Resolución nº 4984 de fecha 18 de diciembre de 2018, relativa a las bases de la convocatoria para la provisión de ocho puestos de trabajo de Auxiliar de Biblioteca con turnicidad, mediante el sistema de concurso de méritos.
De
conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma,
adoptado en sesión de fecha 7 de diciembre de 2018, por el que se aprueban, las
bases para la provisión definitiva de puestos de trabajo vacantes en la
Relación de Puestos de Trabajo de esta Ciudad Autónoma, y en base a lo previsto
en el Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración del Estado y en uso de las competencias que me
confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas, y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del Orden Jurídico
instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de
Autonomía de Melilla
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 41186/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Convocar el proceso siguiente:
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA PROVISIÓN DE OCHO
PUESTOS DE TRABAJO DE AUXILIAR DE BIBLIOTECA CON TURNICIDAD, MEDIANTE EL
SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS.
Es objeto de esta convocatoria, la provisión
en propiedad de los siguientes puestos de trabajo de la Ciudad Autónoma de
Melilla:
|
Denominación |
Consej. |
Grp |
RJ |
Formación |
Prov. |
VPPT |
CD |
|
Auxiliar de
Biblioteca con Turnicidad |
Cultura y Festejos |
C2/ E |
F |
Graduado Escolar/FP1/ Cert. Escolaridad |
CONC |
165 |
14 |
1.- Requisitos Específicos: Para ser admitidos al concurso, los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a)
Ser
Funcionario de carrera, propio o
transferido, Grupo C2/E de la Ciudad Autónoma de Melilla.
b)
Los
funcionarios con destino definitivo podrán participar en este concurso siempre
que, al término del plazo de presentación de instancias, hayan transcurrido al
menos dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo
obtenido.
2.-
Procedimiento de provisión:
De conformidad con lo establecido en la
Relación de Puestos de Trabajo, los puestos objeto de la presente convocatoria,
se proveerán por el procedimiento de concurso, ajustado al siguiente:
BAREMO DE MÉRITOS:
1.- MÉRITOS
ADECUADOS A LA CARACTERÍSTICA DE CADA PUESTO.-
Por cada año desarrollando puestos que
impliquen la responsabilidad respecto de
otro personal a su cargo, 1,2 puntos por año; 0,1
punto por mes, con un
máximo de 10 puntos.
La posesión del mérito se acreditará
mediante certificado emitido por la Secretaría Técnica de Administraciones
Públicas.
2.- POSESIÓN
DE UN DETERMINADO GRADO PERSONAL:
0,5 puntos por nivel de grado personal consolidado superior
al nivel 20, con un máximo de 10 puntos.
Se acreditará mediante certificado de la Secretaría Técnica de Administraciones
Públicas.
3.-
VALORACIÓN DEL TRABAJO DESARROLLADO:
Por
experiencia en el desempeño de puestos pertenecientes al área funcional
o sectorial del Puesto de Trabajo, 2
puntos por año, con un máximo de 20
puntos. La experiencia se acreditará mediante informe emitido por la
Secretaría Técnica de Administraciones Públicas.
4.-
CURSOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO SUPERADOS:
A.- Por cursos específicos recibidos
relacionados con el puesto a cubrir, impartidos por la Administración o por
empresas legalmente autorizadas, o realizados dentro de los planes anuales de
Formación, incluyendo los patrocinados por las Organizaciones Sindicales en
dicho ámbito; 0,1 puntos por hora de curso, con un máximo de 30 puntos.
B.- Poseer titulación académica superior a
la exigida como requisito en la convocatoria:
a)
Título
Universitario de Grado o equivalente, 10 puntos.
b) Título Universitario de Diplomatura o
equivalente, 6 puntos.
c) Título de Técnico Superior o equivalente, 4 puntos
d) Bachiller Superior, FP II, o equivalente, 2 puntos
La puntuación por titulación académica será
como máximo de 10 puntos, computándose a estos efectos la mayor
titulación que se posea.
Junto con la solicitud de participación se
aportará la documentación debidamente autenticada.
5.-
ANTIGÜEDAD:
Por prestación de servicio en la Ciudad
Autónoma de Melilla o Administración Pública, como Grupo C2/E o
asimilado al Grupo C2/E, 0,166 puntos por mes.
Por prestación de servicio en la Ciudad
Autónoma de Melilla, o Administración Pública, en Grupos inferiores al puesto
convocado, 0,08 puntos por mes.
La puntuación máxima en este apartado será
de 20 puntos.
Para el cómputo de la antigüedad, se
despreciarán las fracciones inferiores al mes.
Se acreditará mediante certificado de la
Secretaría Técnica de Administraciones Públicas.
3.- Puntuación
mínima:
Para la adjudicación de alguno de los
puestos convocados, el aspirante deberá obtener una puntuación mínima de 30 puntos.
4.-
Composición de la Comisión de Valoración.-
La Comisión de Valoración estará constituida
según lo establecido en el apartado
sexto de las Bases Generales de aplicación a los procedimientos de provisión de
puestos de trabajo mediante concurso.
5.-
Forma y plazo de presentación de solicitudes.-
Todo Empleado Público que reúna los
requisitos específicos, deberá presentar los documentos de méritos junto con la
solicitud del Anexo dirigida a la Consejería de Administraciones Públicas, a
través del Registro General, en el plazo improrrogable de quince días hábiles,
contados a partir del siguiente a la publicación de la Convocatoria en el
Boletín Oficial de Melilla.
6.-
Norma final.-
En lo no dispuesto en las presentes bases,
se estará a lo establecido en las “Bases Generales de aplicación a los
procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante concurso de los años
2011-2012” publicadas en el B.O.ME., número 4864 de fecha 28 de octubre de
2011.
Las presentes bases y los actos que de ella
deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y
plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización
Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.
Melilla 18 de
diciembre de 2018,
La Viceconsejera
de Administraciones Públicas,
María Ángeles
Gras Baeza