ARTÍCULO 1042 - BOME-A-2018-1042

BOME Nº 5597 del martes, 6 de noviembre de 2018

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3 - Juzgado de 1ª instancia e instrucción Nº 3

Notificación de sentencia a Dª Naoual Kalmoua, en procedimiento de divorcio contencioso 134/2018.


N.I. G: 52001 41 2 2018 00000736

DCT DIVORCIO CONTENCIOSO 0000134 / 2018

Sobre: DIVORCIO CONTENCIOSO

Demandante: D. ÁNGEL ALONSO GONZÁLEZ

Procurador: Sra. MARÍA DEL CARMEN GONZÁLEZ DEL REY

Abogado: Sr. JESÚS TERRADILLOS CHOCLAN

Demandado: Dña. NAOUAL KALMOUA

 

EDICTO

 

D./DÑA. RAQUEL ALONSO CHAMORRO Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. 1ª.INST. E INSTRUCCIÓN N.3 de MELILLA, por el presente,

 

ANUNCIO:

 

En el presente procedimiento seguido a instancia de ANGEL ALONSO GONZALEZ frente a NAOUAL KALMOUA se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

 

SENTENCIA Nº 134/18

 

En Melilla, a 18 de julio de 2018.

 

Han sido vistos por Doña Laura López García, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Melilla, los autos de juicio de divorcio contencioso seguidos en este Juzgado con el número 134/2018 a instancia de D. ANGEL ALONSO GONZALEZ representado por la procuradora Dª María del Carmen González del Rey y con la asistencia letrada de D. Jesús Terradillos Choclán frente a NAOUAL KALMOUA declarada en situación de rebeldía procesal.

 

FALLO

 

Se estima la demanda de divorcio interpuesta por D. ÁNGEL ALONSO GONZÁLEZ representado por la procuradora Dª María del Carmen González del Rey y con la asistencia letrada de D. Jesús Terradillos Choclán frente a NAOUAL KALMOUA declarada en situación de rebeldía procesal por lo que debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio por divorcio de los expresados con todos los efectos legales.

 

No se hace expreso pronunciamiento condenatorio en las costas de esta instancia.

 

Esta sentencia no es firme y contra la misma puede interponerse recurso de apelación ante este Juzgado para la Iltma. Audiencia de Málaga Sección Séptima dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

 

Así lo acuerda, manda y firma Dª LAURA LÓPEZ GARCÍA Juez titular de este Juzgado de Primera Instancia en Instrucción nº 3 de Melilla; doy fe.

 

Y encontrándose dicho demandado, NAOUAL KALMOUA, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

 

MELILLA a diecinueve de octubre de dos mil dieciocho.

 

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA