Resolución relativa a la concesión de la ayuda económica regulada en el programa de recualificación profesional correspondiente al mes de agosto 2018.
RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE LA AYUDA ECONÓMICA REGULADA EN EL PROGRAMA DE RECUALIFICACIÓN PROFESIONAL
Por
Resolución de 9 de octubre de 2017, del Servicio Público de Empleo Estatal, por
la que se modifica la de 1 de agosto de 2013, que determina la forma y plazos
de presentación de solicitudes y de tramitación para la concesión de ayudas
económicas de acompañamiento por la participación en el programa de
recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por
desempleo, establecidas en el Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, por el
que se prorroga el programa de recualificación profesional para las personas
que agoten su protección por desempleo y se adoptan otras medidas urgentes para
el empleo y la protección social de las personas desempleadas.
Por Real
Decreto-Ley 14/2017, de 6 de octubre, por el que se aprueba la reactivación extraordinaria
y por tiempo limitado del programa de recualificación profesional de las
personas que agoten su protección por desempleo.
Vistas
las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites del
procedimiento y verificado el cumplimiento de los requisitos legalmente
establecidos, esta Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal
por delegación del Director General de este Organismo de conformidad con lo
establecido en el artículo uno del citado Real Decreto-Ley.
Asimismo,
vista la propuesta de concesión y con la fiscalización favorable de la
Intervención Delegada competente.
ACUERDA
conceder a los solicitantes que se relacionan en el ANEXO I de la presente
resolución, las ayudas que en el mismo se especifican, con expresión
individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total de las ayudas a 5163,24 euros.
Las
actividades a desarrollar por los beneficiarios serán las que establezcan los
respectivos Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas dentro de
los itinerarios personalizados de inserción diseñados al respecto.
La
cuantía máxima a percibir por los beneficiarios de estas ayudas será la
establecida en el artículo 1.5.c) de la citada norma.
El pago
de la
ayuda reconocida a cada beneficiario, queda
condicionado al cumplimiento
de los requisitos establecidos en
el artículo 1 del Real Decreto-Ley 14/2017, de 6 de octubre, por el que se
aprueba la
reactivación extraordinaria y por tiempo
limitado del programa
de recualificación profesional de
las personas que agoten su protección por desempleo,
percibiéndose la misma por cada beneficiario por un período máximo
de seis meses desde que se hubiera presentado la solicitud. Todo ello con cargo
a la aplicación presupuestaria 19PR52 241-A 482.26 del presupuesto de gastos
del Servicio Público de Empleo Estatal para los ejercicios 2018/19, en la que
existe crédito adecuado y suficiente retenido por el mismo importe antes
mencionado.
Contra
la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los
interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo y
Seguridad Social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 121 al
124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
La Subdirectora Provincial de Gestión Económica y Recursos,
Mª Soledad Núñez Zamora
ANEXO I de la resolución de concesión
correspondiente
al mes de AGOSTO 2018
Beneficiario |
lmporte |
Real Decreto |
lprem |
|
X8003796A |
AMMOURI, ALI |
2.742,96 |
14/2017 |
85 |
45306556Y |
MOH MOHAMED, MOHAMED |
2.420,28 |
14/2017 |
75 |
TOTAL BENEFICIARIOS: 2 |
TOTAL:
5.163,
24 |