ARTÍCULO Nº 957 (CVE: BOME-A-2018-957) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5592 - viernes, 19 de octubre de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE FOMENTO - Dirección General de la Vivienda y Urbanismo


Resolución nº 2355 de fecha 16 de octubre de 2018, en relación al recurso de reposición correspondiente al a al alquiler privado para el segundo semestre de 2017 y primer semestre de 2018.

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Examinados los recursos de reposición interpuestos contra la Orden del Consejero de Fomento n.º 2018002003, de 4 de septiembre de 2018 (BOME n.º 5581, de 11 de septiembre de 2018), por la que se aprueba la relación de subvenciones concedidas y denegadas al alquiler privado para el SEGUNDO SEMESTRE DE 2017 y PRIMER SEMESTRE de 2018, y en atención a los siguientes:

 

HECHOS

 

PRIMERO.- Mediante la citada Orden se aprobó la relación de solicitudes de subvención de alquiler para el pago de viviendas privadas correspondientes al período señalado, incluyendo las solicitudes concedidas, así como las desestimadas, indicándose, en ese caso, los motivos denegatorios.

 

SEGUNDO.- Contra la citada Orden, publicada el 11 de septiembre de 2018 en el BOME y en el Tablón de Anuncios de EMVISMESA, se han interpuesto dos recursos de reposición solicitando la concesión de la subvención con carácter urgente.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

PRIMERO.- Por Resolución del Consejero de Fomento, de 23 de febrero de 2018, se convocaron las subvenciones para el pago del alquiler de viviendas privadas correspondientes al segundo semestre de 2017 y primer semestre de 2018, al amparo  de lo dispuesto en el artículo 8.m del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

SEGUNDO.- La competencia para resolver los presentes recursos corresponde al Consejero de Fomento. El criterio 13.3 de la citada Convocatoria establece que la resolución podrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la normativa vigente.

 

De acuerdo con lo anterior, y vista la propuesta del Director General de la Vivienda y Urbanismo, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

UNO.- Aprobar la relación de recursos de reposición con C.S.V.:12004575331664631615, que acompaña a esta Orden, correspondiente al SEGUNDO SEMESTRE de 2017 y PRIMER SEMESTRE de 2018.

 

Las subvenciones aprobadas se otorgarán con cargo a la partida presupuestaria 2018.06.23101.48900, habiéndose efectuado la correspondiente retención de crédito con cargo a la misma, por un importe de 1.000.000,00 €.

 

DOS.- La percepción de la subvención por parte de los solicitantes beneficiarios no supone automáticamente la concesión de la subvención para el segundo semestre de 
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2018, ya que ésta dependerá de su situación socio-económica, del número de solicitantes y de la disponibilidad presupuestaria.

 

TRES.- Según el criterio decimoséptimo, apartado 4, el plazo para la presentación de los recibos correspondientes a las mensualidades objeto de subvención será el mayor de los siguientes:

 

a) Para las mensualidades de julio a diciembre de 2017, 30 días naturales contados a partir de la publicación de la lista de beneficiarios.

 

b) Para las mensualidades de enero a junio de 2018, hasta el 31 de julio de 2018 si la lista de beneficiarios se publicase antes del 15 de julio y transcurrido 30 días tras la publicación si ésta se produjese con posterioridad al 15 de julio.

 

Transcurrido dicho plazo, comenzará el procedimiento de reintegro de la subvención.

 

CUATRO.- Lo que se comunica para su conocimiento y efectos consiguientes, advirtiéndose que contra esta Orden puede interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 8.2, 46.1 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

 

CINCO.- Ordenar la publicación de esta Orden, junto con la relación de recursos correspondiente, en el Tablón de Anuncios del órgano instructor y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, de conformidad con lo dispuesto en el criterio tercero de la Convocatoria y en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

 

Melilla, 16 de octubre de 2018,

El Consejero de Fomento,

Francisco Javier González García

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Orden

Baremo

Exped.

Fam.

Apellidos

Nombre

DNI/NIE

Vivienda Subvencionada

S. Mensual

S. Acumulada

Acumulado

Renta

1

279,85

83

3

YADA

ALHADI

X7186708J

VITORIA NÚM.1, 2ºC

300,00

600,00

600,00

440,40

2

580,97

237

4

ALI HAMED

SHEREZADE

45140160A

ORENSE NÚM. 40, BJ IZ

250,00

2.000,00

2.600,00

475,00