ARTÍCULO Nº 1074 (CVE: BOME-A-2018-1074) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 5600 - viernes, 16 de noviembre de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE COORDINACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - Dirección General de Gestión Económica y Administrativa


Rectificación de error de anuncio publicado en el BOME nº 5594 de fecha 26 de octubre de 2018, relativo a la revisión de la tarifa del servicio de Auto taxis de la ciudad.

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Publicado en el BOME de 26 de octubre de 2018 Acuerdo de la Exma Asamblea de Melilla de fecha 3 de octubre de 2018 relativo a la revisión de la Tarifa del Servicio de Autotaxis de la ciudad, se observa error material en la trascripción del contenido de dos de sus apartados, por lo que donde dice:

 

Puerto-Aeropuerto a frontera de Beni-Enzar o Viceversa, sábado, domingo y festivo de 7.00 a 22.00 h

Puerto-Aeropuerto a frontera de Beni-Enzar o Viceversa, sábado, domingo y festivo de 22.00 a 7.00 h

 

 

Debe de decir:

 

Puerto-Aeropuerto a frontera de Beni-Enzar o Viceversa, de lunes a viernes de 7.00 a 22.00 h

Puerto-Aeropuerto a frontera de Beni-Enzar o Viceversa, sábado, domingo, festivo y nocturno de 22.00 a 7.00 h

 

 

No siendo objeto de modificación ni dichos apartados ni su cuantía tarifaria, con respecto de la anterior.

 

Por ello el texto de la tarifa aprobada debe de publicarse como sigue:

 

 

Concepto tarifario

Precio Actualizado

Mínimo laborables

3,40 €

Mínimo sábado, domingo y feria

4,40

Mínimo nocturno (de 22:00 a 7:00)

4,40

Servicio Mínimo del Puerto

4,40

Servicio Mínimo del Aeropuerto

5,00 €

Puerto-Aeropuerto a frontera de Beni-Enzar o Viceversa, de lunes a viernes de 7:00 a 22:00

7,00 €

Puerto-Aeropuerto a frontera de Beni-Enzar o Viceversa, sábado, domingo y festivo y nocturnos de 22:00 a 7:00

8,00 €

Bajada de bandera o inicio

1,40 €

Kilómetro recorrido

0,85 €

Hora de parada

19,00 €

 

 

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Suplementos

Suplemento de Aeropuerto

1,60 €

Suplemento Puerto

1,20 €

Suplemento sábado, domingo y festivo o feria

1,00 €

Suplemento de nocturnidad de 22:00 a 7:00h

1,00 €

Suplemento de bultos o maletas

0,40 €

 

 

a)    La tarifa de servicios mínimos se aplicará cuando el conjunto de todas las tarifas y suplementos no llegue a la cantidad marcada como servicio mínimo.

b)    El suplemento de nocturnidad es compatible con todos los demás de la tarifa de precios.

 

Lo que se remite para que se proceda a la rectificación de error material y su publicación en el

BOME.

 

 

Melilla, a 30 de octubre de 2018,

El Director General de Gestión Económica Administrativa de Medio Ambiente,

José Pastor Pineda

 

Melilla, a 30 de octubre de 2018,

El Consejero de Coordinación y Medio Ambiente,

Manuel Ángel Quevedo Mateos