ARTÍCULO Nº 1074 (CVE: BOME-A-2018-1074) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 5600 - viernes, 16 de noviembre de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE COORDINACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - Dirección General de Gestión Económica y Administrativa
Rectificación de error de anuncio publicado en el BOME nº 5594 de fecha 26 de octubre de 2018, relativo a la revisión de la tarifa del servicio de Auto taxis de la ciudad.
Publicado en el BOME
de 26 de octubre de 2018 Acuerdo de la Exma Asamblea de Melilla de fecha 3 de
octubre de 2018 relativo a la revisión de la Tarifa del Servicio de Autotaxis
de la ciudad, se observa error material en la trascripción del contenido de dos
de sus apartados, por lo que donde dice:
Puerto-Aeropuerto a
frontera de Beni-Enzar o Viceversa, sábado, domingo y festivo de 7.00 a 22.00
h |
Puerto-Aeropuerto a
frontera de Beni-Enzar o Viceversa, sábado, domingo y festivo de 22.00 a 7.00
h |
Debe de decir:
Puerto-Aeropuerto a
frontera de Beni-Enzar o Viceversa, de lunes a viernes de 7.00 a 22.00 h |
Puerto-Aeropuerto a
frontera de Beni-Enzar o Viceversa, sábado, domingo, festivo y nocturno de
22.00 a 7.00 h |
No siendo objeto de
modificación ni dichos apartados ni su cuantía tarifaria, con respecto de la
anterior.
Por ello el texto de
la tarifa aprobada debe de publicarse como sigue:
Concepto tarifario |
Precio Actualizado |
Mínimo laborables |
3,40 € |
Mínimo sábado, domingo y feria |
4,40 € |
Mínimo nocturno (de 22:00 a 7:00) |
4,40 € |
Servicio Mínimo del Puerto |
4,40 € |
Servicio Mínimo del Aeropuerto |
5,00 € |
Puerto-Aeropuerto a frontera de
Beni-Enzar o Viceversa, de lunes a viernes de 7:00 a 22:00 |
7,00 € |
Puerto-Aeropuerto a
frontera de Beni-Enzar o Viceversa,
sábado, domingo y festivo y nocturnos de 22:00 a 7:00 |
8,00 € |
Bajada de bandera o
inicio |
1,40 € |
Kilómetro recorrido |
0,85 € |
Hora de parada |
19,00 € |
Suplementos |
|
Suplemento de Aeropuerto |
1,60 € |
Suplemento Puerto |
1,20 € |
Suplemento sábado, domingo y
festivo o feria |
1,00 € |
Suplemento de nocturnidad de 22:00
a 7:00h |
1,00 € |
Suplemento de bultos o maletas |
0,40 € |
a) La tarifa de servicios
mínimos se aplicará
cuando el conjunto
de todas las tarifas y suplementos no llegue a la cantidad marcada
como servicio mínimo.
b) El suplemento de nocturnidad
es compatible con todos los demás de la tarifa
de precios.
Lo que se remite
para que se proceda a la rectificación de error material y su publicación en el
BOME.
Melilla, a 30 de octubre de 2018,
El Director General de Gestión Económica
Administrativa de Medio Ambiente,
José Pastor Pineda
Melilla, a 30 de octubre de 2018,
El Consejero de Coordinación y Medio Ambiente,
Manuel Ángel Quevedo Mateos