ARTÍCULO Nº 1044 (CVE: BOME-A-2018-1044) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5598 - viernes, 9 de noviembre de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA - Secretaría Técnica de Presidencia y Salud Pública


Resolución nº 962 de fecha 7 de noviembre de 2018, relativa a la concesión de ayudas correspondientes a la convocatoria de ayudas de la Ciudad Autónoma de Melilla para libros de texto, material y transporte escolar para educación secundaria obligatoria del curso 2017 / 2018, correspondiente al grupo: General - 3.

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I.- Que, mediante Orden de la Consejera de Presidencia y Salud Pública registrada al número 508 de 31 de mayo de 2018, se procede a la aprobación de la CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA LIBROS DE TEXTO, MATERIAL Y TRANSPORTE ESCOLAR PARA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DEL CURSO  2017/2018, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) número 5553 de 05 de junio de 2018.

 

II.- Que con fecha 19 de octubre de 2018, por parte de la instructora, en este caso la Secretaria Técnica de Presidencia y Salud Pública, se ha procedido a informar sobre el cumplimiento de los requisitos de la relación de solicitudes que se indican en esta propuesta provisional, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 11 de la correspondiente Convocatoria.

 

III.- Que con fecha 19 de octubre de 2018 se procede a la evacuación de informe del Órgano colegiado sobre la relación de solicitudes que se indican en esta propuesta provisional, evaluándolas de acuerdo con los apartados 6 y 7 de la correspondiente Convocatoria.

 

IV.- Que con fecha 23 de octubre de 2018, y al amparo del apartado 11 de la correspondiente Convocatoria, se procede a la Resolución provisional de las mismas, publicándose en el BOME número 5593 de fecha 23 de octubre de 2018.

 

V.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior no se presentan alegaciones.

 

De acuerdo con lo anteriormente expuesto, y siendo, en virtud del apartado 11 de la Convocatoria correspondiente, la Excma. Sra. Consejera de Presidencia y Salud Pública el órgano competente para resolver, SE PROPONE:

 

1º) La RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE CONCESIÓN DE AYUDAS CORRESPONDIENTES A LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA LIBROS DE TEXTO, MATERIAL Y TRANSPORTE ESCOLAR PARA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA DEL CURSO  2017/2018, CORRESPONDIENTE AL GRUPO: GENERAL-3, con la indicación:

 

NUMERO EXPEDIENTE

CIF

NOMBRE

6/2018/AYUESO

45324018-B

SULIMAN MIMON YOUJILI

2224/2018/AYUESO

44106598-G

FATIMA EL AMRAOUI EL GHARBI

2848/2018/AYUESO

45318686-S

BRAHIN LAKOUR HAMED

2330/2018/AYUESO

45318977-F

SARA LUISA MOHAMED MOHAMED

228/2018/AYUESO

Y2224467-J

MOHAMED HASNAOUI

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2º) Que la totalidad de solicitudes incluidas en esta Resolución Definitiva se han evaluado por el órgano colegiado, de acuerdo a los criterios de valoración establecidos en los apartados 6 y 7 de la correspondiente Convocatoria, asimismo, dicho órgano ha procedido al estudio y análisis de las alegaciones presentadas, en su caso.

 

3º) Que, de acuerdo con el apartado 11 de la Convocatoria, las resoluciones que concedan las ayudas deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, sirviendo como notificación a los interesados.

 

4º) La presente resolución no agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la misma, o desde que se produzca la desestimación por silencio administrativo, ante la Consejería de Presidencia y Salud Pública o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso si así se cree conveniente, bajo la responsabilidad del solicitante.

 

La Instructora

 

 

Melilla, a 7 de noviembre de 2018,

La Consejera de Presidencia y Salud Pública,

Paz Velázquez Clavarana