Convenio de colaboración entre el Patronato de Turismo de Melilla y la Comunidad Hindú de Melilla.
CONVENIO DE COLABORACIÓN
En Melilla, a
30 de octubre de 2018.
REUNIDOS
De una parte,
el Sr. D. FRANCISCO JAVIER MATEO
FIGUEROA, presidente del Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de
Melilla,
Y de otra, el
Sr. D. RAJKUMAR RAMCHAND NANWANI,
provisto del D.N.I. número 45.274.620-V, Presidente de la Comunidad Hindú de
Melilla, con C.I.F. núm V29902111.
En nombre y representación de sus
respectivas instituciones, reconociéndose ambas partes mutua y recíprocamente
capacidad para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en
él se contienen y al efecto,
EXPONEN
Que ambas partes están especialmente
interesadas en el desarrollo turístico de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la
mejora de los servicios que se prestan a los viajeros que visitan esta Ciudad,
poniendo en valor el patrimonio cultural y religioso de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
Que, con estos objetivos, ambas partes
han promovido la puesta en marcha del presente convenio para continuar con la
permanencia del Templo Hindú en las actuaciones que el Patronato de Turismo de
la Ciudad Autónoma de Melilla está realizando con la puesta en marcha de un
nuevo producto turístico, consistente en un recorrido religioso por los templos
de culto de las distintas comunidades que conviven en la Ciudad.
ACUERDAN
1º- La Comunidad Hindú de Melilla
permitirá la apertura del templo para poder ser visitada por el público en
general, y en particular, por aquellos turistas que visiten nuestra Ciudad.
2°- Los días previstos de apertura se establecen
en cinco (5) días por semana, de martes a sábado, en horario de mañana.
3°- La Comunidad Hindú de Melilla, se
compromete en disponer de un servicio de informador durante el periodo de
apertura al público, cuya misión consista en atender a los visitantes, así como
velar por el respeto y decoro que el templo requiere.
4°- La Comunidad Hindú de Melilla,
permitirá al Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla, llevar a
cabo acciones promocionales del producto turístico "Ruta de los Templos"
donde se incluya el Templo Hindú con el fin de poder divulgarlo entre los
posibles visitantes.
5°- El presente convenio abarca las
actuaciones contempladas durante el ejercicio 2018, y además abarca las
actuaciones realizadas durante la anualidad 2016 cuyo convenio estaba
contemplado nominativamente en el Presupuesto del Patronato de Turismo para ese
año, y que no pudo ser abonado.
6°- El Patronato de Turismo de la Ciudad
Autónoma de Melilla, aportará para el fin que recoge este Acuerdo, la cantidad
de TREINTA MIL EUROS (30.000,00€), quince mil euros (15.000,00€) por las
actuaciones de 2018, y quince mil euros (15.000,00€) para las actuaciones de
2016 que no fue abonada.
NORMATIVA
APLICABLE
Al presente convenio le será de
aplicación la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006 de
21 de julio que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y por
el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
4224 de 05/09/2005). Así mismo, es de aplicación la Base nº 28 de las Bases de
Ejecución del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla.
VIGENCIA
La duración del presente convenio abarca
la anualidad de 2018 y 2016, independientemente de la fecha de su firma. En
cualquier caso, finalizará el 31 de diciembre de 2018.
Existe crédito presupuestario en la
partida 2018 43214/47900 "Convenio Comunidad Hindú".
La justificación por parte del
beneficiario se realizará antes del 31 de marzo de 2019.
Los gastos se justificarán con facturas
y demás documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa, en original o copia compulsada, según
se establece en el art. 73.1 del R.D. 887/2006 de 21 de julio que aprueba el
Reglamento de la Ley General de Subvenciones. Así mismo, y atendiendo al
artículo 23 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla (BOME 4224 de 09/09/2005) deberá incluir una declaración de las
actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención, y su coste,
con desglose de cada uno de los gastos incurridos.
Serán causa de reintegro de la cantidad
percibida las contempladas en el art. 37.1 de la Ley 38/2003 General de
Subvenciones.
La entidad colaboradora se compromete a
someterse a las actuaciones de comprobación y control previstas en art. 15.1.d
de la Ley General de Subvenciones.
El presente convenio es compatible con
otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes
de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la
Unión Europea o de organismos internacionales.
El abono del presente convenio se
realizará en un único pago, a la suscripción del mismo.
No se admitirá ningún justificante de
pago en efectivo superior a los 2.500€, tal y como establece la normativa
vigente.
Por el
Patronato de Turismo de Melilla,
Francisco
Javier Mateo Figueroa
Por la
Comunidad Hindú,
Rajkumar
Ramchand Nanwani