ARTÍCULO Nº 1187
(CVE: BOME-A-2018-1187)
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BOME Nº 5612 - viernes, 28 de diciembre de 2018 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES - Dirección General de Juventud y Deportes
Resolución nº 1212 de fecha 19 de diciembre de 2018, relativa a la aprobación de la convocatoria para el curso de formación intensivo, de habla inglesa. Melilla 2019

I.- Mediante
Real Decreto 1385/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y
servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de
asistencia social (BOE nº 229 de 24 de septiembre) y en virtud de la potestad
normativa que a la Ciudad de Melilla otorga el 20.1.17 de la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, le
corresponde a esta Administración la “promoción del deporte y de la adecuada
utilización del ocio”.
II.- Conforme a lo dispuesto en el Decreto de atribución de competencias a
las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, en su apartado 7.5.
corresponde a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, entre
otras, la competencia en materia de
desarrollo político, económico, social, cultural y deportivo de la juventud y
concretamente, en virtud de lo dispuesto en el punto c) de dicho apartado, la
elaboración de programas de desarrollo e integración de la juventud.
III.- La
Consejería de Educación, Juventud y Deportes reconoce la importancia de
proponer a los jóvenes con edades comprendidas entre los 16 - 30 años de edad, pretendiendo por ello llevar a cabo diversas
acciones formativas encaminadas a preparar a los alumnos en las cuatro áreas de
dominio del idioma ( listening, speaking, reading y writing) para la obtención
de la certificación del nivel de inglés B1 del Marco Común Europeo de las
Lenguas
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 40794/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Se proceda a la aprobación de la CONVOCATORIA PARA CURSO DE FORMACIÓN
INTENSIVO DE HABLA INGLESA. MELILLA 2019
CONVOCATORIA PARA CURSO DE
FORMACIÓN INTENSIVO DE HABLA INGLESA. MELILLA 2019
1.- DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA
“CONVOCATORIA PARA
CURSO DE FORMACIÓN INTENSIVO DE HABLA INGLESA. MELILLA 2019”.
2.-
OBJETIVOS DEL PROGRAMA.
Mejorar el nivel de
inglés a nivel B1 de los jóvenes melillenses con el objeto de conseguir un
nivel de dominio que les permita superar la convocatoria de certificación del
lo nivel B1 correspondiente al Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
3.-
REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS SOLICITANTES.
1.- Tener entre 16
y 30 años de edad , ambos inclusive, al inicio de la actividad.
2.- Ser residente
en la Ciudad Autónoma de Melilla, debidamente autorizado.
3.- Tener acreditado un nivel de inglés
correspondiente al nivel Básico A2 para
acceder a las enseñanzas preparatorias para la obtención de la certificación
nivel Intermedio B1;
4.- En
el caso de no disponer de la acreditación mencionada en el apartado 3, y
resultando plazas vacantes, los solicitantes podrán acceder a la convocatoria
mediante una prueba de nivel que determinará si el solicitante es elegible o no
lo es. Esta prueba de nivel, será realizada por la empresa adjudicataria del
servicio.

4.- DESCRIPCIÓN
DEL PROGRAMA
1-. Organización de una Acción Formativa Intensiva de Dominio y Preparación
para la obtención del Certificado B1 de
Inglés con un total de 40 plazas respectivamente.
2.-
Selección de los aspirantes que cumplan con los requisitos correspondientes a
la convocatoria.
3.-
Preparación e impartición teórico – práctica de la Acción Formativa con un total de 75 horas.
TABLA RESUMEN
CURSO:
|
DOMINIO Y PREPARACIÓN PARA LA
OBTENCIÓN DEL CERTIFIACADO B1 DE INGLÉS DEL MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA
PARA LAS LENGUAS. |
FECHA:
|
Del 21 de Enero al 25 de Marzo de 2019 ( las fechas
podrán variar a criterio de la Administración y en función de la convocatoria
de inscripción para acceder a la certificación). |
PARTICIPANTES MELILLENSES: |
TOTAL 40 PLAZAS. |
EDAD: |
Tener entre 16 y 30 años de edad, ambos
inclusive, al inicio de la actividad. |
TASAS:
|
50 € ( Según acuerdo de Consejo de Gobierno publicado en BOME núm. 5452 de 16 de junio de 2017). |
DESCUENTOS No acumulables |
25 % carné joven. 30 % familia numerosa categoría general. 40 % familia numerosa categoría especial. ( Según acuerdo de Consejo de Gobierno
publicado en BOME núm. 5452 de 16 de junio
de 2017). |
SELECCIÓN: |
El sistema de
selección será: El sistema de selección será por riguroso orden de entrada
de la solicitud en el registro. En el caso del apartado 3.4 de la presente convocatoria y
una vez realizado el examen de nivel y ante igualdad de resultados, primará
el número de registro de entrada de la solicitud. |
PREINSCRIPCIÓN: |
DIEZ DÍAS hábiles a partir del día
siguiente a su publicación en el BOME. |
4.-
Evaluación de los alumnos en las cuatro destrezas del idioma (reading, writing,
listening and speaking) mediante criterio del profesorado.
5.- La
empresa adjudicataria del servicio, una vez evaluados los alumnos y según las
destrezas adquiridas por cada uno de ellos, se hará cargo de la inscripción de
todos aquellos alumnos que resulten aptos
en la convocatoria más próxima para el examen de certificación del nivel B1 del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas, siempre y cuando se acredite una asistencia del
80% de las horas lectivas.
6.- Los
15 alumnos que hayan obtenido las mejores calificaciones y acrediten el 80% de
asistencia al curso preparatorio para la obtención del certificado acreditativo
del nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas serán
beneficiarios con un Curso de Inmersión Lingüística en un país de habla Inglesa
a desarrollar desde el 7 al 21 de abril de 2019 ( Estas fechas podrán ser
susceptibles de modificación) en régimen de alojamiento.
5.-
MARCO NORMATIVO.
-
Constitución Española de
1978.
-
Ley Orgánica 2/1995, de 13
de marzo que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.
-
Ley 39/2015 de 01 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
-
Reglamento del Gobierno y la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

-
Acuerdo del Consejo de
Gobierno de distribución de competencias de 30 de septiembre de 2016 (BOME
extraordinario núm. 30 de igual fecha).
-
Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público.
-
Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas aprobado por el Consejo Europeo en el año 2001.
-
Acuerdo del
Consejo de Gobierno de fecha 9 de junio de 2017, relativo a la aprobación de
precios públicos para la participación en Programas de Formación, Cursos de
Monitores de Ocio y Tiempo Libre, Taller de Baile Moderno, asistencia a
Actividades de Curos de Esquí y Aventura, asistencia a Campamentos Juveniles de
verano, asistencia a Campos de Actividades y Voluntariado, Carné Joven Europeo,
Carné de Alberguista, Carné Internacional de Estudiante y Carné Internacional
de Profesores ( BOME núm. 5452 de 16 de
junio de 2017).
6.- FASES DE EJECUCIÓN.
1) Confección de la Convocatoria para la
selección de los beneficiarios del programa:
-
Descripción: Elaboración de
la Convocatoria del Programa.
-
Órgano responsable/ejecutor:
Consejería de Educación, Juventud y Deportes, apoyado por el Director General
de Juventud y Deportes.
2) Selección de los beneficiarios del
Programa :
-
Descripción: Selección de
los beneficiarios del Programa, ajustándose a lo establecido en la
Convocatoria.
-
Órgano responsable/ejecutor:
Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
-
Órgano resolutorio:
Viceconsejería de la Mujer y de Juventud.
3) Contratación de los servicios
suficientes e idóneos para el PROGRAMA:
-
Descripción: Contratación de
los distintos servicios programados.
-
Órgano responsable/ejecutor:
Viceconsejería de Juventud, apoyado por el Director General de Juventud y
Deportes.
-
Órgano resolutorio:
Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
4) Desarrollo de las actividades.
-
Descripción: Ejecución/
realización del programa.
-
Órgano responsable/ejecutor:
Empresa contratada. Supervisión por la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes.
7.-
RESPONSABLES DE EJECUCIÓN.
La responsabilidad de la ejecución del
presente programa recae sobre:
-
El Consejero de Educación,
Juventud y Deportes en lo referente a la aprobación del Programa.
-
La Viceconsejera de Juventud
en lo referente a la ejecución del Programa.
-
La Dirección General de
Juventud y Deportes, en lo referente a apoyo administrativo y coordinación
general programa.
8.- LUGAR, FORMA
Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
1.- Las solicitudes, debidamente formalizadas, deberán dirigirse a la
Dirección General de Juventud y Deportes, en las dependencias de la
Viceconsejería de la Mujer y de Juventud de la Ciudad Autónoma de Melilla,
Oficina de Información Juvenil sita en la Calle Querol núm 7, en la
red de Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad Autónoma, o
en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
2.- Las solicitudes se
formalizarán en modelo oficial ( www.melilla.es
), y deberán ser firmadas y cumplimentadas en su totalidad acompañada de la
siguiente documentación :

a)
Fotocopia de documento
acreditativo de la identidad del participante.
b)
Autorización del padre/madre o
tutor/a legal debidamente cumplimentada y firmada (menores de edad) para
participar en el programa formativo.
c)
Fotocopia del documento
acreditativo de la identidad, en vigor, del padre/madre o tutor/a legal que
firme la autorización (menores de edad).
d)
Fotocopia del Carné Joven Europeo
en vigor, en su caso.
e)
Fotocopia del Libro de Familia
Numerosa en vigor, en su caso.
f)
Certificado de residente, en vigor.
g)
Fotocopia compulsada de la
Acreditación del Nivel Básico A2 por la Escuela Oficial de Idiomas o por
cualquier otra institución reconocida, para acceder a las enseñanzas
preparatorias para la obtención de la certificación nivel Intermedio B1.
3.- El plazo
para presentar las solicitudes será de DIEZ DÍAS hábiles a partir del día
siguiente a su publicación en el BOME. En el supuesto que, finalizado dicho
plazo, resultaran plazas vacantes, se podrá atender solicitudes presentadas
fuera del plazo establecido, siempre que el solicitante cumpla con los
requisitos establecidos en esta convocatoria.
9.- SELECCIÓN
Se procederá a
la adjudicación de las plazas mediante riguroso orden de entrada de la
solicitud en el registro.
En el caso del
apartado 3.4 de la presente convocatoria y una vez realizada la prueba de nivel
de los conocimientos del idioma, los alumnos aptos accederán al curso
preparatorio hasta cubrir las plazas
vacantes. Ante igualdad de resultados, primará el número de registro de entrada
de la solicitud.
10.- PROCEDIMIENTO
1.- La
Consejería de Educación, Juventud y
Deportes, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para
la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales
podrán participar en el programa.
2.-
La instrucción del procedimiento corresponderá a la Secretaría Técnica de la
Consejería de Educación, Juventud y Deportes, o empleado público en quien
delegue. Por parte del órgano instructor se realizarán de oficio cuantas
actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta
de resolución.
Se
verificará que las solicitudes cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria,
y si advirtiese defectos formales u omisión de alguno de los documentos
exigidos, se requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe los
documentos preceptivos en el plazo de 10 días hábiles, apercibiéndole que, de
no hacerlo, se entenderá que desiste de su solicitud, previa resolución
dictada en los términos del artículo 21
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El órgano instructor emitirá informe que se corresponderá al
expediente, y en el que se hará constar que de la información que obra en su
poder se desprende que los beneficiarios de las plazas cumplen todos los
requisitos para acceder a las mismas.
Se
constituirá, asimismo, un órgano colegiado cuya composición será la siguiente:
-
El Director General de Juventud y Deportes.
-
Dos empleados públicos de la Consejería de Educación,
Juventud y Deportes, actuando uno de los mismos como Secretario/a del
mencionado órgano.
3.-
A la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, se formulará
propuesta de resolución provisional por el órgano instructor, debidamente
motivada, que de acuerdo con el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
se notificará a los interesados mediante publicación en el Boletín Oficial de
Melilla, concediéndoles un plazo de diez días para presentar alegaciones. De
existir éstas, el órgano colegiado deberá pronunciarse sobre las mismas antes
de formular la propuesta definitiva.
Se
podrá prescindir de este trámite de audiencia cuando no figuren en el
procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones que
las aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución
provisional formulada tendrá el carácter de definitiva.

4.- La propuesta de resolución provisional no crea derecho alguno
a favor del beneficiario propuesto, mientras que no se haya notificado la
resolución definitiva de la concesión.
5.-
La propuesta de resolución definitiva se formulará por el órgano instructor al
Consejero de Educación, Juventud y Deportes, que será el competente para
resolver la convocatoria.
6.-
La resolución deberá relacionar a los solicitantes a quienes se concede plaza y
hará constar de manera expresa, la desestimación del resto de solicitudes, los
cuales pasarán a constituir una lista de reserva para suplir posibles renuncias
por el orden establecido en la resolución.
El
plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá
exceder de seis meses.
7.-
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima
a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la
solicitud de concesión de la subvención.
8.-
Tanto la resolución del procedimiento, como cada una de las notificaciones de
las actuaciones del procedimiento se llevará a efecto mediante su publicación
en el Boletín Oficial de Melilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. La práctica de dicha notificación o publicación
se ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 43 de la citada ley.
11.- FORMA DE PAGO DE LA RESERVA DE PLAZA
1.-
Realizada la selección y publicada la lista definitiva, los solicitantes
admitidos deberán abonar en concepto de reserva de plaza no reembolsable un importe
de 50€.
2.-
Los beneficiarios con Carné Joven Europeo,
dado que los titulares de dicho carné expedido por las Ciudades
Autónomas de Melilla y Ceuta y restantes Comunidades Autónomas y países
firmantes del Protocolo de Lisboa de 1 de junio de 1987, gozarán de una
bonificación del 25% de la reserva de plaza.
3.-
Los beneficiarios con el título de familia numerosa categoría general, gozarán
de una bonificación del 30% de la reserva de la plaza.
4.-
Los beneficiarios con el título de familia numerosa de categoría especial,
gozarán de una bonificación del 40% de la reserva de la plaza.
5.-
Los descuentos, anteriormente descritos, no serán
acumulables.
6.-
La renuncia del interesado admitido supondrá la pérdida del derecho al
reintegro del abono efectuado salvo causa de fuerza mayor debidamente
justificada.
De conformidad con el artículo 121 y
demás concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente
resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el
Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el
plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la
presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien
directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que
pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Melilla
19 de diciembre de 2018,
El
Consejero de Educación, Juventud y Deportes,
Antonio
Miranda Montilla