ARTÍCULO 928 - BOME-A-2018-928

BOME Nº 5590 del viernes, 12 de octubre de 2018

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE COORDINACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - Dirección General de Gestión Económica y Administrativa

Resolución nº 1416 de fecha 8 de octubre de 2018, relativa a la delegación de competencia en el Consejero de Seguridad Ciudadana.


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Con fecha 30 de Septiembre julio de 2016, y por Decreto Presidencial núm. 89 (BOME núm. 18 extraordinario de 3 de Octubre de 2016) se nombró a los titulares de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente y Seguridad Ciudadana respectivamente, en virtud de lo establecido en el artículo 16.2 de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de Melilla.

 

Mediante Decreto del Consejo de Gobierno, aprobado en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el 30 de Septiembre de 2016 (BOME extraordinario núm. 17 de 30 de Septiembre de 2016) que modifica el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de julio de 2015 (BOME extraordinario núm. 30 de 5 de agosto de 2015, rectificación de error en BOME núm. 5258 de 7 de agosto de 2015), se estableció la distribución de competencias entre las diferentes Consejerías.

 

El artículo 77.3 del Reglamento para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano en la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 5233 de 12 de mayo de 2015), referente al régimen sancionador, señala que la instrucción de “Los expedientes por infracciones cometidas, reguladas en el Título II Capítulo I –Degradación visual del entorno urbano-, Capítulo II –Limpieza del espacio público-, excepto artículos 19 y 20, Capítulo V, -Actitudes vandálicas en el espacio público-, Capítulo VII –Comportamiento o conducta de los ciudadanos respecto a los ruidos, humos y olores, los tramitará la Consejería de Medio Ambiente”.

 

El artículo 9.1 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen jurídico del Sector Público (LRJSP) establece que “Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración…”

 

Como consecuencia de lo anterior, y para facilitar la gestión administrativa de acuerdo con los principios generales de eficacia y eficiencia, procede establecer un régimen de delegación de competencias de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente en la Consejería de Seguridad Ciudadana para que asuma la instrucción de las competencias precitadas del art. 77.3 Reglamento para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano en la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Visto lo cual y haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 9 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público y el artículo 77.3 del Reglamento para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano en la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 5233 de 12 de mayo de 2015)

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 34566/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La delegación de las siguientes competencias de instrucción de los expedientes por infracciones cometidas, reguladas en el Título II Capítulo I –Degradación visual del entorno urbano-, Capítulo II – Limpieza del espacio público-, incluidos artículos 19 y 20, Capítulo V, -Actitudes vandálicas en el espacio público-, Capítulo VII –Comportamiento 

o conducta de los ciudadanos respecto a los ruidos, humos y olores, en el Excmo. Sr. Consejero de Seguridad Ciudadana, exceptuando aquellas conductas sancionables según la Ley 22/2011, de 28 de julio ,de Residuos y Suelos Contaminados que seguirán correspondiendo al Consejero de Coordinación y medio Ambiente.

 

De conformidad con el artículo 9.6 de la precitada LRJSP la delegación será revocable en cualquier momento por el Consejero de Coordinación y Medio Ambiente, pudiendo determinar el órgano delegante las instrucciones con arreglo a las cuales habrá de ejercitarse las aludidas materias delegadas. Asimismo conservará el delegante las facultades de recibir información detallada de la gestión de la competencia y de los actos emanados por el delegado, así como la de ser informado previamente a la adopción de decisiones de trascendencia.

 

Las Resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia, anteponiéndose a la firma la expresión “ por delegación” o su forma usual de abreviatura (P.D.), seguida de la fecha y número de registro de la resolución que confirió la delegación y la del Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla en que se hubiere publicado.

 

Melilla 8 de octubre de 2018,

El Consejero de Coordinación y Medio Ambiente,

Manuel Ángel Quevedo Mateos