo
45.3 del R.D. 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de
trabajo, jornadas especiales y descansos, se sustituye el día 19 de Marzo San
José, por el día 12 de agosto (Fiesta del Sacrificio -Aid El Kebir).
Melilla
27 de septiembre de 2018,
La
Seguridad Técnica de Seguridad Ciudadana P.A.,
María
del Carmen Barranquero Aguilar