ARTÍCULO Nº 1050 (CVE: BOME-A-2018-1050) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5598 - viernes, 9 de noviembre de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL - Secretaría Técnica de Bienestar Social
Emplazamiento y remisión de expediente en procedimiento abreviado nº 311/2018 seguido a instancias por Mimon Mohamed Mohand.
ASUNTO: EMPLAZAMIENTO Y REMISIÓN EXPEDIENTE
EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 00311/2018, INSTADO POR MIMON MOHAMED MOHAND
CONTRA LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
El Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 3 de los de Melilla en providencia de fecha 26 de
octubre de 2018, dictada en Procedimiento Abreviado nº 311/2018, ha dispuesto
lo siguiente:
Conforme a lo
acordado en resolución de fecha 26/102018 en el procedimiento al margen
reseñado, por el presente solicito V.I. la remisión del expediente que motivó
la interposición del presente recurso:
El expediente
administrativo deberá remitirlo a este órgano judicial:
- Completo, foliado y en su caso
autentificado, acompañado de índice de los documentos que contenga. Si el
expediente fuera reclamado por diversos órganos judiciales, la administración
enviara copias autentificadas del original o de la copia que se conserve (art
48.4 LCJA).
- De conformidad con lo dispuesto
en el Art. 49 de la LJCA, la resolución administrativa que se dicte a tal fin
se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan
como interesados en dicho expediente, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días. La
notificación se practicar con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule el
procedimiento administrativo común.
- Incorporando al mismo las
notificaciones para emplazamiento efectuadas, de conformidad con lo dispuesto
en el Art. 49 de la LJCA.
Con al menos
quince días de antelación al señalamiento para la vista, que está señalada, una
vez consultada la Agenda Programada de Señalamientos, para el próximo día
09/05/2019 a las 10:50 horas.
Deberá comunicar a
este órgano judicial si tiene conocimiento de las existencia de otros recursos
contenciosos-administrativo en los que puedan concurrir los supuestos de
acumulación que previene el Art. 38.1 de la LJCA.
El presente oficio
sirve de emplazamiento a la Administración demandada, y su personación se
entenderá efectuada por el simple envío del expediente.
Lo que se hace
público para general conocimiento, a efecto de comunicación a posibles
interesados.
Melilla, a 6 de noviembre de
2018,
El Secretario Técnico de
Bienestar Social,
Victoriano Juan Santamaría
Martínez