Convenio de colaboración suscrito entre el Patronato de Turismo y la Cofradía nuestro Padre Jesús Cautivo de Medinaceli y María Santísima del Rocío de Melilla.
CONVENIO DE COLABORACIÓN
En Melilla, a
27 de noviembre de 2018
REUNIDOS
De una parte,
el Sr. D.
FRANCISCO JAVIER MATEO FIGUEROA, presidente del Patronato de Turismo de la Ciudad
Autónoma de Melilla,
Y de otra, el Sr. D. GREGORIO CASTILLO
GALIANO, provisto
del D.N.I. 45.263.332-E, en representación de la Cofradía de Nuestro Padre
Jesús Cautivo de Medinaceli y María
Santísima del Rocío de Melilla, con C.I.F. núm. G-29951902
En nombre y representación de sus
respectivas instituciones, reconociéndose ambas partes mutua y recíprocamente capacidad
para obligarse mediante el presente Convenio en los términos que en él se
contienen y al efecto,
EXPONEN
Que ambas
partes están especialmente interesadas en el desarrollo turístico de la Ciudad
Autónoma de Melilla, en la mejora de los servicios que se prestan a los
viajeros que visitan esta Ciudad, poniendo en valor el patrimonio cultural y religioso de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
Que, con estos
objetivos, ambas partes han promovido la restauración y recuperación del patrimonio
religioso para el goce y disfrute
de los melillenses y visitantes,
enalteciendo los enseres de la cofradía durante el procesionamiento de la misma
en los actos religiosos en que participe.
ACUERDAN
1°-
La Cofradía de
Nuestro Padre Jesús Cautivo de Medinaceli y María Santísima del Rocío renovará los distintos estandartes y enseres de la cofradía.
2°- El Patronato
de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla, aportará para el fin que recoge
este Acuerdo, la cantidad de SIETE MIL NOVENTA EUROS (7.090,00€).
VIGENCIA
La duración
del presente convenio abarca la anualidad de 2018, independientemente de la
fecha de su firma. En cualquier caso, finalizará el 31 de diciembre de 2018.
Existe crédito
presupuestario en la partida 2018 43218/47900 "Convenio Cofradía Jesús
Cautivo".
La
justificación por parte del beneficiario se realizará antes del 31 de marzo de
2019.
facturas y
demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico
jurídico mercantil o con eficacia administrativa.
Serán causa de
reintegro de la cantidad percibida las contempladas en el art. 37.1 de la Ley 38/2003
General de Subvenciones.
La entidad
colaboradora se compromete a someterse a las actuaciones de comprobación y
control previstas en art. 15.1.d
de la Ley General de Subvenciones.
El presente
convenio es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para
la misma finalidad, procedentes de cualesquiera
Administraciones
o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos
internacionales.
El abono del
presente convenio se realizará en un único pago, a la suscripción del mismo.
No se admitirá
ningún justificante de pago en efectivo superior a los 2.500€, tal y como establece la normativa
vigente.
Por el Patronato de Turismo
de Melilla,
Francisco Javier Mateo
Figueroa
Por la Cofradía del Cautivo,
Gregorio Castillo Galiano