Notificación de sentencia a Dª Naoual Kalmoua, en procedimiento de divorcio contencioso 134/2018.
N.I. G: 52001
41 2 2018 00000736
DCT DIVORCIO
CONTENCIOSO 0000134 / 2018
Sobre: DIVORCIO CONTENCIOSO
Demandante: D. ÁNGEL ALONSO GONZÁLEZ
Procurador: Sra. MARÍA DEL CARMEN GONZÁLEZ DEL REY
Abogado: Sr. JESÚS TERRADILLOS CHOCLAN
Demandado: Dña. NAOUAL KALMOUA
EDICTO
D./DÑA. RAQUEL ALONSO CHAMORRO Letrado
de la Administración de Justicia, del JDO. 1ª.INST. E INSTRUCCIÓN N.3 de
MELILLA, por el presente,
ANUNCIO:
En el
presente procedimiento seguido a instancia de ANGEL ALONSO GONZALEZ frente a
NAOUAL KALMOUA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA Nº 134/18
En
Melilla, a 18 de julio de 2018.
Han
sido vistos por Doña Laura López García, Juez titular del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número Tres de Melilla, los autos de juicio de divorcio
contencioso seguidos en este Juzgado con el número 134/2018 a instancia de D.
ANGEL ALONSO GONZALEZ representado por la procuradora Dª María del Carmen
González del Rey y con la asistencia letrada de D. Jesús Terradillos Choclán
frente a NAOUAL KALMOUA declarada en situación de rebeldía procesal.
FALLO
Se
estima la demanda de divorcio interpuesta por D. ÁNGEL ALONSO GONZÁLEZ
representado por la procuradora Dª María del Carmen González del Rey y con la
asistencia letrada de D. Jesús Terradillos Choclán frente a NAOUAL KALMOUA
declarada en situación de rebeldía procesal por lo que debo acordar y acuerdo
la disolución del matrimonio por divorcio de los expresados con todos los
efectos legales.
No
se hace expreso pronunciamiento condenatorio en las costas de esta instancia.
Esta
sentencia no es firme y contra la misma puede interponerse recurso de apelación
ante este Juzgado para la Iltma. Audiencia de Málaga Sección Séptima dentro de
los veinte días siguientes a su notificación.
Así
lo acuerda, manda y firma Dª LAURA LÓPEZ GARCÍA Juez titular de este Juzgado de
Primera Instancia en Instrucción nº 3 de Melilla; doy fe.
Y
encontrándose dicho demandado, NAOUAL KALMOUA, en paradero desconocido, se
expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
MELILLA
a diecinueve de octubre de dos mil dieciocho.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA