ARTÍCULO Nº 937
(CVE: BOME-A-2018-937)
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BOME Nº 5591 - martes, 16 de octubre de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL - Dirección General de Servicios Sociales
Rectificación de error de anuncio publicado en el bome nº 5572 de fecha 10 de agosto de 2018, en relación a la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS
I.- Con fecha 10 de agosto de
2018, se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) núm.
5572, Resolución nº 4929 de fecha 26 de julio, relativa a convocatoria de
subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo
a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas
físicas, en el que se advierte error material en su parte Dispositiva.
CSV (link al documento)
12004575741734655164
II.- El artículo 109.2 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dispone que éstas podrán, asimismo, rectificar en
cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores
materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
En base a lo anterior, en el documento 12004575741734655164
Donde pone:
Artículo 13. Baremo a aplicar a las
solicitudes.
1. Las solicitudes se valorarán sobre un máximo de 171 puntos
distribuidos en dos apartados:
•
Valoración de las Entidades solicitantes (63
puntos en total)
•
Valoración de los Programas (108 puntos en
total)
Debe poner:
Artículo 13. Baremo a aplicar a
las solicitudes.
1. Las solicitudes se valorarán sobre un máximo de 171 puntos
distribuidos en dos apartados:
•
Valoración de las Entidades solicitantes (108
puntos en total)
•
Valoración de los Programas (63 puntos en total)
Donde pone:
Anexo II Memoria Explicativa de la Entidad
2. Denominación del programa
Debe poner:
2. Miembros de la Junta Directiva, Patronato u órgano similar.
Y donde pone:
5. Presupuesto y financiación del año anterior:
5.1. Ingresos
5.1.1. Financiación propia
Cuantía

5.1.1.1.
Cuotas de socios
5.1.1.2.
Otros ingresos - Debe poner:
5. Presupuesto y financiación del año anterior:
5.1. Ingresos Cuantía
5.1.1. Financiación propia
5.1.1.1.
Cuotas de socios
5.1.1.2.
Otros ingresos
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 24569/2018, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN
DISPONER
La rectificación de la Resolución nº 4929 de fecha 26 de julio,
relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de
interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la
renta de las personas físicas, en el documento 12004575741734655164 en el
sentido siguiente
Donde pone:
Artículo 13. Baremo a aplicar a las
solicitudes.
1. Las solicitudes se valorarán sobre un máximo de 171 puntos
distribuidos en dos apartados:
•
Valoración de las Entidades solicitantes (63
puntos en total)
•
Valoración de los Programas (108 puntos en
total)
Debe poner:
Artículo 13. Baremo a aplicar a las
solicitudes.
1. Las solicitudes se valorarán sobre un máximo de 171 puntos
distribuidos en dos apartados:
•
Valoración de las Entidades solicitantes (108
puntos en total)
•
Valoración de los Programas (63 puntos en total)
Donde pone:
Anexo II Memoria Explicativa de la Entidad 2.
Denominación del programa
Debe poner:
2. Miembros de la Junta Directiva, Patronato u órgano similar.
- Y donde pone:
5. Presupuesto y financiación del año anterior:
5.1. Ingresos
5.1.1. Financiación propia
Cuantía
5.1.1.1.
Cuotas de socios
5.1.1.2.
Otros ingresos - Debe poner:
5. Presupuesto y financiación del año anterior:
5.1. Ingresos Cuantía
5.1.1. Financiación propia
5.1.1.1.
Cuotas de socios
5.1.1.2.
Otros ingresos
Melilla 24 de septiembre de 2018,
El Consejero de Bienestar Social,
Daniel Ventura Rizo