ARTÍCULO 1068 - BOME-A-2018-1068

BOME Nº 5599 del martes, 13 de noviembre de 2018

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA

Convenio de colaboración entre el Patronato de Turismo de Melilla y la Comunidad Hindú de Melilla.


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CONVENIO DE COLABORACIÓN

 

En Melilla, a 30 de octubre de 2018.

 

REUNIDOS

 

De una parte, el Sr. D. FRANCISCO JAVIER MATEO FIGUEROA, presidente del Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla,

 

Y de otra, el Sr. D. RAJKUMAR RAMCHAND NANWANI, provisto del D.N.I. número 45.274.620-V, Presidente de la Comunidad Hindú de Melilla, con C.I.F. núm V29902111.

 

En nombre y representación de sus respectivas instituciones, reconociéndose ambas partes mutua y recíprocamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se contienen y al efecto,

 

EXPONEN

 

Que ambas partes están especialmente interesadas en el desarrollo turístico de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la mejora de los servicios que se prestan a los viajeros que visitan esta Ciudad, poniendo en valor el patrimonio cultural y religioso de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Que, con estos objetivos, ambas partes han promovido la puesta en marcha del presente convenio para continuar con la permanencia del Templo Hindú en las actuaciones que el Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla está realizando con la puesta en marcha de un nuevo producto turístico, consistente en un recorrido religioso por los templos de culto de las distintas comunidades que conviven en la Ciudad.

 

ACUERDAN

 

1º- La Comunidad Hindú de Melilla permitirá la apertura del templo para poder ser visitada por el público en general, y en particular, por aquellos turistas que visiten nuestra Ciudad.

 

2°- Los días previstos de apertura se establecen en cinco (5) días por semana, de martes a sábado, en horario de mañana.

 

3°- La Comunidad Hindú de Melilla, se compromete en disponer de un servicio de informador durante el periodo de apertura al público, cuya misión consista en atender a los visitantes, así como velar por el respeto y decoro que el templo requiere.

 

4°- La Comunidad Hindú de Melilla, permitirá al Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla, llevar a cabo acciones promocionales del producto turístico "Ruta de los Templos" donde se incluya el Templo Hindú con el fin de poder divulgarlo entre los posibles visitantes.

 

5°- El presente convenio abarca las actuaciones contempladas durante el ejercicio 2018, y además abarca las actuaciones realizadas durante la anualidad 2016 cuyo convenio estaba contemplado nominativamente en el Presupuesto del Patronato de Turismo para ese año, y que no pudo ser abonado.

 

6°- El Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla, aportará para el fin que recoge este Acuerdo, la cantidad de TREINTA MIL EUROS (30.000,00€), quince mil euros (15.000,00€) por las actuaciones de 2018, y quince mil euros (15.000,00€) para las actuaciones de 2016 que no fue abonada.

 


NORMATIVA APLICABLE

 

Al presente convenio le será de aplicación la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y por el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME 4224 de 05/09/2005). Así mismo, es de aplicación la Base nº 28 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

VIGENCIA

 

La duración del presente convenio abarca la anualidad de 2018 y 2016, independientemente de la fecha de su firma. En cualquier caso, finalizará el 31 de diciembre de 2018.

 

Existe crédito presupuestario en la partida 2018 43214/47900 "Convenio Comunidad Hindú".

 

La justificación por parte del beneficiario se realizará antes del 31 de marzo de 2019.

 

Los gastos se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original o copia compulsada, según se establece en el art. 73.1 del R.D. 887/2006 de 21 de julio que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Así mismo, y atendiendo al artículo 23 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME 4224 de 09/09/2005) deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención, y su coste, con desglose de cada uno de los gastos incurridos.

 

Serán causa de reintegro de la cantidad percibida las contempladas en el art. 37.1 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

 

La entidad colaboradora se compromete a someterse a las actuaciones de comprobación y control previstas en art. 15.1.d de la Ley General de Subvenciones.

 

El presente convenio es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

 

El abono del presente convenio se realizará en un único pago, a la suscripción del mismo.

 

No se admitirá ningún justificante de pago en efectivo superior a los 2.500€, tal y como establece la normativa vigente.

 

 

Por el Patronato de Turismo de Melilla,

Francisco Javier Mateo Figueroa

 

Por la Comunidad Hindú,

Rajkumar Ramchand Nanwani