Resolución nº 968 de fecha 18 de octubre de 2018, relativa a convocatoria de plazas del programa de formación del convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad Autónoma de Melilla para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas. Año 2018.
CONVOCATORIA DE PLAZAS DEL
PROGRAMA DE FORMACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y LA CIUDAD DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DE
DIVERSOS PROGRAMAS DE INTERÉS MUTUO CENTRADOS EN ACCIONES DE COMPENSACIÓN
EDUCATIVA Y DE FORMACIÓN DE PERSONAS JÓVENES Y ADULTAS DESFAVORECIDAS. AÑO
2018.
A tenor de lo dispuesto en la cláusula segunda del Convenio
de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la
Ciudad Autónoma de Melilla, para el desarrollo de diversos programas de interés
mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas
jóvenes y adultas desfavorecidas correspondiente a 2018, suscrito en fecha 29
de septiembre de 2018, y publicado en el BOME nº 5591, de 16 de Octubre de
2018,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 4339/2018,
en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
ORDENAR la convocatoria de las siguientes plazas, correspondientes a
las acciones del Programa de Formación objeto del convenio, de acuerdo con la
siguiente oferta:
1. PROGRAMAS DE INICIACIÓN
PROFESIONAL Y EDUCATIVA (Talleres profesionales):
Nº de Plazas |
Perfil |
Especificaciones |
20 20 20 20 |
HOSTELERÍA Y TURISMO INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA PELUQUERÍA |
Los talleres profesionales irán dirigidos a
jóvenes mayores de dieciséis años y menores de veinticuatro que hayan
abandonado el sistema educativo sin haber adquirido ninguna titulación y con
notorias dificultades de adaptación al medio escolar y/o laboral y que, por
ello, se encuentren en grave
riesgo de exclusión social, así como a aquellos jóvenes
que, con independencia de las circunstancias que concurran, necesiten una
inmediata incorporación al mundo laboral o la reincorporación al sistema
educativo y no dispongan de las competencias básicas necesarias. |
2. PLAN DE
ALFABETIZACIÓN:
Nº de Plazas |
Perfil |
160 |
Dirigido a adultos/as con necesidades de
alfabetización en lengua castellana y de adquisición de competencias básicas
para favorecer su integración sociolaboral, cuando las medidas establecidas
en los centros de educación de personas adultas no respondan a sus necesidades. |
3. PLAN DE
FORMACIÓN EN INFORMÁTICA:
Nº de Plazas |
Perfil |
Especificaciones |
40 |
AUXILIAR INFORMÁTICO |
Dirigido a jóvenes y
adultos/as que carecen de habilidades y destrezas básicas en el campo de la informática
o que requieren su actualización. En ningún caso podrá participar en estas
actividades el alumnado inscrito en enseñanzas regladas impartidas en centros
dependientes del Ministerio de Educación, y Formación Profesional. |
REQUISITOS,
SOLICITUDES Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:
1.
Podrán participar en el Programa
de Formación los ciudadanos con residencia legal
en Melilla que respondan a los perfiles establecidos para cada una de acciones formativas que se
ofertan.
2. Los
interesados deberán formular su solicitud en el modelo oficial que les será
facilitado por la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, a partir del
día siguiente al de la publicación de la
convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla hasta cubrir el número de plazas
ofertadas.
3. Las plazas disponibles se adjudicarán
por el orden de su presentación en el Registro de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
4. Corresponde
a la coordinación general del convenio la instrucción del procedimiento de
adjudicación de las plazas, la cual realizará de oficio cuantas actuaciones
estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los
datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.
5. El órgano colegiado
competente para efectuar
la propuesta de adjudicación estará compuesto, como mínimo, por el Director General de Educación y Colectivos Sociales y dos empleados públicos
designados por la Consejería de Educación, Juventud
y Deportes, actuando el Secretario Técnico
de la Consejería como secretario.
6. La propuesta de resolución se formulará por el órgano instructor al Consejero de Educación, Juventud y Deportes, que será el competente para resolver la convocatoria.
7.La resolución
deberá relacionar a los solicitantes que obtengan plaza y determinará una lista de reserva
con aquellos que no la obtengan.
Una vez admitidos los solicitantes, se
comprobará que éstos cumplen los requisitos exigidos para participar en la
actividad de que se trate, quedando excluidos en caso de incumplimiento, para
adjudicar la plaza al siguiente solicitante de la lista de reserva.
8. La
resolución del procedimiento se notificará a los interesados mediante su
publicación en el Tablón de Anuncios de la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 45.1 b) de Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9. De conformidad con el artículo
121 y demás concordantes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
contra la presente convocatoria, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente
de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente
al de la publicación de la presente
Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano
competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Melilla, 18 de
octubre de 2018,
El Consejero de
Educación, Juventud y Deportes,
Antonio Miranda
Montilla