ARTÍCULO Nº 957
(CVE: BOME-A-2018-957)
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BOME Nº 5592 - viernes, 19 de octubre de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE FOMENTO - Dirección General de la Vivienda y Urbanismo
Resolución nº 2355 de fecha 16 de octubre de 2018, en relación al recurso de reposición correspondiente al a al alquiler privado para el segundo semestre de 2017 y primer semestre de 2018.

Examinados los recursos de reposición
interpuestos contra la Orden del Consejero de Fomento n.º 2018002003, de
4 de septiembre de 2018 (BOME n.º 5581, de 11 de septiembre de 2018),
por la que se aprueba la relación de subvenciones concedidas y denegadas al
alquiler privado para el SEGUNDO SEMESTRE DE 2017 y PRIMER SEMESTRE de 2018, y
en atención a los siguientes:
HECHOS
PRIMERO.- Mediante la citada Orden se aprobó la relación de
solicitudes de subvención de alquiler para el pago de viviendas privadas
correspondientes al período señalado, incluyendo las solicitudes concedidas,
así como las desestimadas, indicándose, en ese caso, los motivos denegatorios.
SEGUNDO.- Contra la citada Orden, publicada el 11 de septiembre de
2018 en el BOME y en el Tablón de Anuncios de EMVISMESA, se han interpuesto dos
recursos de reposición solicitando la concesión de la subvención con carácter
urgente.
FUNDAMENTOS
DE DERECHO
PRIMERO.- Por Resolución del Consejero de Fomento, de 23 de febrero
de 2018, se convocaron las subvenciones para el pago del alquiler de viviendas
privadas correspondientes al segundo semestre de 2017 y primer semestre de
2018, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 8.m del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
SEGUNDO.- La competencia para resolver los presentes recursos corresponde
al Consejero de Fomento. El criterio 13.3 de la citada Convocatoria establece
que la resolución podrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa,
pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la
forma y los plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contencioso-administrativa o, potestativamente, recurso de reposición
en los términos establecidos en la normativa vigente.
De acuerdo con lo anterior, y vista la
propuesta del Director General de la Vivienda y Urbanismo, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
UNO.- Aprobar
la relación de recursos de reposición con C.S.V.:12004575331664631615,
que acompaña a esta Orden, correspondiente al SEGUNDO SEMESTRE de 2017 y PRIMER
SEMESTRE de 2018.
Las subvenciones aprobadas se otorgarán con
cargo a la partida presupuestaria 2018.06.23101.48900, habiéndose
efectuado la correspondiente retención de crédito con cargo a la misma, por un
importe de 1.000.000,00 €.
DOS.- La percepción de la subvención por parte de los solicitantes beneficiarios no supone automáticamente la concesión de la subvención para el segundo semestre de

2018, ya que ésta dependerá de su situación
socio-económica, del número de solicitantes y de la disponibilidad
presupuestaria.
TRES.- Según
el criterio decimoséptimo, apartado 4, el plazo para la presentación de los
recibos correspondientes a las mensualidades objeto de subvención será el mayor
de los siguientes:
a) Para las mensualidades de julio a
diciembre de 2017, 30 días naturales contados a partir de la publicación de la
lista de beneficiarios.
b) Para las mensualidades de enero a junio de
2018, hasta el 31 de julio de 2018 si la lista de beneficiarios se publicase
antes del 15 de julio y transcurrido 30 días tras la publicación si ésta se
produjese con posterioridad al 15 de julio.
Transcurrido dicho plazo, comenzará el
procedimiento de reintegro de la subvención.
CUATRO.- Lo que se comunica para su conocimiento y efectos
consiguientes, advirtiéndose que contra esta Orden puede interponerse recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 8.2, 46.1 y
concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan
ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
CINCO.- Ordenar la publicación de esta Orden, junto con la relación de recursos correspondiente,
en el Tablón de Anuncios del órgano instructor y en el Boletín Oficial de la
Ciudad Autónoma de Melilla, de conformidad con lo dispuesto en el criterio
tercero de la Convocatoria y en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y
surtirá sus mismos efectos.
Melilla, 16 de octubre de 2018,
El Consejero de Fomento,
Francisco Javier González García

Orden |
Baremo |
Exped. |
Fam. |
Apellidos |
Nombre |
DNI/NIE |
Vivienda Subvencionada |
S. Mensual |
S. Acumulada |
Acumulado |
Renta |
1 |
279,85 |
83 |
3 |
YADA |
ALHADI |
X7186708J |
VITORIA
NÚM.1, 2ºC |
300,00 |
600,00 |
600,00 |
440,40 |
2 |
580,97 |
237 |
4 |
ALI HAMED |
SHEREZADE |
45140160A |
ORENSE NÚM. 40, BJ IZ |
250,00 |
2.000,00 |
2.600,00 |
475,00 |