Resolución nº 23 de noviembre de 2018, relativa a la creación en la plantilla de alta administración de la Ciudad Autónoma de la "Dirección General de la Presidencia".
El
Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el día 28 de
septiembre de 2018, acuerda aprobar, “a expensas de si procediera informe de
fiscalización previa por parte de Intervención”,
propuesta de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas de la creación en
la Plantilla de Alta Administración de la Ciudad Autónoma de la “Dirección
General de la Presidencia”.
Con
fecha 4 de octubre del presente, se solicita por esta Viceconsejería el informe
de fiscalización, si procede, a la Intervención de la Ciudad, señalando que
dicho informe consta en el expediente correspondiente a la plantilla del año
2018. Se solicita también concesión de asignación presupuestaria para la
creación de la mencionada plaza.
El
informe emitido por el Sr. Interventor dice que “existe crédito suficiente para
dar de alta esta Plaza y proceder a su convocatoria, con cargo a la partida
presupuestaria correspondiente”.
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 31617/2018, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
La
publicación de la Propuesta de la Consejería de Economía, Empleo y
Administraciones Públicas, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno en
sesión ejecutiva ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2018, que literalmente
dice lo siguiente:
“El Consejo
de Gobierno, mediante
acuerdo de fecha 7 de septiembre de 2018 (BOME núm.5584, de 21 de septiembre de
2018), estableció la “Dirección General de la Presidencia” como unidad
administrativa con dependencia directa de la Presidencia de la Ciudad,
señalándose en el punto segundo del correspondiente Decreto la modificación de
la Plantilla de Alta Administración que se tramitará por el órgano competente
de la Ciudad, (la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas),
de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.
Teniendo
en consideración que la aprobación de la Plantilla en la Ciudad Autónoma,
aunque sea competencia de la Asamblea, ésta puede delegarla en el Consejo de
Gobierno en virtud de lo establecido en el artículo 12.2 de la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de autonomía, que señala como delegables
las facultades previstas en el apartado i) del número 2, del artículo 22
de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local (Ley 7/1985,
de 2 de abril), es decir, entre otras, la aprobación de la plantilla de
personal, facultad delegable en el Consejo de Gobierno que igualmente se
contempla en el artículo 16.2 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración, en el artículo 43.2 del Reglamento de la Asamblea, que remite
al anterior precepto, y en el artículo 3.2.f) del Reglamento de la Consejería
de Administraciones Públicas, ejerciendo esta competencia previo dictamen de la
Comisión Permanente de Administraciones Públicas.
Consejo
de Gobierno de 24 de febrero de 1998 y 6 de marzo del mismo año (BOME núm.
3567, de 18 de marzo), y no existiendo acuerdo de revocación de la precitada
delegación, VENGO EN PROPONER al
Consejo de Gobierno, como órgano competente, la creación en la plantilla de Alta
Administración de la Ciudad Autónoma de la “Dirección General de la
Presidencia”, Subgrupo A1/A2, CD 30/26, Provisión: LD.”
Melilla, a 23 de noviembre de 2018,
La Viceconsejera de Administraciones
Públicas,
María Ángeles Gras Baeza