ARTÍCULO Nº 1044 (CVE: BOME-A-2018-1044) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5598 - viernes, 9 de noviembre de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA - Secretaría Técnica de Presidencia y Salud Pública
Resolución nº 962 de fecha 7 de noviembre de 2018, relativa a la concesión de ayudas correspondientes a la convocatoria de ayudas de la Ciudad Autónoma de Melilla para libros de texto, material y transporte escolar para educación secundaria obligatoria del curso 2017 / 2018, correspondiente al grupo: General - 3.
I.- Que, mediante Orden de la Consejera de Presidencia
y Salud Pública registrada al número 508 de 31 de mayo de 2018, se procede a la
aprobación de la CONVOCATORIA
DE AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA LIBROS DE TEXTO, MATERIAL Y
TRANSPORTE ESCOLAR PARA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DEL CURSO 2017/2018, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) número
5553 de 05 de junio de 2018.
II.- Que con fecha 19 de octubre de 2018, por parte de
la instructora, en este caso la Secretaria Técnica de Presidencia y Salud
Pública, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de
la relación de solicitudes que se indican en esta propuesta provisional, de
acuerdo con lo dispuesto en el apartado 11 de la correspondiente Convocatoria.
III.- Que con fecha 19 de octubre de 2018 se procede a la
evacuación de informe del Órgano colegiado sobre la relación de solicitudes que
se indican en esta propuesta provisional, evaluándolas de acuerdo con los
apartados 6 y 7 de la correspondiente Convocatoria.
IV.- Que con fecha 23 de octubre de 2018, y al amparo
del apartado 11 de la correspondiente Convocatoria, se procede a la Resolución
provisional de las mismas, publicándose en el BOME número 5593 de fecha 23 de
octubre de 2018.
V.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado
anterior no se presentan alegaciones.
De acuerdo con lo anteriormente
expuesto, y siendo, en virtud del apartado 11 de la Convocatoria
correspondiente, la Excma. Sra. Consejera de Presidencia y Salud Pública el
órgano competente para resolver, SE PROPONE:
1º) La RESOLUCIÓN
DEFINITIVA DE CONCESIÓN
DE AYUDAS CORRESPONDIENTES A LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA PARA LIBROS DE TEXTO, MATERIAL Y TRANSPORTE ESCOLAR PARA EDUCACIÓN
SECUNDARIA OBLIGATORIA DEL CURSO
2017/2018, CORRESPONDIENTE AL GRUPO: GENERAL-3, con la indicación:
NUMERO EXPEDIENTE |
CIF |
NOMBRE |
6/2018/AYUESO |
45324018-B |
SULIMAN MIMON YOUJILI |
2224/2018/AYUESO |
44106598-G |
FATIMA EL AMRAOUI EL GHARBI |
2848/2018/AYUESO |
45318686-S |
BRAHIN LAKOUR HAMED |
2330/2018/AYUESO |
45318977-F |
SARA LUISA MOHAMED MOHAMED |
228/2018/AYUESO |
Y2224467-J |
MOHAMED HASNAOUI |
2º) Que la
totalidad de solicitudes incluidas en esta Resolución Definitiva se han
evaluado por el órgano colegiado, de acuerdo a los criterios de valoración
establecidos en los apartados 6 y 7 de la correspondiente Convocatoria,
asimismo, dicho órgano ha procedido al estudio y análisis de las alegaciones
presentadas, en su caso.
3º) Que, de acuerdo con el
apartado 11 de la Convocatoria, las resoluciones que concedan las ayudas
deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, sirviendo
como notificación a los interesados.
4º) La presente
resolución no agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella
recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación de la misma, o desde que se produzca la
desestimación por silencio administrativo, ante la Consejería de Presidencia y
Salud Pública o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como
superior jerárquico del que dictó la resolución recurrida, de conformidad con
lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso si así se cree
conveniente, bajo la responsabilidad del solicitante.
La Instructora
Melilla, a 7 de
noviembre de 2018,
La Consejera de
Presidencia y Salud Pública,
Paz Velázquez
Clavarana