ARTÍCULO Nº 1058 (CVE: BOME-A-2018-1058) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5598 - viernes, 9 de noviembre de 2018 Ir al BOMEMINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3 - Juzgado de 1ª instancia e instrucción Nº 3
Notificación de sentencia a D. Ayoub Essoussi, en procedimiento de juicio sobre delitos leves 186/2017.
LEV JUICIO
SOBRE DELITOS LEVES 0000186 / 2017
N.I. G: 52001
41 2 2017 0007369
Delito/Delito Leve: FALTA DE HURTO
Denunciante/Querellante: MINISTERIO FISCAL
Contra: AYOUB ESSOUSSI
Abogado: ZIHEM MOHAND AOMAR
EDICTO
D./DÑA. RAQUEL ALONSO CHAMORRO, Letrada de la
Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción num. 3
de Melilla
DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en el Juicio
Delito Leve se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y
parte dispositiva dice:
Vistos por Dª LAURA
LÓPEZ GARCÍA, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de
los de esta ciudad, los autos correspondientes al Leve 186/17 seguidos por un
presunto delito Leve de Hurto incoado en virtud de denuncia y en el que han
sido partes como denunciado AYOUB ESSOUSSI, con intervención del Ministerio
Fiscal, resultan los siguientes.
Que debo absolver y
ABSUELVO a AYOUB ESSOUSSI de la presunta comisión de un delito de hurto.
Se declaran las
costas de oficio.
Líbrese testimonio
de la presente sentencia, el cual se llevará a los autos de su razón quedando
el original en el presente libro.
Notifíquese esta
sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer
recurso de APELACIÓN ante este juzgado y para que sea resuelto por la Audiencia
Provincial, y ello en el plazo de CINCO días.
Así lo acuerdo,
mando y firmo.
Y para que conste y
sirva de NOTIFICACIÓN a AYOUB ESSOUSSI, actualmente en paradero desconocido, y
su publicación en el Boletín oficial de esta ciudad, expido el presente en
MELILLA a 2 de Abril de dos mil dieciocho
EL/LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA