ARTÍCULO 1106 - BOME-A-2018-1106

BOME Nº 5603 del martes, 27 de noviembre de 2018

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL - Dirección General de Servicios Sociales

Rectificación de error de anuncio publicado en el BOME nº 4929 de fecha 26 de julio de 2018, relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas.


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ANTECEDENTES

 

Con fecha 10 de agosto de 2018, se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) núm. 5572, Resolución nº 4929 de fecha 26 de julio, relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en el que se advierte error material en su parte Dispositiva.

 

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Resolución Consejeros

11777131555662340536

 

Con fecha 10 de agosto de 2018, se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) núm. 5572, Resolución nº 4929 de fecha 26 de julio, relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en el que se advierte error material en su parte Dispositiva.

 

FUNDAMENTOS

 

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que éstas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 24569/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

La rectificación de la Resolución nº 4929 de fecha 26 de julio, relativa a convocatoria de subvenciones destinadas a financiar los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en el documento 11777131555662340536 en el sentido siguiente

 

Donde dice:

VIII.- Con fecha 11 de julio de 2018, la Comisión delegada de Servicios Sociales del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, acordó elevar a éste, propuesta de distribución de los créditos para la convocatoria de 2018, destinados a subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en ella aparece como crédito asignado a la Ciudad de Melilla 1.302.198,41 €.

 

Debe decir:

VIII.- Con fecha 11 de julio de 2018, la Comisión delegada de Servicios Sociales del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, acordó elevar a éste, propuesta de distribución de los créditos para la convocatoria de 2018, destinados a subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, los programas de interés general con cargo a la asignación del 0,7 por 

100 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en ella aparece como crédito asignado a la Ciudad de Melilla 1.302.198,65 €.

 

Donde dice:

Artículo 2. Cuantía convocatoria

la suma de 1.302.198,41€.

 

Debe decir

Artículo 2. Cuantía convocatoria

la suma de 1.302.198,65€.

 

Donde dice:

Artículo 17. Justificación de los gastos

3. El plazo límite para la presentación de los justificantes se iniciará el 1 de enero de 2019 y finalizará el 28 de febrero de 2019, si es por la modalidad de cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, y el 31 de marzo de 2019, si la opción se ejercitara por la cuenta justificativa con aportación de informe de auditor.

 

Debe decir:

Artículo 17. Justificación de los gastos

3. El plazo límite para la presentación de la cuenta justificativa en cualquiera de sus modalidades se iniciará:

-         Proyectos año 2019. Del 1 al 31 de marzo de 2020.

-         Proyectos año 2018. Del 1 al 31 de marzo de 2019.

 

Donde dice:

IV. REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LOS PROGRAMAS QUE INCLUYAN INVERSIONES

Cuando el coste de la obra supere los 50.000 euros, deberán aportarse como mínimo tres ofertas distintas, debiendo justificarse la elección de una de ellas.

En el supuesto de adquisición de equipamiento, presupuesto de la casa suministradora, con indicación del coste por unidad y del importe total de las adquisiciones que se pretenden realizar.

Cuando el coste del equipamiento supere los 18.000 euros, deberán aportarse como mínimo tres ofertas distintas, debiendo justificarse la elección de una de ellas.

 

Debe decir:

IV. REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LOS PROGRAMAS QUE INCLUYAN INVERSIONES

Cuando el coste de la obra supere los 40.000 euros, deberán aportarse como mínimo tres ofertas distintas, debiendo justificarse la elección de una de ellas.

En el supuesto de adquisición de equipamiento, presupuesto de la casa suministradora, con indicación del coste por unidad y del importe total de las adquisiciones que se pretenden realizar.

Cuando el coste del equipamiento supere los 15.000 euros, deberán aportarse como mínimo tres ofertas distintas, debiendo justificarse la elección de una de ellas.

 

 

Melilla, a 22 de noviembre de 2018,

El Consejero de Bienestar Social,

Daniel Ventura Rizo