ARTÍCULO Nº 937 (CVE: BOME-A-2018-937) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5591 - martes, 16 de octubre de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL - Dirección General de Servicios Sociales


Rectificación de error de anuncio publicado en el bome nº 5572 de fecha 10 de agosto de 2018, en relación a la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

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ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

I.- Con fecha 10 de agosto de 2018, se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) núm. 5572, Resolución nº 4929 de fecha 26 de julio, relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en el que se advierte error material en su parte Dispositiva.

 

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II.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que éstas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

 

En base a lo anterior, en el documento 12004575741734655164

 

Donde pone:

Artículo 13. Baremo a aplicar a las solicitudes.

1. Las solicitudes se valorarán sobre un máximo de 171 puntos distribuidos en dos apartados:

 

              Valoración de las Entidades solicitantes (63 puntos en total)

              Valoración de los Programas (108 puntos en total)

 

Debe poner:

Artículo 13. Baremo a aplicar a las solicitudes.

1. Las solicitudes se valorarán sobre un máximo de 171 puntos distribuidos en dos apartados:

 

              Valoración de las Entidades solicitantes (108 puntos en total)

              Valoración de los Programas (63 puntos en total)

 

Donde pone:

Anexo II Memoria Explicativa de la Entidad

2. Denominación del programa

 

Debe poner:

2. Miembros de la Junta Directiva, Patronato u órgano similar.

 

Y donde pone:

5. Presupuesto y financiación del año anterior:

5.1. Ingresos

               5.1.1. Financiación propia                        Cuantía

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5.1.1.1.               Cuotas de socios

5.1.1.2.               Otros ingresos - Debe poner:

5. Presupuesto y financiación del año anterior:

               5.1. Ingresos                                            Cuantía

5.1.1. Financiación propia

5.1.1.1.               Cuotas de socios

5.1.1.2.               Otros ingresos

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 24569/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La rectificación de la Resolución nº 4929 de fecha 26 de julio, relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en el documento 12004575741734655164 en el sentido siguiente

 

Donde pone:

Artículo 13. Baremo a aplicar a las solicitudes.

1. Las solicitudes se valorarán sobre un máximo de 171 puntos distribuidos en dos apartados:

 

              Valoración de las Entidades solicitantes (63 puntos en total)

              Valoración de los Programas (108 puntos en total)

 

Debe poner:

Artículo 13. Baremo a aplicar a las solicitudes.

1. Las solicitudes se valorarán sobre un máximo de 171 puntos distribuidos en dos apartados:

 

              Valoración de las Entidades solicitantes (108 puntos en total)

              Valoración de los Programas (63 puntos en total)

 

Donde pone:

Anexo II Memoria Explicativa de la Entidad 2. Denominación del programa

 

Debe poner:

2. Miembros de la Junta Directiva, Patronato u órgano similar.

             -     Y donde pone:

5. Presupuesto y financiación del año anterior:

5.1. Ingresos

               5.1.1. Financiación propia                        Cuantía

5.1.1.1.               Cuotas de socios

5.1.1.2.               Otros ingresos - Debe poner:

5. Presupuesto y financiación del año anterior:

               5.1. Ingresos                                            Cuantía

5.1.1. Financiación propia

5.1.1.1.               Cuotas de socios

5.1.1.2.               Otros ingresos

 

Melilla 24 de septiembre de 2018,

El Consejero de Bienestar Social,

Daniel Ventura Rizo